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Los expertos destacan que la neutralidad del Estado y el proceso de laicidad sufre serios retrocesos

Marcha del cangrejo en laicidad o confesionalidad católica encubierta. La proclamación legislativa de la libertad religiosa cumple 20 años en España con más sombras que luces. Las religiones de notorio arraigo (protestantismo, islamismo y judaísmo) afirman que la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 no se ha desarrollado adecuadamente, y expertos en derecho eclesiástico creen que el proceso de laicidad iniciado hace dos décadas no sólo se ha parado, sino que está dando pasos hacia atrás.

Un millón de españoles practican una religión distinta a la católica. Financiación pública, enseñanza de la religión en las escuelas y atención de fieles en hospitales, cuarteles o cárceles son algunas de las discriminaciones denunciadas.

   Las confesiones minoritarias acusan al Estado de no ser neutral. “Me parece que en España opera una doble normativa sobre libertad religiosa, que impide la igualdad. No es solamente que debamos ir hacia una completa laicidad del Estado, sino que es necesario evitar una confesionalidad encubierta y conseguir un auténtico estatuto común de todas las confesiones”, dice Mariano Blázquez, secretario ejecutivo de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE).

   En España hay 350.000 protestantes, agrupados en 747 entidades con 1.900 congregaciones locales y 2.000 pastores o ministros de culto, de los que 100 son mujeres.

   El portavoz de la FEREDE, Pedro Tarquis, considera que el tratamiento constitucional de las creencias religiosas y su desarrollo en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa (LOLR) son “vanguardistas y ejemplares”. Pero cree que las normas que han desarrollado esa legislación, en vez de consolidar la igualdad, “han provocado una vuelta al pasado”, estableciendo en la práctica “un estatuto jurídico especial para la Iglesia católica, de modo que la LOLR le es de aplicación sólo en sus derechos”.

Las finanzas católicas
El Gobierno del PP garantiza desde este año a la Iglesia católica una dotación anual, vía impuestos, de 21.000 millones de pesetas para el sostenimiento de su burocracia diocesana (67 diócesis, el arzobispado castrense y unas 22.500 parroquias). Además, el Estado paga los salarios de 13.000 profesores de religión católica habilitados cada año por los obispos, más otros 3.700 millones anuales para el sostenimiento de la asistencia católica en la red pública hospitalaria (300 capellanes), cuarteles del ejército (500) y cárceles, además de para actuaciones de conservación del patrimonio eclesiástico. Las subvenciones del Estado a los centros docentes de la Iglesia superan ya los 171.000 millones. En definitiva, la Iglesia católica española, en particular la burocracia y clero diocesano, dependen casi al cien por cien de la contribución pública a través de un sistema denominado de asignación tributaria, según Antonio Gómez Movellán, consejero técnico de asuntos religiosos en el Ministerio de Justicia y autor del informe La Iglesia católica y otras religiones en la España de hoy.

   Esas cantidades de dinero, salidas de los presupuestos del Estado exclusivamente para las arcas de la Iglesia católica y sus organizaciones, hacen clamar a las otras religiones, marginadas de hecho, y sirven a los expertos para concluir que no existe “una neutralidad confesional del Estado”. El portavoz protestante lo expresa con mayor dureza. “En materia religiosa se está incumpliendo la Constitución de manera descarada”, dice.

   Tan críticos como los protestantes, los musulmanes españoles, unos 400.000 según la Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas (FEERI), también consideran que la LOLR fue “un paso muy importante para la consagración de un modelo de sociedad basado en la aconfesionalidad del Estado y en la cooperación de éste con las distintas confesiones”. Pero sienten que “esas expectativas se han visto defraudadas”. “Los acuerdos con las distintas confesiones, y en especial la islámica, no se han visto desarrollados prácticamente en ningún asunto”, asegura Luis José Fernández Ordóñez, portavoz de la FEERI.

   Aparte de otros aspectos de discriminación y conflicto, referidos al Estado, el portavoz musulmán coloca sobre la mesa el más escandaloso: el económico. “El desarrollo de los acuerdos requería una financiación, por parte del Estado, proporcional a la asignada a la Iglesia católica. Sin embargo, las demás confesiones no reciben cantidad alguna, lo cual supone ya de por sí un impedimento muy importante para desarrollar el acuerdo”.

    Otra señal del “muy claro desinterés del Gobierno en el desarrollo de la libertad religiosa”, según el musulmán Fernández Ordóñez, es la enseñanza de esas religiones en las escuelas, paralizada por detalles administrativos “fácilmente subsanables”, o la falta de convenios para la atención a sus fieles en hospitales, cuarteles o centros penitenciarios, sencillamente “congelados por el Gobierno”.

   Por último, las religiones no católicas de notorio arraigo señalan como síntoma de la no laicidad del Estado español, el comportamiento de los medios de comunicación de titularidad estatal, en los que son ignoradas “sin contemplaciones”, en tanto que la católica dispone de medios y programas propios como si fuera, en la realidad, una religión de Estado. Los musulmanes creen que ese proceder no sólo es discriminatorio desde el punto de vista religioso, sino que desperdicia “una oportunidad cultural de oro para aumentar el entendimiento de la sociedad”.

Mejor que Grecia, mucho peor que Francia
“Mejor que Grecia, pero mucho peor que Francia”. Ésa es la valoración sobre la libertad religiosa en España que hace el profesor de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad Complutense de Madrid, Dionisio Llamazares, director general de Asuntos Religiosos entre 1991 a 1993, en la etapa socialista. Su sucesor en el cargo con los Gobiernos del PP, Alberto de la Hera, cree que la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 “resulta uno de los capítulos más brillantes de la historia española de las libertades”.

   Pero De la Hera, después de escuchar a decenas de juristas o dirigentes religiosos, concluye que, en este vigésimo aniversario de la ley, se detectan “fallos y dificultades en algunos aspectos, en los que su aplicación, o la de sus normas de desarrollo, se ha mostrado muy dificultosa”.

   Llamazares acaba de fundar, junto a otros profesores de Derecho Eclesiástico, la Asociación Derecho, Laicidad y Libertades, de carácter científico, pero con la finalidad de ayudar a que “España termine secularizándose de verdad”. “Mientras el Estado no sea neutral, la libertad estará siempre amenazada”, dice, preocupado por la actual situación. Y antes de repasar el estado de la cuestión en cada uno de los países de la Unión Europea, Llamazares concluye que, en España, “la sociedad está más secularizada que el Estado y el derecho”. “Hay un claro movimiento hacia la laicidad en toda la UE porque ése va a ser, en definitiva, uno de sus puntos de convergencia”.

   Laico es la palabra. El nuevo líder del PSOE, José Luis Rodríguez Zapatero, dice que el partido debe ser “laico”; la Real Academia Española estudia la revisión de algunas de las definiciones del Diccionario de la Lengua para ajustarlas a la laicidad del Estado (por ejemplo, anuncia que suprimirá la expresión “religión del Estado” en la definición de la palabra “tolerancia de cultos”), y en muchos estados de la UE se impone la tendencia a separar de manera formal lo que está separado en la realidad.

   Acaba de ocurrir en Suecia, el pasado 1 de enero, y sucederá pronto en Dinamarca. Pero en España, el camino está siendo lento. El pluralismo religioso de España en la Edad Media, donde convivieron tres religiones en el más natural de los respetos, arrumbado después por los Reyes Católicos y su Inquisición al decidir que todos sus súbditos debían ser cristianos (el terrible principio cuius regio eius religio), se practica ya en la realidad social y en las costumbres, pero no desde el Estado y gran parte de los medios de comunicación. Un ejemplo: en España, decir Iglesia es entender que hablamos de la Iglesia católica.
Los pleitos contra Justicia por el registro

   La jurisprudencia ha sentado el principio de que ” la categoría de religión no puede depender de una concesión graciosa de los poderes públicos”. Para empezar, las religiones buscan estar en el registro oficial porque de ello se pueden derivar ventajas jurídicas o económicas; de otra parte, el Estado debe controlar que el acceso a ese registro es sólo para confesiones religiosas, pues sería ilícito que asociaciones de otro carácter se beneficiaran de esas ventajas.

   Los requisitos para la inscripción, en teoría, son iguales para todos: identificativos (denominación, domicilio social); demostrativos de la naturaleza religiosa de la entidad peticionaria (exposición de creencias, acreditación de actividades y actos de culto), y de carácter institucional (número de miembros, periodo de tiempo, organización, representantes legales).

El caso de El Palmar
Pero el conflicto puede surgir en las comprobaciones de la Administración y, en la peor de las hipótesis, cuando una autoridad no quiera facilitar, mediante obstáculos discrecionales, una inscripción. Un ejemplo de conflicto, resuelto finalmente por el Tribunal Supremo en contra del Ministerio de Justicia, es el de la Iglesia Cristiana Palmariana de los Carmelitas de la Santa Faz y la Orden Religiosa de los Carmelitas de la Santa Faz en Compañía de Jesús y María, ambas de El Palmar de Troya, en el municipio sevillano de Utrera.

   Después de un pleito que duró cinco años, el Supremo dio la razón a los palmarianos y reprocha el intervencionismo de la Administración. “La función del Estado en la materia [de registro] es de simple reconocimiento formal a través de una inscripción que, en cuanto constitutiva de la personalidad jurídica, sólo produce efectos jurídicos desde la fecha, pero sin que pueda, en modo alguno, ir más lejos de la constatación de los aspectos formales encaminados a garantizar su individualización”, dice la sentencia de 2 de noviembre de 1987.

   Por cierto que la Iglesia católica tiene el privilegio exclusivo de no ser inscrita en este Registro de Entidades Religiosas, ni como tal ni sus circunscripciones territoriales, una discriminación que provoca la severa queja de las demás religiones.

   Ante este estado de cosas, algunos escépticos nos preguntamos ¿y para cuando las ayudas del estado a las organizaciones ateas y verdaderamente laizantes?

Resulta absolutamente desalentador comprobar como diversos grupos sectarios, tan variopintos como el del palmar de Troya, el de los Testigos de Jehová o el de la misma ICAR, se benefician del dinero de los contribuyentes, bajo una legislación que les otorga el reconocimiento jurídico necesario para seguir desarrollando una labor indiscutiblemente destructiva de todo aquello que suene a racionalidad y avance intelectual.

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