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Poio se suma al intento de cobrar el IBI a los inmuebles de la Iglesia

Se elaborará un censo para actualizar el Padrón de Bienes Inmuebles para poder girar el impuesto a los que no están destinados al culto

Los grupos municipales del BNG y del PSOE han presentado una moción conjunta que llevarán al próximo Pleno de la Corporación para que se revise el acuerdo de exención del pago del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) por parte de la Iglesia Católica.

Ambos grupos proponen realizar un censo municipal de los inmuebles rústicos y urbanos que están registrados a nombre de la Iglesia Católica y de otras confesiones religiosas. El objetivo es proceder a la actualización del Padrón de Bienes Inmuebles para poder así girar el IBI a todos los bienes cuyo destino no se encuentre vinculado al culto.

También proponen que, mientras no se lleve a cabo la revisión del acuerdo de exención, se negocie con la Iglesia Católica una compensación a los Concellos por estar exenta del pago del IBI.

Por otra parte, instan a la Xunta y al Parlamento de Galicia a que hagan propios los puntos anteriores y que luego, insten al Gobierno del Estado a suprimir los privilegios de los que goza la Iglesia Católica y, mientras no se lleve a cabo, soliciten una compensación a los ayuntamientos gallegos.

Además, instan al Gobierno de España a presentar una Ley de Libertad de Conciencia y Religiosa que determine modificaciones de la Ley de Haciendas Locales, de la Ley de Mecenazgo y Fundaciones y piden además una revisión de los Acuerdos del Reino de España con la Santa Sede, vigentes desde 1979.

Beneficios especiales
BNG y PSOE consideran que en el difícil momento económico en que nos encontramos "es inadmisible que, frente al esfuerzo solidario exigido a todos los ciudadanos, existan confesiones religiosas que sigan disfrutando de beneficios especiales".

La Iglesia Católica está exenta de tributar el IBI a raíz de los acuerdos entre el Reino de España y la Santa Sede que datan de 1979. Así, disfrutan de exenciones totales o permanentes los templos o lugares de culto, dependencias o edificios anexos destinados a la actividad pastoral o asistencia religiosa, locales destinados a oficinas, casa y conventos de órdenes y congregaciones religiosas.

"Esta exención legal, que debe ser revisada, sólo está referida a las finalidades vinculadas al culto, pero en las décadas precedentes se realizó una aplicación extensiva de manera que alcanzó a bienes inmuebles no estipulados por la ley vigente: pisos, plazas de garaje, lonjas… no vinculadas al culto", comentan en su moción BNG y PSOE.

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