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México: Es necesario garantizar laicidad del estado para proteger derechos humanos

El mandato específico de laicidad se encuentra consagrado en la Constitución Política y debe ser respetado, expresó la abogada y activista Elizabeth Ávila

La palabra «laico» tiene su origen en la voz de origen griego «laos» (pueblo). Se dice «laica» a la persona que pertenece al pueblo y que, por lo tanto, no pertenece al clero.

El funcionamiento efectivo de los derechos humanos sólo puede darse dentro de un Estado laico, donde los intereses de religión y política se mantengan como asuntos separados.

Para profundizar en estos principios jurídicos, la abogada, feminista y activista Elizabeth Ávila Carrancio fue consultada por EL DEBATE en entrevista  telefónica.

El Estado laico

El Estado laico es aquella organización política que no establece una religión
oficial, es decir, que no señala una religión en particular como la religión propia del pueblo, que por lo mismo merece una especial protección política y jurídica.

En este sentido, el Estado laico es el opuesto del Estado confesional, que establece una determinada religión como religión oficial. La razón de ser del Estado laico es permitir la convivencia pacífica y respetuosa, dentro de la misma organización política, de diferentes grupos religiosos

Instituciones y religión

La exdirectora del Instituto de las Mujeres en Sinaloa dijo que, debido al contexto histórico, en las primeras Constituciones se establecía que el pueblo mexicano era de religión católica y no había permisividad o apertura. Explicó que esa cultura ha permanecido de manera profunda en la sociedad mexicana.

Ávila Carrancio se refirió en el contexto de los derechos humanos a que estos han sido conquistados por muchas personas y que han venido desde un discurso de laicidad, es decir, separar al Estado  material, en cuanto a políticas públicas, de otros aspectos que le son ajenos.

Estado y espiritualidad

La especialista en derechos humanos abordó el punto referente al reciente evento sostenido de manera virtual desde el Instituto de las Mujeres en Sinaloa, donde se invitó como ponente a un representante de la fe católica.

Sobre esta acción, que consideró un error por parte del organismo, dijo que el Estado no es el encargado de garantizar los temas de espiritualidad, que esto va con una mentalidad religiosa. Elizabeth Ávila consideró que, probablemente si el expositor hubiera sido invitado como civil, sin ostentar su cargo dentro de la institución religiosa, podría haberse salvado esta cuestión; sin embargo, no fue así, y lo considera un irrespeto, al tratarse de una institución que trabaja sobre los derechos humanos.

Valores democráticos

Comentó que es muy recurrente que dentro de la política se confundan estos principios. Es un hábito común realizar misas por el aniversario de la ciudad o en eventos de Gobierno, haciendo misas en nombre del quehacer político.

Hizo hincapié en que el problema es que con estas acciones se produce una pérdida del valor democrático y una permisividad social, porque se entra al discurso en el cual se violenta la Constitución.

Elizabeth Ávila enfatizó que, violentando los principios constitucionales, se entra en el terreno de la corrupción y la impunidad, y ese es el problema que ella considera de mayor gravedad, «¿hasta dónde nosotros, como ciudadanía, podemos o debemos permitir un discurso de corrupción e impunidad que violenta el texto constitucional?», señaló.

Dijo que la Constitución es muy clara en cuanto a libertad de conciencia y libertad de religión, por lo cual, esto no se trata del derecho que cada persona tiene a profesar una creencia o fe, sino que el punto a reflexionar es cómo y dónde es permitido hacerlo de acuerdo a la propia ley.

Añadió que, precisamente, tuvo que establecerse un derecho como el Estado laico para protegerse la posibilidad de profesar diversidad de creencias religiosas, puesto que anteriormente sólo se reconocía una.

La ciudadanía en ocasiones no percibe cómo le afecta en el reconocimiento de sus derechos pequeñas acciones como las de tipo simbólico; sin embargo, tienen un impacto que debe analizarse desde el punto de vista jurídico.

Historia

La división pueblo/clero se dio en la antigüedad medieval, cuando los ministros del culto eran también dirigentes del Estado. La modernidad trajo consigo la idea de que el Estado no debe ser confesional, sino laico.

Constitución

En el artículo 40 constitucional se establece que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

El perfil

Nombre: Elizabeth Ávila Carrancio.
Lugar: Culiacán, Sinaloa.
Profesión: Abogada.
Trayectoria: Pertenece a la Red Nacional Mujeres en Plural, coordinadora estatal de la Red Nacional de Defensoras de Derechos políticos, fundadora de la RedXLaIgualdad Sustantiva en Sinaloa y el Movimiento Proderechos, participó con FEMU Sinaloa y el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidios, con Redim (Red por la Niñez en México), es especialista en Derecho de Acceso a la Información y Transparencia, maestra en Educación, maestra en Nuevo Sistema Penal Acusatorio.

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