Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

México: La libertad de credo o las alusiones religiosas en la campaña ponen a prueba la Ley Ley Electoral en Baja California

El artículo 455 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe a los ministros de culto pedir el voto por un Partido o candidato.

La ley separa claramente religión y procesos electorales, pero hay aspirantes a puestos públicos al borde de la legislación, según Roberto Villa González, profesor en Derecho Electoral de la Facultad de Derecho de la UABC Mexicali.

“Jugar con los límites creo que no abona a la intención de separar esos dos aspectos”, dijo en entrevista para GatoxLiebre, a propósito del actual proceso electoral donde hombres y mujeres se han mantenido en la frontera de esa ley.

El académico de la UABC consideró que en una sociedad como la mexicana la visión religiosa atrae a los candidatos, conscientes o no, de que violan la ley por la fuerza que eso representa. “Siempre es algo que puede llamarle la atención, pero no es deseable, porque no es lo que se desprende de nuestro marco jurídico”.

Por ejemplo, la candidata a la Alcaldía de Tijuana por el PRI, Gabriela Roldán, inició su primer día de campaña en una misa católica. Y no fue la única. Su contrincante Juan Manuel Gastélum Buenrostro, del PAN, también fue a una ceremonia religiosa antes de su primera conferencia de prensa.

Villa González explicó que cualquier aspirante a un cargo de elección popular puede hacerlo siempre que no haya símbolos o alusiones a su Partido, no pida el voto o entregue propaganda con alusiones religiosas. Eso es lo que prohíbe el artículo 160 de la Ley Electoral estatal, porque el resto puede ser solo una actividad ciudadana.

Lo mismo pasa con aquellos candidatos y candidatas que en sus mensajes recurren a frases como “Gracias a Dios” o “Dios los bendiga”, respondió. “Tiene que ser cuidadosamente analizado, porque ya el Tribunal Electoral ha determinado que se pueden utilizar ciertas expresiones de uso común que no necesariamente pueden ser entendidas como el uso de motivos religiosos para obtener el voto”.

Otro caso en este proceso electoral es el de Fermín García, pastor de la iglesia evangélica y aspirante a la Alcaldía de Tijuana por Movimiento Ciudadano, quien se fotografió en el templo mormón en esta ciudad y compartió la imagen en Facebook.

“Aunque implícitamente está tratando de mandar un mensaje, no queda claro”, consideró el catedrático en Derecho Electoral.

Pero no siempre la mezcla de religión y campañas tienen una línea tenue que los separa, como el artículo 455 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que prohíbe a los ministros de culto pedir el voto por un Partido o candidato. Y en ese supuesto parece estar Fernando Villegas, quien en su cuenta de Facebook se presenta como pastor y director del Centro Cristiano Verdad y Poder y pidió votar por Fermín García.

En este proceso, el Instituto Estatal Electoral de Baja California tiene dos investigaciones en todos estos supuestos y ambos fueron procesos iniciados por el Partido de Baja California. Primero pidió revisar la candidatura de Fermín García y después su candidato a diputado Luis Montijo, denunció a su contrincante en el VIII Distrito, Valeria Oseguera, del PRD, por publicar fotografías de su arranque de campaña en una iglesia. “De las mismas se desprenden que realiza actos de campaña dentro de una iglesia. Máxime que claramente la candidata expresa: ‘… Para recibir la bendición de Dios e iniciar nuestra campaña”, acusó el candidato Montijo.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share