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Reus aprobará el veto al velo integral sin poder multar su uso

En el informe, el secretario señala que sí se podrá multar a las mujeres que se nieguen a identificarse, pero no en virtud de la ordenanza, sino por la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana.

El Ayuntamiento de Reus aprobará la prohibición del velo integral este viernes sin poder multar su uso al imperar la sentencia del Tribunal Supremo que da prioridad a la libertad religiosa, aunque en virtud de la ley de seguridad ciudadana podrá multar a quien se niegue a identificarse.

Según un informe del secretario municipal del Ayuntamiento, fechado el pasado 2 de junio, se resuelven las alegaciones sobre la prohibición de transitar con la cara tapada por la vía pública, los autobuses y las dependencias municipales, y avala la presentada por el equipo de Gobierno local de suprimir los términos burka y nicqab del texto original.

Las advertencias del secretario son muy similares a las que ya formuló en otro informe previo al pleno que aprobó inicialmente las ordenanzas de Civismo y Convivencia y se basan en la sentencia del Tribunal Supremo conforme a que la libertad religiosa es un derecho fundamental.

Se podrá multar a las mujeres que se nieguen a identificarse

En el informe, el secretario señala que sí se podrá multar a las mujeres que se nieguen a identificarse, pero no en virtud de la ordenanza, sino por la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana.

Por tanto, la Guardia Urbana no podría multar a nadie por ir con la cara tapada -ya sea con burka, nicqab o de otra forma- en base a la ordenanza de convivencia y civismo, salvaguardando toda libertad religiosa, sino en base a la ley de seguridad ciudadana y siempre que la persona en cuestión se niegue a identificar su rostro.

Otro informe complementario del secretario, fechado el 11 de julio, señala que la sentencia del Supremo "diverge esencialmente" de la del Tribunal Europeo de Defensa de los Derechos Humanos y que prioriza, en este caso, la seguridad. Sin embargo, la sentencia de Estrasburgo no es extrapolable en España ni en Cataluña, porque no existe ninguna regulación específica, si bien la Generalitat, recuerda el informe, tiene intenciones de emprenderla en breve.

Aprobación en pleno

Las ordenanzas se aprobarán este viernes en un pleno y después, se redactará un protocolo para que la Guardia Urbana pueda aplicarlas, con la previsión de multar con 750 euros a quien lleve el rostro tapado y se niegue a identificarse.

Fuentes municipales aseguran que "la ordenanza es jurídicamente impecable" y "la regulación de las vestimentas que impiden la identificación de las personas viene motivada única y exclusivamente por motivos de convivencia y seguridad"

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