Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

Los fiscales cuestionan la ley que deja sin ayuda a la escuela segregada

El anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato impide que accedan a financiación pública los centros educativos con educación separada para niñas y niños. Ha sido uno de los puntos más novedosos de la ley y, también, uno de los más polémicos. En España hay 67 centros concertados que separan por sexo, según datos del Ministerio de Educación. El Consejo Fiscal recomienda ahora, en un informe no vinculante del pasado 21 de marzo, que "por una elemental seguridad jurídica" el legislador asocie estas graves consecuencias a "una específica y reforzada voluntad inequívoca de discriminar por parte de los titulares de los centros". Es decir, que no sería suficiente para dejar de financiar con dinero público a un colegio que sea solo para niñas, sino que tendría que existir también voluntad de discriminar.

El matiz, si se incorporara a la ley, supondría prácticamente vaciar de contenido ese artículo. Ahora ya es ilegal la segregación si el colegio tiene voluntad de discriminar. El texto del Gobierno iba un paso más allá al basar la imposibilidad del centro de recibir dinero público en un requisito meramente objetivo: la exclusión de un grupo determinado de personas. Si se exigiera la "voluntad inequívoca de discriminar" sería muy difícil prohibir los conciertos con este tipo de centros, ya que todos defienden su opción por razones de proyecto educativo.

En todo caso, el informe de los fiscales es contradictorio, ya que por otro lado reconocen que se trata de una "opción legislativa", recomiendan que la medida se amplíe a "otros ámbitos de la vida" y la reflexión la hacen en el análisis de la ley pero no la llevan a las conclusiones ni a las propuestas de modificación.

Se han pronunciado ya otros dos organismos sobre el texto legal: el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Económico y Social. Este último llamó la atención sobre la posible contradicción entre este artículo y la Ley Orgánica de Educación. Y el órgano de Gobierno de los jueces propuso que, para una mayor seguridad jurídica, se incluya dentro del artículo que la exclusión de grupos o personas suponga realmente una discriminación, pero sin exigir voluntad alguna. Solo falta ya el dictamen del Consejo de Estado, previsto para abril.

El Gobierno sigue defendiendo la idoneidad de la medida. El artículo se introdujo para reforzar "la importancia de la educación como factor de igualdad y no discriminación", señalan fuentes del Ministerio de Sanidad y Política Social: "Los centros que decidan separar por sexo pueden hacerlo, pero otra cosa es que los subvencione el mismo Estado que quiere promover la igualdad y que apoya la coeducación entre niños y niñas".

El Tribunal Supremo dijo en 2008 que, aunque estos centros son legales, las comunidades autónomas pueden negarles la subvención porque la admisión de alumnos es competencia de quien los financia. Cantabria ha sido la única comunidad autónoma que lo ha llevado a cabo. Andalucía lo intentó, pero el Tribunal Superior de Justicia tiene paralizada la orden de la Junta en este sentido.

Por otro lado, y sobre otra cuestión, el Consejo Fiscal propone al legislador que vaya más allá y reflexione sobre la posible modificación del Código Penal para complementar la ley. Recomienda que se incorporen nuevos delitos: la incitación a la discriminación y la difusión de mensajes discriminatorios. Los primeros borradores de la Ley de Igualdad de Trato incluían algunas modificaciones penales en la propia ley, pero fueron desechados más adelante.

Los tres organismos han recomendado que la ley precise más algunos aspectos -como la extensión de los conceptos de discriminación directa e indirecta o las competencias de la Alta Autoridad para la Igualdad de Trato y su posible colisión con las del Defensor del Pueblo- para que no se produzcan problemas en la aplicación de la norma.

Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share