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Las recomendaciones del Comité de Ética nunca son vinculantes

Se trata de un órgano multidisciplinar que se limita a asesorar

¿Para qué sirve un Comité de Bioética? ¿Son obligatorios en todos los hospitales?¿Son sus decisiones de obligado cumplimiento? Antonio Lago y Estela Ordóñez,los padres de Andrea, la niña de 12 años ingresada en el Complejo Hospitalario Universitario de Santiago (CHUS) para la que que piden “una muerte digna” se mostraban ayer “indignados” al término de una reunión con el equipo de Pediatría del centro, ya que aseguran que cuentan con un informe favorable, pero no atendido, del Comité de Ética del hospital.

Sin embargo, según han explicado varios expertos a este periódico, estos comités solamente se limitan a asesorar, pero sus informes nunca son de obligado cumplimiento.

Mientras que los Comités de Investigación Clínica (CEIC) sí que son obligatoriosen todos los centros, los Comités de Ética Asistencial no lo son. Se trata de un tema que ha sido regulado por las Comunidades Autónomas, y algunas los han hecho obligatorias en cada hospital, y otras, voluntarios. Normalmente, que existan o no depende un poco del tamaño del hospital “y de la complejidad de las prestaciones que éste ofrezca”, explica a EL MUNDO Carlos María Romeo, miembro del Comité de Bioética de España.

Suelen ser casos complicados

Los casos que tratan estos grupos son, como el de Andrea, normalmente, complicados. “Los casos fáciles no llegan a los comités”, apunta Koldo Martínez, presidente de la Asociación de Bioética Fundamental y Clínica. Suelen ser “problemas de pacientes en situación de coma o con cuidados paliativos”, o casos en los que “el profesional ve la situación complicada desde el punto de vista ético y legal, y quiere saber más sobre cómo hacer frente al caso”, explica Romeo. También, apunta Federico Montalvo, miembro del Comité de Ética del Hospital Universitario 12 de Octubre y del Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, se acude a estos comités “cuando existen dudas entre dos servicios sobre el manejo del paciente, por ejemplo, si Cirugía considera que hay que operar pero en Pediatría opinan que no es adecuado”.

Una vez que se acude a ellos, normalmente a petición del médico (también las familias pueden solicitar sus servicios, pero esto no es frecuente, ya que muchas veces ni siquiera conocen su existencia), este grupo de trabajo formado por médicos, juristas, especialistas en bioética y personas ajenas a las profesiones sanitarias estudiarán el caso y emitirán una recomendación. “Hacen un trabajo muy serio”, dice Martínez.

La responsabilidad legal es del médico

Una vez hayan dado su opinión, el facultativo la recogerá, pero en ningún caso estará obligado a cumplirla. “Si el médico no está satisfecho con la respuesta o le parece de dudosa legalidad la recomendación que se ha hecho, no tiene por qué acatarla, ya que, al fin y al cabo, es el médico el que va a actuar, y por tanto, la responsabilidad legal última sería suya, no del Comité, que sólo recomienda”, cuenta Romeo. Este experto apunta que, aunque, según parece, en el caso de Andrea, los médicos no han seguido lo recomendado por el Comité, “afortunadamente, en la mayoría de los casos es un asesoramiento muy útil“.

Por su parte, Martínez opina que “si un Comité ha dado el visto bueno a algo, o no se opone, es fuerte que los profesionales sigan actuando en contra de la recomendación”. Al fin y al cabo, apunta, “que el comité no vea rechazable una posición te da una tranquilidad importante”.

Montalvo, quien opina que en casos como el de esta niña gallega, y en otros parecidos, el asunto “no es un problema de legalidad o ilegalidad, porque los matices son muchísimos y los casos muy complicados”, apunta que “siempre se busca evitar el ensañamiento terapéutico“, esto es, la aplicación de un tratamiento a sabiendas de que no va a aportar nada o que puede, incluso, aportar sufrimiento. Según supimos ayer, el departamento de pediatría del CHUS se ha comprometido “a la limitación del esfuerzo terapéutico”.

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