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Laicidad y milicia. Un reto pendiente para la Democracia española en el siglo XXI

El artículo 16.3 de la Constitución de 1978, define al Estado Español como aconfesional, no reconociendo carácter estatal en ninguna religión, extendiendo a sus Fuerzas Armadas la observancia de este principio a través de la Reales Ordenanzas (Art. 177, 417 y otros), así como otras disposiciones que las desarrollan.

El riesgo que para su vida implica la función del militar, en determinados momentos de su vida, unido a la simbiosis de intereses comunes entre el poder político-militar y la Iglesia, determinó la presencia de los capellanes en el campo de batalla, extendiéndola desde los primeros tiempos del catolicismo en España, al resto de las manifestaciones de la vida militar como parte integrante de su propia configuración, especialmente reglada a partir del reinado de Carlos III.

Desde entonces y hasta 1931, ha existido una jurisdicción castrense religiosa dentro de los Ejércitos, hasta que con la instauración de la II República, fueron limitadas sus funciones, siendo suprimidas totalmente en junio de 1932. Al producirse la sublevación militar fascista de 1936, el ejército de Franco, introdujo de nuevo a los capellanes en sus unidades, con renovada caracterización militar (vestidos de  uniforme, y algunos con pistola al cinto). Finalizada la contienda, el nuevo régimen restableció en 1940 el Cuerpo Eclesiástico del Ejército, en plenitud de sus funciones tradicionales. Tras el convenio con la Santa Sede (agosto de 1950), se formaliza la jurisdicción castrense, hasta que en enero de 1979, se firma un nuevo acuerdo con el Vaticano que sigue actualmente vigente, sobre asistencia religiosa en las FAS y se crea el Arzobispado Castrense, fijando su sede en la iglesia Catedral Castrense de San Agustín, en Madrid.

Durante los cuarenta años de franquismo, la Iglesia impuso en FAS su integrismo religioso, al que no escapan ni los propios mandos, y menos aún los cientos de miles de soldados, obligados durante  la guerra y durante las cuatro décadas de dictadura, a la práctica de rituales religiosos, persiguiendo cruelmente a los que no se sometían a aquellas prácticas inquisitoriales (protestantes, testigos de Jehová, ateos, agnósticos…). La Cruz y la Espada,  como lema y blasón de las cruzadas medievales, formaron parte de la iconografía militar y castrense, refundiendo ambos símbolos en una sola interpretación. Como decía el catecismo falangista, quisieron hacer de cada español un hombre “mitad monje, mitad soldado”. Y no será por falta de celo, ni de recursos, por lo que no lo consiguieron.

La llegada de la Democracia fue percibida como un punto de inflexión, por quiénes confiábamos  esperanzados fuese el final de la hegemonía del nacional-catolicismo en la vida militar. Efectivamente, hubieron algunos cambios significativos: la asistencia a misa ya no era obligatoria, ni tampoco la declaración de las creencias, y es verdad que los militares podían casarse sin tener que pasar por la vicaría… y poco más.

Nada permite afirmar, que la observancia de la separación de espacios entre lo institucional y lo religioso, sirva a la coherencia del mandato constitucional, por cuanto la impronta desmesurada de la Religión Católica es un hecho incuestionable, no solo en las relaciones entre las instituciones públicas y las eclesiásticas, si no que se funden de forma tangible e intangible, en infinidad de expresiones sociales, administrativas y ceremoniales en toda España.

Ni las Ordenanzas de 1978, ni la Ley Orgánica 7/1980, de libertad religiosa,  ni las posteriores RR.OO. de 2009, han introducido grandes cambios en la estructura castrense en las FAS. Sigue en vigor el Reglamento del Cuerpo Eclesiástico, estableciendo la homologación de los rangos de los Capellanes y Vicarios con los de Oficial y Jefe, se faculta se uso discrecional del uniforme militar y  la ostentación de pasadores, medallas y en su caso, fajines. Por cierto, en las solemnidades, cuando los Jefes y Oficiales portan sable, el Arzobispo puede lucir su bastón de mando. A todo lo anterior, añadiremos el uso y disfrute de viviendas y residencias logísticas y de vacaciones y el derecho a ser saludados militarmente por sus inferiores, cuando vistan de uniforme.

En las FAS hay actualmente  setenta y cuatro Capellanes, dos Vicarios Episcopales y un Arzobispo castrense. El coste de este servicio, solo en lo referente a sueldos, fue el año pasado de más de 470.000 euros, no existiendo prácticamente una instalación militare de cierta relevancia que no tenga una capilla; algunas, de dimensiones y porte sobredimensionadas para el uso al que se les destina, y consecuente con ello, un presupuesto anual de mantenimiento y uso.

A pesar de que sociológicamente la pluralidad preside el mundo de las creencias entre el personal militar, basta repasar la vida cuotidiana en las unidades militares durante un tiempo, para darse cuenta de que el aura de la Espada y la Cruz, sigue presente como hace en los mejores años del franquismo. Sin pretender ser exhaustivos y al margen de las prebendas citadas, repasaremos muy brevemente algunos hechos y circunstancias que lo avalan:

  • El Rey, Jefe supremo de las FAS, es presidente de varias cofradías de Semana Santa, y representa al Estado en la Ofrenda Nacional al Apóstol Santiago, a la Virgen del Pilar, los funerales de Estado y otros solemnes actos de la máxima relevancia institucional.
  • Presencia de imágenes y cuadros religiosos, en el interior de dependencias militares no eclesiásticas.
  • La fórmula católica del acto del juramento de fidelidad a la Bandera, en la que el capellán militar pronunciará la siguiente invocación: “¿Juráis por Dios y por vuestro honor…”  La respuesta de los soldados o alumnos será: “Si, lo juramos”, respondiendo el capellán: “Ruego a Dios os ayude a cumplir lo que habéis jurado y prometido”.

CONDECORACIONES.- Para reconocer los méritos contraídos a título individual o colectivo más allá del estricto cumplimiento del deber, el Reglamento de Recompensas Militares vigente, recoge la existencia de condecoraciones de inequívoco origen religioso, cuya nomenclatura o diseño no deja lugar a dudas sobre el mismo: como la Cruz Laureada de San Fernando, o las diferentes categorías de “cruces” al mérito existentes.

PATRONES DE ARMAS Y CUERPOS.- En cada una de las grandes unidades de las FAS,  convive personal militar que comparte con sus compañeros de otras Armas y Especialidades, celebraciones de carácter religioso, acompañados de las correspondientes misas, eventos deportivos, y otras actividades deportivas y lúdicas, que sustraen al servicio tiempo y recursos humanos y materiales de todo tipo, por tratarse en la mayoría de los casos de jornadas festivas, autorizadas oficial o extraoficialmente.

El Vicario General con algunos de sus Capellanes Castrense​
El Vicario General con algunos de sus Capellanes Castrense​

La ubicuidad de la presencia del catolicismo oficializado en las FAS, afecta a todo el sustrato militar, habiéndose creado, a fuerza de siglos de monopolio católico castrense, una estructura escénica y organizativa, presentada habitualmente como parte indisoluble de la esencia espiritual e histórica de los Ejércitos españoles. Habríamos de considerar, sin embargo, que nunca fue la tradición fuente inequívoca del Derecho, porque extrapolando esta circunstancia, podríamos reivindicar la permanencia de la Inquisición, tan ligada a la Historia de España durante siglos, siendo precisamente su abolición, un signo de progreso y de respeto a la libertad de conciencia, como lo esmel hecho de que en Suecia (una nación frecuentemente presentada como paradigma de la democracia), es fiesta nacional la fecha de la separación oficial entre la Iglesia y el Estado, mientras en nuestro país continuamos instalados en un oligopolio religioso uniformado, de cuyas manifestaciones externas queremos dejar aquí alguna constancia:

  • Menciones expresas a Dios en todos los himnos de las FAS y de la Guardia Civil.
  • Misas (a veces diarias) en bases y acuartelamientos, con detraimiento de atención al servicio de los militares asistentes.
  • Peregrinaciones anuales subvencionadas a lugares santos, como Lourdes (52.000€ en 2014)
  • Jornadas religiosas con alumnos de Academias Militares en viajes organizados.
  • Profusa participación de fuerzas militares con armas y sin ellas, en procesiones y actos litúrgicos, siendo de destacar actuaciones como la del Cristo de la Buena Muerte en Málaga (La Legión) y las escoltas y desfiles de Semana Santa con participación y protagonismo propio de casi todas las unidades militares de las FAS.
  • Rituales e invocaciones eminentemente religiosas en los actos de homenaje a los Caídos.
  • Interpretación del Himno Nacional y exhibición de la Bandera Nacional en ceremonias estrictamente religiosas con presencia militar.
Acto de Jura de Bandera en la Guardia Real en El Pardo. En primer término el Comandante VIcario Castrense
Acto de Jura de Bandera en la Guardia Real en El Pardo.
En primer término el Comandante VIcario Castrense

CONSIDERACIÓN FINAL

Tras este rápido repaso a la huella católica, omnipresente en el terreno físico y espiritual, ético y moral entre el personal de las FAS, así como en la relación entre los Ejército y la sociedad civil española, debemos plantear a los responsables de los partidos políticos, especialmente a los emergentes, que proponen políticas de cambio sustancial, en el modelo de poder político, social y económico del Estado, que incorporen a sus programas electorales la anulación del Concordato y Acuerdos entre el Estado y el  Vaticano, de 1953 a 1979, así como todas las leyes y normativas relacionadas, dejando fuera del ámbito militar todo cuanto tenga que ver con la práctica religiosa de los militares, no permitiendo la presencia militar -bajo ninguna de sus forma- en actos de significación religiosa, finalizando por coherencia democrática, siglos de sectarismo religioso institucional a favor de la Iglesia Católica. Las FAS podrán mantener relaciones de mutuo interés de tipo cultural o de asistencia a sus miembros, mediante convenios temporales con todas las confesiones y en igualdad de condiciones, fuera de los recintos militares, pero siempre a título particular y por deseo expreso del personal militar afectado

La Religión, cualquier religión, debe incumbir exclusivamente al ámbito privado de los militares españoles, y la institución militar deberá mantener la necesaria neutralidad e independencia, con las diferentes confesiones españolas.

Floren Dimas. Oficial del Ejército del Aire (R). Miembro del Colectivo ANEMOI. Delegado de AGE en la Región de Murcia

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