La acusación sobre los padres la había interpuesto el ministerio público. Los padres se habían negado a que su hijo, menor de edad, recibiese una transfusión sanguínea. Los médicos acudieron a la Justicia y un juez obligó a realizar la inyección de sangre. No llegaron a tiempo y el menor falleció.
Persuasión
La Audiencia Provincial de Huesca y el Tribunal Supremo establecieron una condena contra los padres, pero éstes recurrieron al Constitucional que les otorgó el amparo. El TC estableció los límites entre el derecho a la vida y a la libertad religiosa. En la sentencia que crea un precedente legal se asegura que el "menor no puede rechazar una terapia vital, pero los padres no tienen obligación de persuadirle''.
En Galicia los cirujanos de la comunidad se encuentran también con problemas a la hora de intervenir quirúrgicamente a las personas que profesan esta religión. A menudo se ofrecen a realizar la operación sin hacer transfusión sanguínea, pero siempre dejando claro que en caso de que surja alguna hemorragia o complicación se antepondrá el derecho a la vida a las exigencias del paciente. Algunos testigos de Jehová no aceptan estas condiciones y deciden no realizar la intervención quirúrgica. Legalmente y aunque corra peligro su vida no están obligados a aceptarlas.