La laicidad del Estado y de sus instituciones es ante todo un principio de concordia de todos los seres humanos fundado sobre lo que los une, y no sobre lo que los separa. Este principio se realiza a través de los dispositivos jurídicos de la separación del Estado y las distintas instituciones religiosas, agnósticas o ateas y la neutralidad del Estado con respecto a las diferentes opciones de conciencia particulares.
Puede definirse la laicidad como un régimen social de convivencia, cuyas instituciones políticas están legitimadas por la soberanía popular y no por elementos religiosos o convicciones particulares.
Si la laicidad designa el estado ideal de emancipación mutua de las instituciones religiosas y el Estado, el laicismo evoca el movimiento histórico de reivindicación de esta emancipación laica. La laicidad pretende un orden político al servicio de los ciudadanos, en su condición de tales y no de sus identidades étnicas, nacionales, religiosas,…
El término laicidad viene del vocablo griego laos, que designa al pueblo entendido como unidad indivisible, referencia última de todas las decisiones que se tomaban por el bien común. El laicismo recoge ese ideal universalista de organización de la ciudad y el dispositivo jurídico que se funda y se realiza sobre su base.
El laicismo como afirma Henri Peña-Ruiz:
«Es la palabra para referirse al ideal de emancipación de la esfera pública con respecto a cualquier poder religioso o, en un sentido más amplio de toda tutela del Estado que, siendo democrático, ha de ser de todos y no sólo de algunos.»
La laicidad descansa en tres pilares:
· La libertad de conciencia, lo que significa el derecho de cada persona de tener sus propias convicciones o creencias, sean religiosas o no.
· La igualdad de derechos, que impide todo privilegio público de la religión, del ateísmo o de cualquier otra convicción, atendiendo siempre al interés general.
· La universalidad de la acción pública, esto es, sin discriminación de ningún tipo.
· Libertad de conciencia, la conciencia es naturalmente libre para adherirse a cualquier convicción o creencia; ya sea creyente, agnóstica o atea, o para no adherirse a ninguna o cambiar de opción cuando quiera (la apostasía es un derecho que ha de ser garantizado por el Estado).
· Separación del Estado y las confesiones religiosas, lo que implica la clara distinción entre el ámbito público y el privado, y la estricta separación entre la política y las religiones u otros particularismos.
· Igualdad de trato de todos los ciudadanos y ciudadanas, la neutralidad del Estado laico exige que ninguna opción particular (religiosa o no) sea discriminada ni positiva ni negativamente. No caben los privilegios públicos de una opción cualquiera en un Estado laico. Solo así se garantiza la igual consideración de todos los individuos como ciudadanos libres.
· La búsqueda del bien común como única razón de ser del Estado, los griegos llamaban “koinonía” al principio según el cual el ejercicio de la ciudadanía debía tener como único referente el bien común (koinon), poniendo entre paréntesis los intereses privados. El Estado laico tiene como referencia la universalidad del bien común. No es legítima la financiación pública de las creencias particulares, que debe destinarse única y exclusivamente a lo que es de interés general. El laicismo se compromete así con la defensa de los servicios públicos, es decir, la utilización del presupuesto público para aquellos servicios que son de interés general (educación, sanidad, etc.).
· El laicismo no es antirreligioso, pues ello iría en contra del principio de la libertad de conciencia que anima el ideal laico. Tampoco es esencialmente anticlerical, si por ello se entiende una oposición frontal al ejercicio de las funciones del clero.
· Laicismo no es ateísmo o agnosticismo, el laicismo busca una forma de convivencia institucional, una organización política de la sociedad, mientras el ateismo o el agnosticismo son cosmovisiones en las que dios no se incluye.
· Religión no es lo mismo que clericalismo, el “clericalismo”, frente al cual lucha el movimiento laicista, es la ilegítima deriva política de la religión, es decir, la pretensión de dominación de una opción espiritual particular sobre la esfera pública. El laicismo no es anticlerical cuando el clero desempeña su papel dentro de los límites de su comunidad religiosa; pero se vuelve anticlerical, en virtud de sus principios, cuando el clero traspasa los límites de su comunidad religiosa e intenta imponer una cierta concepción de la ley (común) a partir de una cierta concepción de la fe (particular).
· Defender la libertad de conciencia y la tolerancia que de ella se deriva no es ser relativista, la neutralidad del Estado laico no implica la relatividad de los valores morales (relativismo), y mucho menos ausencia de valores (nihilismo). Precisamente, el laicismo asume la salvaguarda y la garantía de valores morales fuertes, pero no son valores particulares que provienen de una matriz particularista, sino valores universales, cuya raíz está en los derechos humanos (libertad de conciencia, autonomía moral, igualdad entre el hombre y la mujer, dignidad de las distintas orientaciones sexuales, libertad a la hora de decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, etc.). Quienes desde sectores clericales se arrogan el papel de guardianes de la moral tienden a negar la validez universal de los valores morales que defiende el laicismo.
· La lucha por el laicismo es la lucha por la emancipación de las conciencias, pero esta lucha estará inacabada mientras una religión o convicción particular siga gozando de privilegios o prerrogativas ilegítimas en el ámbito público en general y de forma especial en el ámbito escolar. Por eso, el laicismo reclama la separación del Estado y de las Iglesias, del poder político y de las instituciones religiosas, así como la abolición de todo tutelaje de la conciencia humana, como condición de posibilidad para la emancipación del ser humano. De ahí su especial relación con la racionalidad y el libre pensamiento.
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