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Los profesores de Religión pueden optar a cargos directivos en colegios

COMENTARIO: Es incomprensible que tan alto tribunal admita que personas que se incorporan a un centro sin los requisitos propios de un funcionario (igualdad, mérito y capacidad) contrastados por una oposición pública para desempañar su función, sino que se trata de personal elegido y designado por el obispo, puedan ejercer un cargo público de responsablidad y gobierno dentro de la estructura del Estado, además de tener una función adoctrinadora y catequética.


Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado que el profesorado de Religión podrá ostentar puestos directivos en su centro –Vicedirección, Secretaría y Jefatura de estudios–, así como ser jefe del Departamento de Religión y tutor de un grupo de alumnos, teniendo derecho a los oportunos descuentos lectivos, según ha informado en un comunicado el sindicato ANPE.

El sindicato ha valorado "muy positivamente" esta sentencia que reconoce una reivindicación histórica del profesorado de Religión, "sistemáticamente negada" por la Consejería de Educación. "Se trata, sin duda, del mayor logro a nivel colectivo en los últimos diez años y un paso definitivo para lograr la equiparación laboral al resto del profesorado de su nivel", han subrayado desde el sindicato.

Además, el pronunciamiento del Tribunal Supremo tiene un alcance estatal, ya que se beneficiarán todos los profesores y profesoras del estado, incluidos los maestros de Religión.

"Una vez más Canarias es el origen de avances importantes de los derechos laborales de un colectivo muy valorado en sus centros educativos, pero maltratado por las últimas reformas educativas", han subrayado desde ANPE.

Por último, han apuntado que tras conocer el dictamen del Tribunal, ANPE Canarias ha solicitado a la Consejería de Educación y al Ministerio de Educación, la adecuación inmediata de las normas afectadas para que el profesorado y los maestros de Religión puedan desempeñar a partir del curso 2011/12 las actividades docentes de gestión y de dirección que les sean encomendadas.


ANPE CONSIGUE QUE  EL TRIBUNAL SUPREMO DICTE  SENTENCIA FAVORABLE AL  PROFESORADO DE RELIGIÓN

Gracias al recurso presentado por ANPE, el Tribunal Supremo en una reciente sentencia, ha fallado a favor del profesorado de Religión para que éste pueda desempeñar tutorías y jefaturas de departamento, así como formar parte de los equipos directivos de los centros educativos, en determinada condiciones.

La citada sentencia establece ".el derecho que asiste a los profesores de Religión a asumir en los Centros docentes en los que prestan servicios, todas aquellas funciones que les pueden corresponder en cuanto miembros del claustro de profesores a todos los efectos; declarando asimismo, el derecho a desempeñar cargos unipersonales (secretaría, jefatura de estudios y vicedirección); a simultanear los cargos de Jefe de Departamento y tutor; a tener descuentos lectivos por otras dedicaciones docentes cuando se precisen en su centro de destino; todo ello con los efectos inherentes a tales desempeños."

Esta sentencia hace justicia al colectivo de profesores de Religión y viene a confirmar las reivindicaciones que en numerosas ocasiones ANPE ha  planteado a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Educación.

En numerosas ocasiones, ANPE ha instado a la Consejería y al Ministerio para que el profesorado de Religión no fuese discriminado del resto de  compañeros de claustro ya que como establece el art. III del Acuerdo de 3 de enero de 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede "Los Profesores de religión formarán parte, a todos los efectos, del Claustro de Profesores de los respectivos Centros". Por esta sentencia la Administración Educativa
competente está obligada a restituir a este profesorado todos los derechos que le asisten.

Conforme a esta sentencia, ANPE-Andalucía exigirá a la Consejería de Educación que anule la cláusula de los contratos del Profesorado de Religión, así como las Instrucciones de 27 de julio de 2007 de la Viceconsejería sobre contratación del personal que imparte Religión, que les impedía desempeñar los citados cargos, por ser contraria a Derecho y dicte las instrucciones oportunas para que el colectivo de Profesores de Religión pueda asumir las diferentes funciones en las condiciones que legalmente correspondan.

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