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Más de 17.000 firmas para evitar que la Iglesia se apropie de la Mezquita de Córdoba

La Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba, integrada por ciudadanos y personalidades académicas y de la cultura, ha puesto en marcha una petición online para reclamar la intervención de la UNESCO y “evitar que el Obispado de Córdoba se apropie del monumento” para que “siga siendo de todos”. Si los ciudadanos no lo impiden, en 2016 la Mezquita de Córdoba pasará a ser propiedad eterna de la Iglesia católica. Como publicó andalucesdiario.es el pasado 3 de febrero, es posible todavía recuperar la titularidad pública.

La petición, que se está realizando a través de la plataforma Change.org cuenta ya con más de 17.000 firmas de apoyo. La plataforma cordobesa explica que “ante los continuados intentos de apropiación jurídica, económica y simbólica por el Obispado de Córdoba, desde la ciudadanía pedimos la intervención de las administraciones públicas y de la Unesco con el fin de preservar del peligro que corre su declaración como Patrimonio Mundial”.

La plataforma impulsora de la petición incluye cuatro reivindicaciones. En primer lugar, “que deje de emplearse sólo el término Catedral para referirse institucionalmente a todo el monumento”, ya que la Iglesia ha eliminado el apelativo Mezquita de los folletos informativos y su página web. En segundo lugar, “un reconocimiento jurídico de su titularidad pública”, puesto que “la Mezquita-Catedral de Córdoba es propiedad de la ciudadanía”. Asimismo, reclaman “una gestión pública y transparente de la Mezquita-Catedral” y “la redacción de un Código de Buenas Prácticas para evitar acciones que perjudiquen tanto a la imagen como al significado del monumento”.

LA PROPIEDAD, EN UNA FIRMA

En 2006, el Obispado de Córdoba privatizó la Mezquita al inscribirla a su nombre en el Registro de la Propiedad. Para ello, el Obispado se valió de dos artículos de la Ley Hipotecaria aprobada por Franco y que da entidad de administración pública a la Iglesia católica y de funcionario a los diocesanos. La sola firma del obispo ha sido suficiente para registrar a nombre de la Iglesia un bien público no registrado hasta la fecha.

A pesar de esta intención de apropiación, es posible revocar el título de propiedad en los diez primeros años desde la inmatriculación del bien. Para ello, una administración pública debe reclamar la titularidad del monumento y que se modifiquen dos artículos legislativos: el 206 de la Ley Hipotecaria y el 304 del Reglamento que desarrolla el texto normativo de 1947.

mezquita Córdoba catedral

El Cabildo de la Catedral elimina la palabra Mezquita de todas las señales en el interior de la Mezquita. // ENRIQUE GÓMEZ

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