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[México] Símbolos religiosos en espacios públicos

El próximo 9 de noviembre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), discutirá el proyecto el amparo en revisión 216/2022 en donde se resolverá si la potestad del Ayuntamiento del Municipio de Chocholá de colocar símbolos religiosos en espacios públicos es violatoria de la libertad religiosa, y de los principios constitucionales del Estado laico, del de igualdad y del de no discriminación.

El tema que da origen al proyecto es que un particular en el municipio referido colocó adornos alusivos al nacimiento de Jesucristo en edificios de gobierno que son espacios públicos.

A mi modo de ver, este proyecto será un hito en materia de Estado laico en caso de aprobarse. El análisis y argumentación expuesto plantea una aproximación general a la teoría de los símbolos para entender lo que representa un símbolo, la semiótica de éste y un lo que es un símbolo religioso. Luego entra a la doctrina jurídica de los símbolos religiosos, a fin de definir el estándar de protección de la libertad religiosa. Posteriormente hace una referencia a la “teatralización del Nacimiento de Cristo como símbolo religioso”. Finalmente, hace una revisión exhaustiva de la doctrina comparada sobre lo que los órganos jurisdiccionales deben valorar “… para resolver asuntos en los que se ventilan violaciones a la libertad religiosa y al principio de laicidad del Estado”.

En resumen, el tema central es que este tipo de adornos violan los derechos humanos a la igualdad jurídica y la libertad religiosa en correlación con el principio de laicidad de los no católicos, sean creyentes de otras fes o no creyentes ni practicantes de alguna en particular. En materia de laicidad, el Estado mexicano debe ser neutro como resultado de un proceso de secularización; es decir, para poder garantizar los derechos de libertad religiosa, ideológica, de conciencia y ética de las personas, el Estado debe mantener una posición neutralmente activa.

Confío que el proyecto se apruebe en los términos que se establecen y que siente el precedente que transforme de una vez por todas esas condiciones estructurales que violan sistemáticamente los derechos humanos de los no católicos.

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