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México: Advierte CEDH no caer en la homofobia en Estado laico

El laicismo es la parte medular de que media la controversia entre las facultades del Estado y de la Iglesia en el tema de los matrimonios igualitarios, al diferenciar entre el acto civil como tal y el rito de las instituciones religiosas.

Para el titular de la Comisión de Derechos Humanos, José Luís Armendáriz es necesario precisar dos cuestiones en las que el laicismo se impone en las acciones del Estado como gobierno y la Iglesia como una organización de la misma sociedad.

De acuerdo al artículo 3ro Constitucional, en un estado “Laico” como tal significa que la enseñanza, el contexto cultural e ideológico tiene como base los avances de la ciencia, “no puede dar preferencia particular a ninguna ideología, política o religiosa, sino únicamente guiarse por el conocimiento”, mencionó.

El Laicismo media la neutralidad que debe ejercer el estado frente a posturas ideológicas de grupos ya que estaría generando un desequilibrio la sociedad entendida como un conglomerado plural de contextos, ideas, valores, que obliga que las instituciones públicas y gobernantes que representa un ente político o de poder público a generar una expresión de política neutra entre lo lícito o ilícito.

La Iglesia no escapa de estas limitantes pues protegidas por la Constitución en su libertad de asociación, culto, expresiones o manifestaciones dentro de la sociedad y que rigen exclusivamente a quienes pertenece en ese grupo como lo mismo con los partidos políticos, donde se es les garantiza la existencia “pero no pueden imponerse como un criterio del estado mexicano, sino cada una de ellas es libre con el respeto y es obligación del estado respetar estos grupos dentro de la sociedad”, mencionó.

Con respecto a los matrimonios igualitarios es precisar que la Suprema Corte de justicia de la Nación ya emitió una interpretación de la Constitución en los códigos civiles que prohíben esta unión entre personas del mismo sexo, “en un estado laico regulado en México un matrimonio es acto civil entre personas, igual del mismo sexo por consecuencia que se opongan y que sigan manteniendo la limitante van en contra de la Constitución”, dijo.

Aseguró José Luís Armendáriz que el Estado mexicano como un estado laico no puede imponer a las religiones a que adopten este criterio, sino que permite la libertad del acto del matrimonio como acto religioso dentro de su propio colectivo, “el estado mexicano no se impone y establece criterios al interior de la religiones, la iglesia no se puede imponer el criterio mientras la constitución lo establezca”, refirió.

Mencionó que las religiones tendrán la libertad de expresarse e inconformarse contra la interpretación de la ley, sin embargo lo que no es válido son los actos de violencia como la provocación a la homofobia contra la diversidad social y de tolerancia, “es válido expresar inconformidad, sumar adeptos, pero cuando se quiere imponer a través de la fuerza d integridad de la persona, debe ser una acción respetuosa y pacífica”, añadió.

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