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Las tres acusadas por participar en la procesión del ‘coño insumiso’ niegan intención de ofender

La acusación popular ve en la procesión “un episodio más de la persecución que sufre la religión católica”

La fiscal recordó que es necesario ponderar si se “sobrepasa finamente” el derecho a la libertad de expresión y se dañan los sentimientos religiosos

Las tres mujeres acusadas de un delito contra los sentimientos religiosos por participar el 1 de mayo de 2014 en la procesión del “Sagrado Coño Insumiso”, una vulva de plástico sobre andas, han negado ante el tribunal que tuvieran intención de ofender a los católicos. La causa, que fue archivada en 2016, volvió a ser abierta por la Asociación de Abogados Cristianos, con sede en Valladolid, que les imputa además, un delito de odio y otro contra la libertad religiosa a cada una.

El juicio ha quedado visto para sentencia tras las declaraciones de las tres acusadas, la representante de la Asociación de Abogados Cristianos que presentó la denuncia y una de las policías que participaron en la investigación para localizar a las tres mujeres.

Rocía B.M., Antonia Á. T.  y Olga L. C., que decidieron no responder ante la acusación popular, han afirmado a preguntas de la fiscal que la procesión con la vulva de plástico sobre andas “era una performance dentro de la manifestación del primero de mayo”. Con ella querían “denunciar la precariedad laboral femenina”. Además los gritos de La Virgen María también abortaría que una de las acusadas ha reconocido que emitió, “esán dentro de un contexto, era 2014, en el que el ministro Gallardón estaba preparando un proyecto de ley que limitaba los supuestos de aborto“.

Concentración en apoyo a las acusadas por la procesión del ‘coño insumiso’

Sobre la parada realizada en el Arco de la Macarena, al lado de la basílica, las tres coincidieron en afirmar que no hubo ningún enfrentamiento con las personas que salían del templo y que “el camino natural desde la plaza del Pumarejo hasta el Parlamento, pasa por el Arco”. Del mismo modo, las acusadas negaron haber participado en la lectura de un Credo y un Avemaría modificado por con referencias a la sexualidad femenina.

En cuanto a la representante legal de la Asociación de Abogados Cristianos, la persona que presentó la denuncia, declaró que no estuvo presente en los hechos y que los conoce por los videos que las manifestantes publicaron en las redes sociales y “por lo que me contó una prima que estaba allí”. A preguntas de la abogada de Antonia Á. sobre si consideraba que las procesiones era un hecho exclusivamente cristiano, tras explicar que las procesiones son las hermandades argumentó que las “hermandades pertenecen a España entera”.

Por otro lado, la denunciante reconoció a Polonia Castellanos, que ejerce la acusación popular tras leer el credo y el avemaría modificado -lo hizo al menos dos veces durante el juicio- que al escuchar estos textos “me duele el estómago y me hace sufrir como si le hicieran daño a mi madre“.

Por otro lado, la inspectora de policía que recibió el encargo en septiembre de 2015 de identificar a las manifestantes explicó que había realizado la búsqueda a través de las redes sociales utilizando tres vídeos que habían subido las propias manifestantes. Sobre la espontaneidad del acto, afirmó que entendía que no era algo espontáneo, puesto que llevaban disfraz, Asimismo la inspectora señaló que ninguna de las tres acusadas aparece en los videos leyendo el credo modificado,aunque una de ellas sí gritó: “la Virgen María, sí abortaría”.

Una causa llamativa

La fiscal señaló que este caso está en el límite entre la libertad de expresión y la libertad de religión y recordó que “se puede ser grosero dentro de la libertad de expresión”. La representante del ministerio público tuvo un pequeño tirón de orejas para las partes cuando advirtió que la causa “se podría haber resuelto de una manera menos llamativa”.

Por su parte, Polonia Castellanos, de la asociación de Abogados Cristianos, recordó durante sus conclusiones finales que “si el acto hubiera sido contra la religión musulmana nadie dudaría de la gravedad de los hechos, pero contra los católicos todo vale“. Para la letrada, la intención “es clara y pretenden el escarnio. Claro que ofendió a personas, hubo una campaña donde se recogieron 29.000 firmas de personas molestas con la procesión”. Para la letrada, el delito de odio es claro. “No se han disculpado y nos acosan igual que hicieron con la juez de instrucción. Es un delito de libro”.

Las letradas de la defensa recordaron “a la asociación de abogados cristianos, que vienen de Valladolid, que Sevilla es una ciudad donde lo divino y lo pagano convive de forma pacífica desde hace siglos”. En concreto, Pastora Filigrana, que representa a Antonia Á., recordó que hay dos sentencias del Supremo referidas a usos de imágenes sagradas, en concreto las referidas a la Esperanza de Triana y otra a un Cristo al que habían puesto la cabeza de un animal. “En ambos casos un juez absolvió al acusado. Y esto lo considero ofensivo. A mi, por lo menos, me ofende”, explicó. “Para que sea delito, debe de haber escarnio, burla con ánimo de ofender”,

Antes de empezar la sesión, el juez David Candilejo advirtió al público que el juicio era un acto muy serio y no se podía aplaudir ni mostrar apoyo dentro de la sala. Cuando llegaron las acusadas a las instalaciones del edificio Noga, fueron recibidas con aplausos y en la calle se produjeron varios enfrentamietnos entre los partidarios de la Asociación de Abogados Cristianos, que estaban acmpañados por los concejales de Vox en Sevilla, y las manifestantes de diferentes colectivos feministas. El magistrado terminó la sesión agradeciendo el respeto mostrado por el público durante la vista oral.

Rocío B.M., Antonia Á.T, y Olga L.C., se enfrentan a una petición de multa de 3.000 euros por parte de la Fiscalía por un presunto delito contra los sentimientos religiosos.  Abogados Cristianos considera que las tres encausadas cometieron un presunto delito de odio y  contra los sentimientos religiosos, en las que concurren los agravantes de alevosía y odio ideológico, por el que pide para cada una de ellas la condena de un año de cárcel y una multa de 3.600 euros. Las defensas de las tres mujeres solicitan la libre absolución al considerar que no existe intención de ofender los sentimientos religiosos de nadie.

En su derecho a la última palabra, Antonia Á. T. aseguró que, “con miedo, seguiremos saliendo a la calle para luchar por una sociedad más democrática”. Rocío B. M., que durante su declaración comentó que estaba bautizada, había hecho la Primera Comunión y estaba confirmada, explicó que precisamente “porque conozco la fe católica y se donde vivo, no se me ocurriría faltar el respeto a mis vecinos”.

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