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Los verdes denuncian ante la fiscalía la clausura de la exposición de Bayona

A LA FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Teniendo en cuenta los Siguientes ARGUMENTOS DE HECHO:
  1. El día 15-02-10, la Universidad de Granada emite un comunicado (se adjunta), a través de su Vicerrectorado de Extensión Universitaria, por el que anuncia:
“Ante la polémica suscitada por la exposición “Circus Christi” y, dado que no es posible garantizar la seguridad de la misma, el autor de la muestra, Fernando Bayona, y el vicerrector de Extensión Universitaria de la UGR, Miguel Gómez Oliver, han acordado clausurar la citada exposición.
De otro lado, la Universidad de Granada declara que no ha subvencionado, tal y como ya ha desmentido el propio autor, dicha exposición, ni a través de becas ni de ninguna otra forma.
La Universidad de Granada lamenta que, debido a las noticias aparecidas en algunos medios de comunicación, se hayan sentido heridos los sentimientos y las convicciones de un elevado número de personas.
La muestra, mientras ha permanecido abierta, sólo ha recibido la visita de 38 personas.
Miguel Gómez Oliver, Vicerrector de Extensión Universitaria de la Universidad de Granada.”
  1. La exposición iba a celebrarse entre los días 11 y 5 de marzo como así había sido anunciado en diversos medios y portales web como el que sigue: http://www.losclaveles.info/sevilla/index.php?option=com_content&task=view&id=1816&Itemid=250
Fernando Bayona González
CIRCUS CHRISTI
Inauguración: 11 de Febrero 2010, 20:00 h
Fechas: del 11 de Febrero al 5 de Marzo 2010
Lugar: Sala de exposiciones de la Corrala de Santiago
Dirección: C/ Santiago, nº 5, Granada
Organiza: Centro de Cultura Contemporánea y Universidad de Granada
Textos catálogo: Fernando Castro Flórez, Ricardo Anguita Cantero y Asunción Jódar Miñarro.
 
  1. La universidad de Granada posiblemente haya cambiado esta información en su web, con posterioridad al día en que decide la clausura, como puede verse en:
http://veucd.ugr.es/pages/AgendaCultural/*/ficha/circus-christi-de-fernando-bayona
  1. Diversos medios de comunicación publican que el artista y autor de la obra ha sido amenazado y que la universidad se ha sentido coaccionada por este motivo (se adjuntan algunos).
  2. Parece ser que el autor pone las amenazas recibidas en su mail en conocimiento de la policía según informan algunos medios.
 
Y en base a los siguientes ARGUMENTOS DE DERECHO:
  1. Constitución española, Artículo 20 por el que.

    1. Se reconocen y protegen los derechos:
a.      A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b.      A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c.       A la libertad de cátedra.
d.      A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
    1. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
  1. Código penal, Artículos 163 a 171 del TÍTULO VI, Capítulo II, DE LAS AMENAZAS
  2. Código penal, Artículo 172 del TÍTULO VI, Capítulo III, DE LAS COACCIONES
  3. Código penal, Artículo 538 del TÍTULO XXI, Capítulo V, DE LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, Sección 3, DE LOS DELITOS COMETIDOS POR LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL.
  4. Código penal, Artículo 450 del TÍTULO XX, Capítulo II, de la omisión de los deberes de impedir los delitos o de promover su persecución.
  5. Demás normas del ordenamiento jurídico.
SOLICITA:
  1. La apertura de una investigación que determine las posibles amenazas y coacciones al autor de la obra referida y sus responsabilidades.
  2. La apertura de una investigación que determine las posibles coacciones a la Universidad de Granada y sus posibles responsabilidades.
  3. Teniendo en cuenta que el artista y autor de la obra ha podido acordar con la Universidad de Granada el cierre de la exposición bajo amenazas posiblemente ciertas, la apertura de una investigación que determine la posible actividad Censora de la Universidad de Granada y sus posibles responsabilidades.
  4. La apertura de una investigación que determine la posibilidad de inculcar el deber de impedir delito o de promover su persecución por parte de la Universidad de Granada y sus posibles responsabilidades.
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