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Nos sobran los motivos

Siguiendo y, por lo que a mí respecta, terminando con el asunto de las querellas por blasfemia y ofensa al sentir religioso, comentar que también al sector -amplio sector- no creyente anda sobrado de motivos para querellarse, incluso por la vía penal, contra el lobby católico. Pondré como ejemplo mi propia persona.
 
Podría querellarme contra el estado vaticano por:
 
1.- Obligar de facto a mis progenitores a someterme a un rito iniciático al que ni dí ni daría mi aprobación -siendo que contaba entonces con sólo algunos días de edad-, so pena de escarnio público y exclusión social de por vida.
 
2.- Forzar mi instrucción en la fe católica durante más de 14 años, obligándoseme durante todo ese tiempo a la renuncia formal de mis propias convicciones y ejerciendo simultáneamente un férreo control sobre mi conciencia y actos, y coartando violentamente mi desarrollo como individuo.
 
3.- Detrimento continuado a mi dignidad como ser humano a través de las declaraciones públicas de los portavoces de la jerarquía católica, atentando contra la libertad de educación, propurnando obsesivamente que la educación no religiosa conduce a conductas delictivas.
 
4.- Burla y mofa contra mi persona y dignidad sin causa alguna, habiendo tenido que soportar en incontables ocasiones el descalificativo de "pecador", que en la terminología católica es un apelativo con connotaciones miserables y denigrantes.
 
6.- Coacción y amenazas continuadas de torturas de un horror indescriptible por adoptar un modelo de convivencia que, sin estar tipificado de ninguna forma como falta o delito en el Código Penal Español y la jurisprudencia europea, se prohíbe explícitamente por la moral y el derecho canónigo católico.
 
7.- Delitos contra la Humanidad, puesto que desde esta organización se aspira a la imposición como única opción y en términos excluyentes de su ideología política y social, lo que atenta bajo todo punto de vista contra la neutralidad del estado y la libertad de expresión y sindicación de los ciudadanos.
 
8.- Atentado contra el orden constitucional, la pluralidad ideológica y el sistema de partidos políticos que de dicho ordenamiento se deriva, arrogándose el depósito de una autoridad indemostrable que consideran exenta de cualquier juicio humano.
 
9.- Delito continuado de sedición. El órgano institucional llamado Conferencia Episcopal Española  incita abiertamente a la desobediencia civil contra leyes aprobadas en el Congreso de los Diputados y sancionadas por S.M. El Rey, habiendo quedado sobrada constancia de ello en los medios de comunicación.
 
10.- Delito contra la salud pública. El órgano institucional llamado Conferencia Episcopal Española incita abiertamente a la ciudadanía a no utilizar elementos preventivos contra contagio de enfermedades que pueden resultar letales, habiendo quedado sobrada constancia de ello en los medios de comunicación.
 
11.- Falsedad documental.  El órgano institucional llamado Conferencia Episcopal Española ha afirmado reiteradamente disponer de documentos médicos y científicos que avalan la invalidez de determinadas técnicas de prevención de enfermedades de transmisión sexual, habiendo quedado sobrada constancia de ello en los medios de comunicación.
 
12.- Delitos contra el honor. El órgano institucional llamado Conferencia Episcopal Española denigra el honor y el prestigio personal y social de millones de ciudadanos a los que diagnostica como “enfermos” a causa de su opción sexual, sin que medie más informe médico neutral que los aportados por los propios militantes de esta organización religiosa, habiendo quedado sobrada constancia de ello en los medios de comunicación.
 
13.- Delito de estafa pública apoyada en falsedad documental. Para la comisión de los delitos detallados y otros que no se enumeran, el órgano institucional llamado Conferencia Episcopal Española y el internacional “Vaticano” dice contar con el aval de un ente sobrenatural al que denomina “dios” y al que otorga un poder absoluto sobre ciudadanos, estados y ordenamiento jurídico, sin aportar más causa ni prueba documental que su propio testimonio y una colección de escritos anónimos a los que atribuye una autoría extraterrestre. Evidencias, como puede comprobarse, carentes de toda validez tanto desde el punto de vista técnico como jurídico. Sobre este extremo existe abundante bibliografía y queda sobrada constancia de ello en los medios de comunicación.

14.- Delito continuado por parte de miembros del clero y religioso ordinario, con premeditación y alevosía, de la trata y comercio de niños recién nacidos, enajenados a sus legítimas madres biológicas con fines ilícitos y lucrativos, más los agravantes de ocultamiento inmoral, secuestro forzado y falsedad de documentos públicos en la perpetración del engaño social y jurídico.

15.- Delitos de abuso de autoridadcon coacciones y violencia, tanto psíquicas como físicas, en los niños. Psíquicas, por los miedos, terrores, traumas y pesar de conciencia y culpabilidad incoados en mentes infantiles aun en formación, permeables a cualquier influencia de autoridad. Física, por los continuados y vejatorios castigos corporales que, arbitrariamente y con saña, han impartido, con escaso o nulo sentido de la auténtica función pedagógica.

16.- Delito de aberrantes abusos sexuales continuados a menores, basándose para su impune comisión en el mismo principio de autoridad impuesta, con amenazas de castigos directos o indirectos para imponer secreto y silencio forzoso, por lo que el daño infligido no sólo era de carácter físico sino también psíquico y moral.

 
A los indicados delitos podrían sumarse otros muchos contra la infancia, colaboración con regímenes políticos sostenidos en base al terror, el asesinato y el genocidio, usurpación de bienes, financiación ilegal y maniobras para gozar de beneficios impositivos extraordinarios, entre otros.

Puestos a contabilizar delitos contra la libertad de acción, de pensamiento y de expresión, el lobby católico sería el claro perdedor.

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