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México: una República laica… entre consagraciones y bendiciones

Hace pocos días se alcanzó la mayoría necesaria de los congresos estatales para aprobar la reforma constitucional que afirma la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión de toda persona, y que completa a su vez la definición de México como una República laica. Sin embargo, en los últimos meses, ha sido justo en las entidades federativas donde, paradójicamente, se han suscitado los desafíos más ominosos a la laicidad del Estado.

El repertorio es vasto: hemos visto participar en –o incluso encabezar- actos religiosos a los titulares de los tres poderes de la Unión y a los miembros de todos los partidos políticos del país. Hemos sido testigos de como algunos gobernadores consagran -entregan a dios- a sí mismos y a las demarcaciones territoriales que representan a los corazones de Jesús y María (en Chihuahua y Veracruz); a alcaldes y alcaldesas entregar las llaves de la ciudad a Jesucristo (en Ensenada, Baja California y los municipios de Guadalupe, Juárez y Monterrey del estado de Nuevo León); a un representante del ejecutivo enviar una carta al papa (su santidad) pidiéndole “como gobernante y sobre todo como hombre de fe” una oración para las víctimas de un terrible acontecimiento (estado de México); a los partidos políticos y coaliciones electorales pactar con la Iglesia católica la defensa de los valores cristianos (Durango); a los candidatos a alcaldes reunirse con los curas de la localidad para que estos últimos difundan los planes de gobierno entre sus feligreses y los inviten a votar por el candidato de su preferencia (Nuevo Laredo, Tamaulipas); y hasta hemos visto a los miembros del máximo poder judicial de alguna entidad federativa dedicar a dios su responsabilidad de administrar e impartir justicia, “poniendo en práctica los valores humanos y cristianos” (Querétaro).

Los ejemplos parecen incontables, no importa que la normatividad en la materia prohíba expresamente a las autoridades federales, estatales y municipales “asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público, ni actividad que tenga motivos o propósitos similares” (artículo 25) o si la Constitución federal impide a los ministros de culto “hacer proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”. Todos esos actos ocurren con la complacencia de autoridades que se resisten a aplicar la leyes mexicanas. La impunidad es la única constante.

Pero, ¿por qué escandalizarse si nuestros representantes y funcionarios públicos consagran a una figura suprahumana el territorio que gobiernan? ¿O usen con fines políticos las creencias religiosas de la gente e invoquen a su dios en el desempeño de su responsabilidad pública? La razón parece simple aunque no por ello menos compleja; tales actuaciones transgreden uno de los principios constitucionales sobre los cuales se funda la democracia mexicana, la laicidad.  

Reconocer u otorgar la máxima autoridad de un municipio o entidad a cierto dios “para que su reino de paz y bendición sea establecido”, o bien, proclamarse políticamente por los intereses de una iglesia, no es más que derrotar –aunque sea de manera simbólica- la naturaleza laica de la República mexicana. Para deslizarnos hacia su contrario, el otro lado de la balanza: el Estado confesional.

Como señaló la Corte Constitucional colombiana en 1994 (sentencia C-350/94): la consagración de cualquier Estado (o el reconocimiento público de una religión) significa anular el principio del pluralismo religioso. Constituye un acto excluyente de quienes no tienen ninguna pertenencia religiosa y resulta discriminatorio hacia otros credos. ¿Qué pasaría -plantea esta Corte- si otras organizaciones religiosas, diferentes a la católica, intentaran concesiones similares? El problema no quedaría resuelto inclusive si un Estado aceptara distinciones religiosas múltiples. Entendámonos bien, una República laica no es igual al reconocimiento igualitario en privilegios a todas las organizaciones religiosas, sino la conducción de la función pública bajo el principio de neutralidad en materia religiosa. Por ello, precisamente, en una República laica está prohibido a las autoridades hacer cualquier manifestación pública a favor o en contra de alguna confesión. Todas las personas tienen un igual valor jurídico independientemente de sus preferencias espirituales.

Contrariamente a lo que sucede, por ejemplo, cuando los encargados de administrar justicia deciden evocar a su ser supremo y defender los valores de una religión determinada, como hicieron los miembros del Tribunal Superior de Querétaro. Esta manera de actuar no es más que anteponer las propias convicciones personales al deber de conducirse con responsabilidad en el ejercicio de la función que tienen encomendada por el Estado. Al parecer, los jueces de esa entidad ignoran que su única obligación como funcionarios públicos es respetar y hacer respetar la Constitución y las normas que conforman al ordenamiento mexicano, empezando por ellos mismos.

Los actores políticos y funcionarios públicos insisten en que sus manifestaciones religiosas están cubiertas por el ejercicio de su libertad de expresión y religión, a las que exigen tolerancia y respeto. Pero olvidan que ningún derecho, por su propia naturaleza, es ilimitado, mucho menos cuando se ocupa un cargo público. Son precisamente ellos los que, en primer lugar, tienen la obligación de garantizar el principio de separación entre el Estado y las iglesias que debe inspirar el orden constitucional de la nación. Pero, ¿cómo lograrlo si los propios gobernantes reconocen a una divinidad como la máxima autoridad de las demarcaciones que representan? ¿Si los actores políticos manifiestan públicamente su fe al jerarca máximo de una iglesia? ¿Si los propios partidos toman como estandarte político los valores de una orden religiosa? ¿Si los encargados de asegurar los derechos y libertades de las personas, en lugar de ello, defienden sus propias convicciones religiosas?

Sin duda, la laicidad de una República nunca es una conquista que se gane de una vez y para siempre, pero su vigencia será imposible si son los propios funcionarios públicos los primeros que claudican a su deber.

Guadalupe Salmorán. Licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México.

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