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Privilegio inmatriculador de la Iglesia Católica y vulneración de principios constitucionales a la luz de la STEDH

La inmatriculación por parte de la Iglesia Católica de numerosos inmuebles usando la potestad atribuida por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria ha sido de hondo calado público. La razón de ser de esta repercusión social parte de una modificación normativa efectuada en el año 1998 y que permitió a la Iglesia Católica inscribir lugares de culto y otras propiedades que no estuvieran registradas con una mera certificación expedida por el Obispado. La consecuencia de esta reforma fue una intensa actividad registral por parte de las Diócesis. En este proceso, la Iglesia registró a su nombre más de 4.500 propiedades. Tras un breve recorrido por los antecedentes histórico-jurídicos de este precepto, que explican su existencia, en este trabajo se exponen los argumentos en los que basar una posible inconstitucionalidad del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, referidos a la violación de los principios constitucionales de aconfesionalidad del Estado y de igualdad. En este sentido, se concluye que este artículo es susceptible de ser declarado inconstitucional puesto que estos principios reconocidos en la Constitución Española chocan con el privilegio de la Iglesia para inmatricular bienes a su nombre con un certificado que firme el propio obispo. Las vías de impugnación ante el Tribunal Constitucional del referido precepto son también objeto de estudio; en concreto el recurso de inconstitucionalidad, con la específica problemática derivada de tratarse de un caso de inconstitucionalidad sobrevenida, y la cuestión de constitucionalidad.

La última parte del trabajo se centra en la reciente Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos «Sociedad Anónima del Ucieza contra España», con relevancia específica para el objeto de nuestro estudio.

SUMARIO

I.-  Introducción
II.- La potestad inmatriculadora a favor de la iglesia católica otorgada por el artículo 2016 de la ley hipotecaria.
III.- La posible inconstitucionalidad del artículo 206 de la LH por vulneración del principio de aconfesionalidad del Estado
IV.- La posible inconstitucionalidad del artículo 206 LH por vulneración del principio de igualdad
V.- Vías de impugnación:

El recurso de inconstitucionalidad por qué no es extemporáneo
La impugnación del artículo 2016 LH a través de una cuestión de constitucionalidad

VI.- La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos “Sociedad Anónima de Ucieza contra España”
VII.- Conclusiones

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