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Plataforma en Defensa del Patrimonio de Navarra reclama al Parlamento su intervención ante las inmatriculaciones de bienes por la iglesia

Exposición ante el Parlamento de Navarra de Javier Basterra, en nombre de los 122 Ayuntamientos y Concejos adheridos a la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro / Nafarroako Ondasunaren Defentsarako Plataforma

Exposición ante el Parlamento de Navarra de Javier Basterra, en nombre de los 122 Ayuntamientos y Concejos adheridos a la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro / Nafarroako Ondasunaren Defentsarako Plataforma

8.X.2010

Señores parlamentarios y parlamentarias de Navarra:

El 15 de Diciembre del 2008, en Burlada, se celebró una numerosa Asamblea en la que, inicialmente, 110 Ayuntamientos y Concejos navarros acordaron aceptar las propuestas y el reto de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro / Nafarroako Ondasunaren Defentsarako Plataforma y nombraron una Comisión de doce Alcaldes y Concejales que nos comprometimos a llevar adelante, ante todas las instancias: El asunto de las numerosas inmatriculaciones que estaba llevando a cabo en nuestra comunidad la Diócesis de Pamplona.

Primera demanda a este Parlamento: 24 Abril 2008

Siguiendo ese mandato, el 24 de abril del 2008, a petición del grupo parlamentario IU, nos reunimos con la Comisión de Presidencia del Parlamento a la que solicitamos 7 puntos:

1.- Cuantificar lo inmatriculado. Que del Registro de la Propiedad se obtuviese información exacta de todo lo inmatriculado en Navarra, al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, tras la modificación en 1998 del artículo 5 del Reglamento.

2.- Asesoría jurídico-histórica. Que desde el Parlamento y Gobierno de Navarra se ofreciese a la sociedad navarra información jurídica e histórica sobre el origen y los derechos de su patrimonio público.

3.- Recurso de inconstitucionalidad. Que el Parlamento estudiase la posibilidad de presentar un recurso de inconstitucionalidad del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, por ir contra el artículo 16 de la Constitución Española.

4.- Ayudas públicas aportadas a esos Bienes. Información sobre las inversiones realizadas por el Gobierno de Navarra en el arreglo, mejora y sostenimiento del patrimonio inmatriculado, especificando el destinatario de dichas ayudas y el porcentaje que suponen las aportaciones públicas (Gobierno, Estado, Ayuntamientos) con respeto al costo total. Los navarros y navarras, decíamos, debían conocer hasta qué punto siguen manteniendo casi en su totalidad unos bienes ahora privatizados.

5.- Señoríos y patronatos particulares. Determinar si ha habido un agravio comparativo con el pueblo llano (El pueblo de Dios) y la antigua nobleza. Que se recabase información sobre la situación registral de las iglesias que pertenecen a señoríos y a particulares. Y si estos edificios con patronatos de particulares habían sido también registrados por la Diócesis, igual que se ha hecho con los de patronato municipal.

6.- Apoyo a los 110 Ayuntamientos y Concejos. Instamos al Parlamento y Gobierno de Navarra para que apoyase y asesorase a los 110 Ayuntamientos y Concejos de Navarra que hasta entonces habían reclamado el carácter de bienes públicos de esos edificios.

7.- Defensa del resto del Patrimonio. En el resto de localidades navarras en las que por desinterés, falta de información, incapacidad económica, escaso peso demográfico o despoblamiento, no se estuviese procediendo a la defensa del patrimonio frente a la privatización, instamos al Parlamento y Gobierno de Navarra para que ejerciera por subrogación esas facultades de defensa.

De todas estas peticiones, sólo una de ellas fue contestada a los pocos días, y recibimos información detallada de todo lo inmatriculado. Del resto de peticiones, dos años y medio más tarde, no hemos recibido respuesta alguna. Sin embargo, los datos obtenidos del Ministerio de Justicia no pueden dejar indiferentes a nadie, y menos a este Parlamento de Navarra:

Según estos datos, que también obran en poder de este Parlamento, entre los años 1998 y 2007 hemos sabido que al menos fueron inmatriculados en los Registros del Propiedad de Navarra 1087 Bienes que se distribuyen:

-651 Templos parroquiales

-191 Ermitas

-9 Basílicas

-42 Viviendas y Casas

-26 Locales comerciales, almacenes, garajes, locales varios

-2 Atrios

-8 Cementerios

-107 Fincas, solares y terrenos

-38 Pastos, prados y helechales

-12 Viñas, pinares, olivares, arbolados

-1 Frontón

Total de las inmatriculaciones: 1087 bienes

Al principio se comenzó lentamente, la 1ª se produjo en Oteiza en el año 1998, luego fueron animándose e incrementando el número de actos, durante diez años ininterrumpidos a espaldas de pueblos y ciudades, y sin que nadie se enterase para poder opinar, aceptar, rechazar, alegar o corregir. Con la mas absoluta impunidad, y amparados por una Ley que según algunos expertos es anticonstitucional.

Con el nacimiento de la Plataforma en el año 2007, los actos se pararon en seco, pero no sabemos si debido a ello o por haber vaciado a los pueblos de sus Bienes.

Otra de las sorpresas de este resumen, fue que las inmatriculaciones no eran únicamente sobre lugares dedicados al culto, lo cual pretenden vender como justificación de este atropello y que pueden acceder al Registro a partir de la modificación en 1998, del artículo 5 del Reglamento Hipotecario, sino que hay más de 200 inscripciones de tierras, arbolados, pastos y locales, que han accedido por vez primera al Registro mediante inmatriculación, muchos de los cuales son reclamados por los pueblos como bienes públicos o comunales.

Dado su carácter no religioso, estos bienes no podrían ser inscritos por esa vía, y por ser bienes imprescriptibles e inalienables los pueblos podrían iniciar en cualquier momento acciones para su recuperación. Y en el caso de pasividad de los pueblos, el propio Gobierno de Navarra podría y debería actuar por subrogación ejercitando dichas acciones.

Caso paradigmático es el pueblo de ESLAVA al cual le fueron inmatriculadas el 8 de Junio del 2004 en el Registro de Aoiz, además de la Parroquia de S. Miguel y la ermita de Sta. Bárbara, otras 29 fincas agrícolas repartidas por el pueblo que suman un total de 120.367 m2 es decir 134 “robadas” y que dicho pueblo no está adherido a la Plataforma. ¿Que piensa hacer el Gobierno de Navarra, sabiendo que algunas de esa fincas contienen en sus entrañas los importantes restos arqueológicos de la necrópolis de Santa Criz? (Descubierta en 1995 y apenas investigada hasta la fecha).

El artículo 206 de la Ley Hipotecaria, que da a la Iglesia el privilegio (así lo califican algunas sentencias) de inscribir mediante la propia certificación del Diocesano, está bajo sospecha de anticonstitucionalidad, tras algunas sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Establecida con la Constitución de 1978 la separación Iglesia-Estado, es decir, en un Estado no confesional, es más que cuestionable otorgar al Diocesano funciones de Estado, convirtiéndose en fedatario público para inscribir a su nombre bienes de utilidad pública.

Pero sobre esto hablará con más autoridad nuestro colaborador Alejandro Torres, profesor titular de Derecho Eclesiástico del Estado en el Departamento de Derecho Público de la Universidad Pública de Navarra.

Segunda Demanda: Junio del 2008

Dado que este tipo de inscripciones también podía hacerse anteriormente a 1998 por el mismo artículo 206 de la Ley Hipotecaria (por no ser lugares de culto), el 11 de junio del 2008 solicitamos a este Parlamento de Navarra:

1.- Que de la misma manera que se había requerido al Ministerio de Justicia la relación de todo lo inmatriculado desde 1998 hasta la actualidad, se solicitase del Registro de la Propiedad información exacta de todo lo inmatriculado en Navarra, al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, desde su aprobación en 1946 hasta el momento de la modificación del artículo 5 del Reglamento Hipotecario en 1998.

Y a esta nueva petición, hecha hace ya más de dos años, tampoco hemos tenido respuesta. En estos dos años y medio hemos visto cómo el tema ha estado continuamente en los medios de comunicación de Navarra, ha trascendido a otras Comunidades y ha sido motivo de diferentes enfrentamientos y denuncias entre la Diócesis y los pueblos. Hemos comprobado la venta y alquiler de diversos bienes inmatriculados y es palpable el malestar de los vecinos con el tema. Lejos de olvidarse, el tema está continuamente presente en la prensa, en la calle y en los debates municipales. El Patrimonio de los navarros, -hablamos incluso de patrimonio comunal y que como tal debe ser particularmente velado por el Gobierno de Navarra- está siendo directamente afectado, y este Parlamento no puede continuar mirando hacia otro lado.

Tercera Demanda: 8 Octubre del 2010

Respondiendo a esa inquietud de nuestros pueblos y a la falta de respuesta de nuestras más altas instituciones, el pasado 26 de junio celebramos en Burlada una nueva II Asamblea de Ayuntamientos y Concejos “En defensa del carácter público de los edificios religiosos y otros bienes inmatriculados por la Diócesis”, a la que se han sumado finalmente 122 ayuntamientos. Entre otros acuerdos, decidimos:

1º.- Instar a los grupos parlamentarios y al Gobierno de Navarra a que, de la misma manera que se ha requerido al Ministerio de Justicia la relación de todo lo inmatriculado desde 1998 hasta la actualidad, se le solicite información exacta de todo lo inmatriculado en Navarra, al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, desde su aprobación en 1946 hasta el momento de la modificación del artículo 5 del Reglamento Hipotecario en 1998.

2º.- Solicitar a los grupos parlamentarios y al Gobierno de Navarra, que pidan a las Diócesis de Pamplona y Tudela un acto de buena voluntad, y que dejen los 1.087 bienes inmatriculados estos últimos años en la situación en que estaban antes del Real Decreto de 1998. Y que si se insiste en la inmatriculación, se haga en igualdad de condiciones, de forma documentada, pública y notoria, teniendo en cuenta por igual los derechos que puedan alegar los pueblos, los vecinos o las instituciones civiles o religiosas.

3º.- Que el Parlamento y Gobierno de Navarra promuevan un recurso de inconstitucionalidad del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, por ir contra el artículo 16 de la Constitución Española.

4º.- Que desde el Gobierno de Navarra se ofrezca a los pueblos de Navarra información jurídica e histórica sobre el origen y los derechos de su patrimonio público. Que se apoye a los ayuntamientos y concejos que intenten recuperar los bienes ahora inmatriculados y que si en localidades navarras en las que por desinterés, falta de información, incapacidad económica, escaso peso demográfico o despoblamiento, no se está procediendo a la defensa del patrimonio frente a la privatización, sean el Parlamento y Gobierno de Navarra quienes ejerzan, por subrogación, esas facultades de defensa. ESPECIALMENTE a los Concejos mas pequeños que son los que están recibiendo el ataque del Arzobispado con pleitos que no pueden sostener ( caso de Garisoain e, Irurre). Hemos de manifestar que una buena parte de estos bienes se sostienen sobre parcelas denominadas como Bienes Comunales, para los cuales El Gobierno de Navarra debe tener una custodia y protección especial

5º.- Que el Gobierno de Navarra informe sobre las inversiones realizadas en el arreglo, mejora y sostenimiento del patrimonio inmatriculado desde 1998, especificando el destinatario de dichas ayudas y el porcentaje que suponen las aportaciones públicas (Gobierno, Estado, Ayuntamientos) con respeto al costo total. Los navarros y navarras deben conocer hasta qué punto siguen manteniendo casi en su totalidad unos bienes ahora privatizados, y obrar en consecuencia.

Y estas demandas son las que de nuevo traemos hoy aquí. Esperamos una respuesta positiva de nuestro Gobierno y de nuestro Parlamento. Estos bienes, o la mayoría de ellos, están grabados en la memoria de los vecinos y en sus archivos municipales como propios de las comunidades que los levantaron. Tarde o temprano volverán a ser de sus verdaderos dueños, los pueblos de Navarra. Nosotros, como representantes más cercanos de dichos pueblos, no vamos a cejar en nuestro empeño de recuperarlos.

Pamplona/Iruña

8 de octubre de 2010

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