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Multa de 1.440 euros al joven que “colgó” fotos soeces de la Virgen

El juez considera que el autor de la página web que publicó imágenes obscenas de la Esperanza de Triana ofendió los sentimientos religiosos.

La sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla servirá sin duda de aviso a los navegantes, sobre todo, a aquellas páginas de internet que pretendan incluir textos e imágenes susceptibles de ofender los sentimientos religiosos. La multa de 1.440 euros impuesta al joven Daniel T. H. es la mínima que contempla el artículo 525 del Código Penal para el delito contra los sentimientos religiosos, pero la importancia de esta resolución radica en que se pronuncia respecto a una temática en la que existe actualmente una escasa jurisprudencia de los tribunales.

La sentencia recoge como hechos probados que el 26 de noviembre de 2002 el acusado publicó en su página web, de forma “consciente y voluntaria” y con el propósito de “agraviar los sentimientos de los católicos”, un artículo titulado Esperanza de Triana, en el que se incluían textos atentatorios contra la imagen de esta virgen. El documento iba acompañado de una imagen de la Esperanza de Triana junto a unos órganos genitales masculinos.

El juez Rafael Tirado considera que la intención del acusado fue precisamente la de ofender los sentimientos religiosos de los hermanos de la Esperanza de Triana y de los católicos en general, por cuanto el texto y las imágenes eran “claramente obscenos e insultantes”. El magistrado señala que el artículo 525 castiga a quien haga escarnio de los dogmas y creencias de una confesión religiosa, y en este sentido recuerda que, según el diccionario de la Real Academia de la Lengua, la palabra escarnio significa una “befa tenaz que se hace con el propósito de afrentar”.

Daniel T. H., que también ha sido condenado a pagar las costas procesales, negó en el juicio que su objetivo fuese ofender a los católicos, pero la sentencia hace hincapié en que fue el responsable de su publicación. El fallo señala que en un decálogo de la página web aparecía entre sus principios el “atacar a las religiones de forma abierta y dialogante”, lo que para el juez revela la intencionalidad, unido al hecho de que no retiró la publicación hasta varios días después.

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