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Nuevo conflicto con las clases de Religión

COMENTARIO: Para el movimiento laicista, el problema de fondo es la existencia de estos catequistas y de la religión en la escuela. La religión como doctrina debe salir de la escuela y quedar en su ámbito propio (iglesia, templo, mezquita, sinagoga,…)

Los Acuerdos no es que haya que renovarlos o adaptarlos, es que un Estado es soberano y no tiene que mantener ese tipo de "tratados internacionales" con un ente que es una asociación de creyentes en una doctrina católica. Nada más contradictorio que seguir manteniendo la categporia de "jefe de estado" para un obispo de Roma. Ni el evangelio contempla esa doctrina, sino la contraria. Pero la iglesia prefiere mantener su poder terrenal pensando en que de ese modo podrá imponer sus dogmas y su moral.


LA reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía obliga a restituir a una profesora de Religión su puesto docente y a pagarle los salarios no devengados, que pueden alcanzar la suma de 200.000 euros. La profesora Resurrección Galera impartió clases de Religión en Almería durante siete años sin que hubiera quejas por su actividad docente. Fue despedida en 2001 por haber contraído matrimonio con un divorciado, sin tampoco aludir a ningún defecto en su labor docente.

La actual sentencia, tras varias anteriores que refrendaban el derecho del episcopado a no renovarle la carga docente, obliga al Estado Español, y no a la iglesia de Almería, a pagar las indemnizaciones prescritas. Por su parte, la diócesis de Almería ha anunciado que va a apelar a la Corte de derechos humanos de Estrasburgo, argumentando que "dar clase de Religión católica no es un derecho que nadie pueda apropiarse al margen de la Iglesia".

Más allá de los problemas jurídicos, en principio ya decididos por el Tribunal Superior, hay un problema de fondo en su origen: los acuerdos de Iglesia y Estado de 1979 y las atribuciones que se conceden en materia de educación. Es la jerarquía eclesiástica la que decide quiénes son los profesores de Religión, pero es el Estado el que paga los sueldos y, en su caso, los despidos. Cualquier patrono puede despedir a un trabajador pagandole la indemnización correspondiente y sin dar razones. Pero esto no vale en el caso citado, ya que se rechaza pagar por despedir, puesto que no hay contrato que dure más de un año. Y caso de pagar, lo hace el Estado, con el dinero de los contribuyentes, y no la instancia que despide.

Los profesores son renovados cada año, sin que puedan aludir derechos consolidados ni continuidad laboral, como el resto de los profesores. Dependen cada año de la designación, sin que haya ninguna normativa que les proteja profesionalmente. Esta indefensión laboral choca con la doctrina social de la Iglesia, que defiende los derechos de los trabajadores y es lo que más rechazos plantea entre muchos católicos y los que no lo son, ya que mantiene a los profesores en una dependencia absoluta y permanente respecto de decisiones arbitrarias.

La jerarquía eclesiástica ha luchado durante años para que se homologuen los derechos de los profesores de Religión con los de las otras materias y para que la religión no sea una asignatura de segundo rango, pero en este punto no se acepta la homologación con el resto. No hay coherencia en este asunto que plantea un problema de justicia y de si no hay doble rasero, al defender una doctrina social que luego se no aplica consecuentemente en el foro interno de la Iglesia. La defensa de los derechos humanos y de su traducción jurídica y social plantea problemas a una Iglesia que, a veces, se exime de cumplirlos internamente.

El problema de fondo es que los acuerdos Iglesia-Estado de 1979, que sirvieron para la transición democrática, hoy están obsoletos y superados por la evolución de la sociedad. Un factor sorprendente es que no se hayan cuestionado, para crear otros distintos, a pesar de que han pasado treinta años. Incluso ha surgido la paradoja de gobiernos socialistas que han proclamado la laicidad del Estado y la separación con la Iglesia y que, sin embargo, han omitido revisar los acuerdos.

Hemos llegado a una situación en la que planteamos revisar la misma Constitución española y no el cambiar la normativa anterior en favor de una más acorde con las exigencias y sensibilidad mayoritaria de la sociedad española, que exige una revisión y discusión pública, para actualizarlos. El nuevo gobierno sería el más indicado para abordar esta problemática, ya que, en principio, no se le podría descalificar como anti católico y el Partido Popular despierta menos reticencias en los eclesiásticos que el PSOE.

La misma Iglesia tendría que propugnar esa revisión con un gobierno, en teoría más favorable y sensible a sus intereses, en lugar de seguir manteniendo que los acuerdos son intocables y no revisables. A medio y largo plazo la situación actual es social y políticamente insostenible, por contradictoria con la igualdad de derechos y exigencias de todos los ciudadanos. Hay que replantear el lugar de la Iglesia respecto del Estado y la sociedad civil. El modelo a seguir ya no puede ser el de 1979, porque ni España es la misma ni los problemas que hay que afrontar son los de la transición democrática.

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