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Laicidad y confesionalidad en la educación

Texto de una ponencia en un Encuentro en Antequera con responsables de USTEA

He dividido el tema en tres bloques. Un primer apartado sobre el Laicismo, o sea, unas ideas y reflexiones sobre el concepto de laicidad y laicismo; otro sobre la situación actual que tenemos en España, tanto a nivel general como a nivel concreto con la implantación de la LOCE; y un último apartado sobre la laicidad en el aula, ya que pienso que el tema del laicismo en la educación no es sólo una cuestión del sistema escolar, sino también de la práctica escolar. Finalizo con una propuestas de acción que deben acompañar a todo análisis.

La primera reflexión que como introducción quiero hacer, es que el tema de la laicidad en la educación, lo mismo que otros temas, esta mañana se hablaba  de la segregación o la competencia, no sólo afectan a la educación, sino que son un reflejo de la situación social y que, por consiguiente, la primera consecuencias es la necesidad de trabajar, no sólo en el sistema escolar, o en los aspectos educativos, sino que para poder avanzar en su solución, hay que trabajar globalmente en el ámbito social. Estas condiciones sociales también se traducen en la escuela en determinadas situaciones que afectan a su organización y al funcionamiento didáctico y pedagógico. Cuando se hablaba de la problemática social que existe en Fuentevaqueros, recuerdo cuando yo estuve allí en el año 1971 y tenía una clase de veinte críos, eran todos gitanillos, porque resulta que en aquel tiempo la escuela funcionaba segregando totalmente, yo llegué el último y me situaron con el grupo de todos aquellos alumnos que ya se pensaba que iban a ir con mayor retraso; todavía tengo en mis archivos los textos libres que hacían sobre sus matanzas, sus trabajos en el campo, sobre sus idas y venidas por ferias. La necesidad de la intervención social y no sólo escolar me parece importante. Y por ello, las ideas y  reflexiones que voy a exponer aquí aunque en muchos casos pueden ser certezas con convicción más clara y otras veces ideas que apunto y que puedo no tener tan claras. Pero esa es una de las que después de los más de treinta años que llevo de maestro creo que mantiene su plena vigencia. Por ello planteo que la lucha no sea solamente a nivel escolar, sino que también tiene que manifestarse en otros ámbitos, y no solamente me refiero al sindical-profesional nuestro, sino al conjunto de los trabajadores y al conjunto de la política.

 CONCEPTO DE LAICIDAD

La Ilustración fue aportando a la sociedad un cambio que se inicia en el Renacimiento y que permite ir liberando a los seres humanos de los condicionamientos impuestos por las doctrinas religiosas. La nueva era abre horizontes a lo humano: la razón, la ciencia, la educación, el libre pensamiento, los derechos del ciudadano,… nos va desligando de las dependencias sagradas y rompe con las sacralidades religiosas. Pero hay que decir que esta lucha ni ha sido una mera cuestión intelectual, ni ha sido fácil, por el contrario, tiene una profunda y larga historia formando parte de todo el proceso de emancipación, desde la Revolución Francesa o al Comuna de París a las Revoluciones del XIX o la República Española.

   El laicismo toma su fundamento filosófico desde el momento en que la libertad de conciencia es reconocida como un derecho básico, ligado a la propia dignidad del ser humano, y en consecuencia, ni se puede forzar la conciencia personal para que asuma determinadas ideas o creencias, que sólo corresponden al ámbito de la propia conciencia; ni los asuntos públicos pueden estar organizados en función de estas creencias de la conciencia individual. La organización de la res pública debe hacerse desde lo común a todos. Se vincula así el ideal laico a lo universal del ser humano, pero esto no es renuncia a la diversidad o las señas de identidad, sino una invitación a inscribirlas en un marco que permita la coexistencia de las distintas creencias. Esta perspectiva referida a lo común del ser humano, no puede limitarse a un inventario de derechos, sino a la exigencia de las condiciones para que estos sean efectivamente ejercidos por todas las personas. Se inscribe aquí el laicismo en la lucha por la emancipación social, política, económica o intelectual  y por la igualdad real de todos los seres humanos.

En este sentido el laicismo apuesta por una ruptura con todas las sacralidades, sean religiosas o de otro tipo como las que representan los absolutos sociales actuales (Nación, Dinero, Progreso, Mercado,…) que actualmente condicionan y limitan la conciencia personal y organizan la vida pública como grandes valores absolutos, como muy bien defiende Isidoro Moreno. La laicidad se enmarca en esa concepción de emancipación a todos los niveles.

La laicidad no es un concepto negativo, que es lo que normalmente y en muchas ocasiones se quiere dar a entender, incluso en la propia LOCE y en los decretos que la desarrollan, se trata de dar una concepción, digamos, de concepto negativo del laicismo, como antirreligioso, como anticlerical, y entonces asocia, en los contenidos de los decretos, con el ateísmo, anticlericalismo, dictaduras, totalitarismos, holocausto, catástrofes morales,.. siempre como un concepto negativo. El laicismo es una reafirmación de lo humano, de la razón, del pensamiento crítico y libre, y en modo alguno es un “anti”.

El laicismo, no defiende una concepción determinada del mundo o del hombre. No es una doctrina (puede serlo el ateísmo; el ateísmo sí es una opción ideológica; incluso el agnosticismo; es decir, hay concepciones filosóficas que tienen un bagaje de ideas, de planteamientos). El laicismo es una fórmula jurídica y social de convivir el pluralismo en igualdad, con un máximo de libertad individual y con respeto a las diferencias personales, creencias, culturas, etc.

La laicidad tampoco se opone a la religión como tal sino a su régimen de derecho en la esfera pública. Uno puede ser laicista y poder ser creyente de una religión. No es mi caso, pero puede haberlo, la verdad es que no suelen ser muchos los laicistas que tienen también unos planteamientos religiosos; pero es curioso que en aquellos países en donde el Catolicismo es una minoría, los católicos de ese país suelen apoyar los movimientos laicistas de ese país, y allí donde el Catolicismo es la mayoría, la Iglesia Católica proscribe, denuncia y anatematiza lo que es el laicismo, ¿Por qué? Porque, como el laicismo propugna ese poder convivir, allá donde ellos se encuentran en una situación de minoría y, por tanto, piensan que se menoscaban sus derechos a poder divulgar sus creencias  y sus ideas, apoyan a quienes defienden que todos podamos compartir, todos podamos defender nuestros propios planteamientos.

Lo que el laicismo tiene muy claro es que las religiones no puede tener un derecho, como ahora mismo tiene en al esfera de lo público. Actualmente hay una disciplina universitaria “Derecho canónico del Estado”. Somos las personas los titulares del derecho al librepensamiento o la creencia. Defiende la independencia de la ciudadanía y especialmente del Estado, de la estructura jurídica de organización social que tenemos, de toda injerencia eclesiástica o religiosa que la condicione

La laicidad separa lo político de lo pertenencial, no con hostilidad hacia ese concepto de pertenencia que podamos tener hacia unas ideas, hacia unas identidades, etc., sino como una precaución ante la posibilidad de confundir lo emocional con lo cívico, con lo jurídico, con lo que nos define en nuestras relaciones sociales. Por tanto, abolición de todo tutelaje de la conciencia humana y separación del poder temporal y la religión.

Laicidad es igual a ciudadanía. La concepción laica no decide sobre las cuestiones metafísicas o religiosas que dividen parcialmente a los seres humanos, sino que quiere actuar de suerte tal que la distinción entendida como pluralismo legítimo no sea causa de división o enfrentamiento. Esta concepción lleva a ligar la laicidad con el sentido de la justicia y la solidaridad de lo humano en su afán por liberarse de toda opresión. Es, por tanto, una emancipación de la persona basada en el vínculo social de la igualdad de derechos para todos al margen de mayorías y minorías.

La laicidad no es una cuestión que dependa de las mayorías, es un derecho, es decir, no se trata de que podamos votar o no votar o de que haya una mayoría electoral que apoye o no la cuestión del laicismo. Y esto es importante de cara al desarrollo legislativo, sea la  LOCE y de sus decretos, sea cualquier otra norma. Aquí no se trata de que haya una mayoría, que es la del PP hoy, pero que si posiblemente fuera del PSOE también nos encontraríamos en situaciones muy similares, ahí tenemos la existencia actual de la educación religiosa dentro de las escuelas y su alternativa. No se trata de que haya una mayoría electoral que esté con una concepción y, por tanto, se encuentre legitimada a imponer a los demás estos planteamientos, que es lo que ha ocurrido con la LOCE. Se trata de que en la ciudad, en la república, es decir, en el concepto social del conjunto del pueblo y de la sociedad, la única manera que tenemos de poder convivir es precisamente haciendo una ciudad que no pueda ser una sino siendo de todos. Y en el momento en que esta ciudad, esta república, se apropie en la esfera pública de una creencia, entonces vamos generando una división social, una fractura que nos lleva a la desigualdad frente a quienes creen o piensan de otra manera, eliminando el derecho a la igualdad, base fundamental de la concepción del laicismo.

Por último, la laicidad ni tiene grados, ni la laicidad es el multiconfesionalismo. Digo esto porque también hay determinadas posturas y determinadas tendencias que hablan de un laicismo que admite la existencia de religión en los centros escolares con determinadas condiciones o la permanencia de los profesores de religión en centros públicos o la actual ley de libertad religiosa, que establecen un planteamiento de que “el que no sea católico, que dé religión musulmana o que dé religión judía o que dé religión evangélica”. No se trata de eso, el tema del debate de la religión en la escuela y de la laicidad no es que “su hijo pueda dar religión católica y el otro pueda dar la judía y el otro pueda dar la evangélica”. Es que se trata de que no se puede discriminar por razón de las creencias, no se puede discriminar a las personas, no se pueden general esos guetos, sino que hay que generar una condición de lo común y, entonces, lo que no es común hágase después en su particular esfera de lo privado, de lo personal, de lo individual. Es decir, a nadie se impide que la enseñanza religiosa se dé en las parroquias, en las mezquitas, en las sinagogas, a nadie se le impide su derecho a que él pueda tener una formación religiosa, pero que la tenga allí, donde corresponde, no en el ámbito del colegio, que es un ámbito de lo público. Porque, además, entre otras razones, ni siquiera acoge a todas las opciones de pensamiento (agnósticos, ateos,…), con lo que este pretendido multiconfesionalismo versus laicidad es falso. Incluso la propia Constitución establece el derecho no solamente a la libertad religiosa, sino a la libertad también ideológica, a la libertad de conciencia, y hay otras tendencias ideológicas, otras creencias, que no son estrictamente religiosas, no son el Cristianismo, el Catolicismo, el Evangelismo o cualquier otra doctrina de esas, sino que hay otras doctrinas, otras creencias, que no entran, sin embargo, después en esas opciones que se ofertan.

LA LAICIDAD EN EL SISTEMA POLÍTICO Y ESCOLAR

El artículo 16 de la Constitución Española establece que se garantiza la libertad ideológica (repito, la libertad ideológica, no solo libertad religiosa) y que ninguna confesión tendrá carácter estatal, y en el artículo 14 se reconoce la igualdad de todos sin discriminación en razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, pero la realidad es muy distinta, ya que esta igualdad supone que nadie pueda ser privilegiado ni penalizado por sus acciones o creencias o, por sus convicciones. Y es preciso señalar que el laico puede ser también creyente de ideas religiosas o de convicciones ideológicas y morales basadas en el razonamiento y el pensamiento humano. Y esto está legitimado y garantizado por la Constitución. Lo que pasa es que la Iglesia Católica tiene un estatuto totalmente privilegiado en todos los aspectos: en materia fiscal están exentos de IVA, de IRPF; a nivel educativo está la asignatura de religión; a nivel financiero, los catequistas-profesores de religión son costeados por el erario público; es decir, la presencia institucionalizada de la misma se manifiesta en cualquier hecho cotidiano (en cualquier telediario puede salir que están tomando posesión y está allí el crucifijo delante, o que viene una autoridad religiosa y están rindiéndole pleitesía los cargos públicos, los representantes; llega la semana santa y parece que los alcaldes se ponen en cola para ver quién es el que sale en más número de procesiones  representando a la ciudad…) y tienen ese concepto falso de la ciudadanía, porque dicen incluso algunos de ellos: “no, no, si yo no soy creyente, si yo no fuera alcalde no iría a las procesiones, pero como soy alcalde y soy representante de todo el pueblo, pues claro, como la mayoría del pueblo está de acuerdo con esto, yo tengo que salir”. “Pero mire usted, si es que precisamente ahora, cuando eres alcalde, es cuando no tienes que ir, porque si tú dices que representas a todos, precisamente para no ofender a ninguno, ni asistas ni vayas, así respetas a los unos y a los otros; en cambio tú, a nivel individual, puedes asistir, como cada uno es libre de asistir o de tener sus ideas, sus creencias, asistir a sus reuniones o no.” Existe esta confusión y resulta a algunos chocante este razonamiento y no el que asista a actos propios de la fe individual representando al conjunto de los ciudadanos.

 Sin embargo, cualquiera de nosotros y más gente, vería muy chocante que la Constitución, lo mismo que se plantea en el artículo 16 donde dice: “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones” dijese en el apartado que habla de los partidos políticos y de los sindicatos…, “se mantendrán especiales relaciones con UGT o con el PP, con el PSOE o con Comisiones, USTEA o con cualquiera”  Posiblemente nos echaríamos las manos a la cabeza, porque diríamos “bueno, a cuento de qué”, si se reconoce a los partidos, pues todos por igual y que luego cada uno tenga el que tenga o no tenga ninguno; si se reconoce a los sindicatos, perfecto, pero ya está, no se va a privilegiar a ninguno de ellos. Sin embargo en la Constitución se privilegia a la Iglesia Católica y ahí está.

 Actualmente, además de este planteamiento de la Constitución, hay algo que para nosotros es fundamental, y es que todavía sigue vigente el Concordato de 1953, modificado, eso sí, por unos Acuerdos del Estado Español con la Santa Sede del año 76, que dieron origen después, ya recién aprobada la Constitución, a los Acuerdos del año 79, y que además, amparándose en el hecho jurídico de que son tratados de carácter internacional, pretenden mantener su validez, aunque sean preconstitucionales, aunque se firmaran precipitadamente porque sabían y temían lo que podía pasar, firmándose para poder darle validez a lo que la Iglesia estaba tratando de conseguir. Pero no solamente hacen eso, sino que la posterior interpretación de la Constitución se hace teniendo en cuenta los acuerdos preconstitucionales a los que me estoy refiriendo. Porque en la Constitución, en el artículo 27 dice: “los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”, sin que en ningún párrafo figure que sea en la escuela donde se  tenga que dar y garantizar esa formación religiosa. La Constitución no lo pone. Entonces, ¿por qué resulta que tanto el PSOE como el PP, como todo el desarrollo normativo de la Constitución, hace que esa formación de la que se habla en el artículo 27 tenga que darse en los centros públicos? Pues eso se hacer porque los acuerdos que firmó el Estado Español con la Santa Sede, como tratados internacionales, dándole a una iglesia, es decir, a una asociación, carácter jurídico de Estado.

Pero si esta situación está mal, si leemos estos Acuerdos, la situación puede llegar a ser peor. Y esa es otra de las reflexiones que yo quería plantear aquí, para que nos armemos, no para que nos desanimemos, porque la lucha que puede venir debe de ser mayor que la que hay.

En los textos de estos acuerdos, que están plenamente vigentes y que, además, condicionan el desarrollo constitucional, dice en el artículo primero: “la educación que se imparta en los centros docentes públicos (en los centros docentes públicos, y dice la educación, no la educación religiosa, sino la educación) será respetuosa con los valores de la ética cristiana”. O sea, que cualquiera de nosotros que se le ocurra plantear el aborto, las células madre, o cualquier otro tema sobre el que la iglesia católica discrepe de los conocimientos científicos en la materia o considere un tema de valores morales, aplicando estrictamente este apartado del Acuerdo, podemos vernos en una situación peor. Es verdad que esto está en el papel y, afortunadamente, hasta ahora no se han atrevido a aplicarlo, pero está ahí y legalmente podrían hacerlo, eso también nos pasaba con la enseñanza de la religión y ahora han dado un paso adelante. ¿Quién nos dice que mañana no den otro paso adelante? Otro ejemplo lo tenemos en EE.UU.,  donde se prohíbe a determinados estados que se puedan tratar en las escuelas temas científicos como, por ejemplo, las teorías darwinistas sobre la evolución humana. ¿Por qué? Simplemente, porque su concepción religiosa del mundo es diferente. Con esto también se nos podría obligar a que la educación que se diera tuviera que tener estos tintes de la ética cristiana. Espero que esto no llegue nunca, pero quiero darlo un poco como muestra de esta problemática.

En el artículo dos es donde sí dice claramente que “la enseñanza de la religión católica se dará en todos los centros de educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales”. Por eso, el debate en este tema está más allá de la LOCE, y para anular lo que se plantea en la LOCE sobre la enseñanza de la religión, hay que derogar también esto. Por eso, desde el movimiento laicista, lo que estamos propugnando, defendiendo y tratando de conseguir jurídicamente es la manera en que se puedan anular y derogar el Concordato y estos Acuerdos, que son los que están dando paso y posibilitando la actual organización escolar de las clases de religión. Bien es verdad que de nada serviría, o de poco, si socialmente no generamos también una fuerza suficiente en contra de la situación actual de unión político-religiosa. Hay mucha gente que se siente a gusto con esta situación, que les gusta mucho que los Reyes vayan a ver al Papa y que Chaves haya ido a ver al Papa porque monseñor Amigo ha sido cardenal, y a lo mejor en Sevilla han repicado todas las campanas y muchos sevillanos han salido al Puente de Triana con banderitas del Vaticano.

Hay otro apartado también problemático, en el que dice que la enseñanza de la religión llevará consigo el que las autoridades académicas permitirán a la jerarquía eclesiástica “otras actividades complementarias de formación y asistencia religiosa” que podrían realizarse en los propios centros escolares y que en los centros pueda haber espacios (para que nos entendamos, vamos a llamarlos por su nombre, capillas) donde los niños puedan ir a hacer sus actos litúrgicos, es decir, de carácter religioso. Y eso está amparado legalmente y, aunque nosotros desde el movimiento laicista estamos denunciando que se producen este tipo de hechos, tratamos de soslayar esto y tratamos de irnos al ámbito más constitucional, entre otras cosas porque rechazamos totalmente estas normas que son las que le están dando cobertura jurídica a estas conductas. Con estos detalles, pienso que es suficiente para que nos hagamos una idea del riesgo que suponen estos Acuerdos para el mantenimiento de la laicidad en la educación.

Pero hay otras normas que mantienen esa situación de privilegio de las religiones, la ley de libertad religiosa del 80,

que además de restringir el derecho de la libertad ideológica que plantea la Constitución, lo reduce simplemente al hecho de una libertad religiosa, (¿por qué no hablar de la libertad atea o la libertad agnóstica?), además con el absurdo de que se menciona a la Iglesia Católica y a los demás los deja en un segundo plano. Se habla sólo de la libertad religiosa reduciendo lo ideológico a estas creencias, olvidando otras concepciones y convicciones de nuestro pensamiento y nuestra conciencia. Se sigue privilegiando una forma de comprender el mundo a través de dioses, en contra de lo establecido en el artículo 16 que garantiza con igual rango la libertad ideológica y la religiosa. La ley de libertad religiosa también interpreta restrictivamente la Constitución en relación al artículo 27 de la Constitución, en el sentido de que el derecho que los padres tienen de que sus hijos reciban una formación religiosa, se tenga que dar en los centros escolares. Es en esta ley y no en la Constitución donde se impone que la formación religiosa se de en los centros educativos.

La Ley Orgánica del Derecho a la Asociación, que se aprobó en el 2002, concede una serie de privilegios a lo que son las asociaciones de tipo religioso. Derechos que vienen también derivados de los acuerdos jurídicos (entre los acuerdos que el Estado firmó con la Santa Sede, hay unos que son los económicos, otros son los jurídicos y otros culturales y los educativos), en los jurídicos se establecen las competencias que tiene la Iglesia Católica, por ejemplo: el matrimonio religioso tiene carácter civil, es decir, tiene plena validez desde el punto de vista jurídico. La ley de asociaciones mantiene un régimen y un status jurídico diferente al derecho asociativo común. Lo que evita que tengan que respetar unos principios democráticos en su funcionamiento, que tengan sus ficheros disponibles para darse de baja si así lo estima uno,… Desde el movimiento laicista lo que planteamos es que las asociaciones de tipo religioso, lo mismo que las demás, deben atenerse a un único derecho común como todo tipo de asociaciones y no debe haber unas asociaciones privilegiadas con respecto a otras.

Y culminando toda esta estructura jurídica la LOCE y su disposición adicional segunda, donde se establece de forma general una asignatura “Sociedad, Cultura y Religión” con igual validez que el resto de las materias curriculares y con las dos famosas opciones “confesional” y “no confesional”. De esta manera quieren salvar una sentencia del Constitucional en contra de la existencia de una asignatura alternativa a las clases de religión, el Tribunal determinó que la enseñanza de la religión no tenía por qué obligar a ningún alumno a recibir otro tipo de enseñanzas complementarias. Creando una asignatura que sea común para todos han querido resolver formalmente esta sentencia. Ahora ya no es una alternativa, sino que es una asignatura que tiene dos opciones: una, con cargo a los catequistas designados por el obispo, cuya Conferencia Episcopal decidirá sus contenidos; y otra, con contenidos desarrollados en estos decretos curriculares del Ministerio de Educación y que son enseñanzas religiosas con un pretendido carácter cultural. Nosotros, desde el movimiento laicista, estamos completamente en contra de que exista ninguna formación o enseñanza religiosa en los centros escolares. Los aspectos culturales de las religiones y el conocimiento de las mismas como fenómenos sociales existente en nuestra sociedad y fenómeno histórico sin el que podríamos comprender nuestra realidad actual, desde las religiones egipcias, las del mundo greco-romano clásico, las orientales o cualesquiera otras, con su incidencia en el arte, en el pensamiento, en la filosofía, etc., todo ello queda perfectamente encajado dentro del currículo de las áreas correspondientes, de Filosofía, de Historia, de cualquier materia. Si es de los libros y de las fuentes literarias, como así se propugna en los decretos, todo eso tiene cabida dentro de las clases de Literatura, porque se debe hablar de los libros religiosos (del Corán, de la Biblia o de otros), como un elemento más de la historia de la Literatura Mundial. Eso tiene en las distintas materias del currículum perfecta cabida. Pero lo que se pretende no es mejorar el conocimiento de las religiones y su incidencia en la historia, el arte, la literatura o la sociedad, lo que se quiere es dar formación religiosa, incluso a quienes rechazan las clases de religión.

Por eso es por lo que decía antes que el laicismo no tiene grados, es decir, no es cuestión de que estos contenidos sean demasiado “religiosos”, y entonces vamos a hacer unos contenidos más moderados. Quitamos lo relativo al totalitarismo ateo y buscamos redacciones más suaves. Esto puede ser lo que haga la Consejería de Educación en Andalucía, modificar los textos, matizarlos y darles un pequeño barniz más “neutral”. Nos oponemos tanto a una cosa como a otra.

La finalidad que se pretende con los decretos de desarrollo de la LOCE no es otra que el imponer el hecho religioso como una existencia indiscutida. De lo que se trata es de inculcar que la religión es algo natural y que, por tanto, está ahí. Entonces, quien no opte por la religión católica dará el hecho religioso para que por lo menos (pienso yo que dirán los obispos, ‘por lo menos tengan temor de Dios’ y luego ya trataremos de hacer que se conviertan a nuestra religión, que para eso es la verdadera; y me imagino que los islamistas, pensarán lo mismo. Inculcar, por tanto, lo religioso como un hecho positivo, valorar lo religioso como superior a otras creencias y otras ideas, eso es lo que en el fondo se traduce de un análisis pormenorizado de lo que figura en los decretos. Valorar la ética religiosa como superior a la ética humanista (y esto sí que es una cuestión bastante peligrosa, digo por las consecuencias cotidianas y sociales que puede tener, lo que antes comentábamos del aborto, del divorcio, de las células madre o cualquier otra cuestión del desarrollo científico o de desarrollo del pensamiento, que está condicionado por la doctrina oficial de la Iglesia Católica, o de cualquier otra). Se quiere hacer creer que determinados valores actuales como la libertad o la tolerancia han formado parte del acerbo doctrinal de la religión, o se pretende una valoración superior de la ética cristiana, como si nos olvidásemos de la historia, incluso reciente, para ver hasta qué punto quienes hoy defienden esos valores de la democracia, del respeto y la igualdad,… no hubiesen sido pisoteados y justificados doctrinalmente como perversiones y graves pecados (democracia, papel de la mujer, libertades,… como si no hubiesen apoyado dictaduras, como si no mantuviesen un papel secundario para la mujer, etc.

 Se trata de inculcar la opción aconfesional como una valoración positiva y superior de las religiones sobre cualquier otra opción. Esto puede verse en los decretos:

-Cuando dicen que uno de los objetivos es “descubrir el hecho religioso”, es decir, que los niños tienen que descubrir el hecho religioso forzosamente. ¿se respeta así su opción de no dar formación religiosa?

-En otro apartado sobre el monoteísmo y el politeísmo se concluye afirmando “la trascendencia del ser supremo”, dando por válido la existencia de ese supuesto ser trascendente, que además es el supremo.

-“Analizar los factores que subyacen al hecho religioso, las realidades, aspiraciones o problemas que lo animan“,es decir que hay que analizar la respuesta que dan las religiones a las aspiraciones de las personas, a los deseos de las personas, a las inquietudes de las personas, como un fenómeno religioso

-“La actitud religiosa. La persona ante el misterio, el temor y a fascinación de lo religioso”.

-“Los grandes interrogantes: El origen de la vida, el sufrimiento, la muerte. Las religiones y el sentido de la vida.” es decir, cómo las religiones son las que satisfacen las preguntas que nos hacemos sobre esas preguntas básicas, que desde el punto de vista filosófico todos nos planteamos, y que ellos pretenden resolver desde el punto de vista de lo religioso.

-“Valorar los sistemas éticos propuestos por las religiones”, ese es otro de los objetivos que se plantean, de lo que se trata es de dar a la ética religiosa un valor superior a la ética humana, cuando precisamente muchos de los valores que tenemos, en nuestra cultura y en nuestra civilización, no provienen de las religiones, vienen precisamente de una cultura greco-latina, donde surgieron también unas ideas filosófica, unos conceptos filosóficos, a partir de los cuales se han ido generando, por luchas, por conquistas sociales, etc., unos valores de solidaridad tal y como hoy tenemos y que en modo alguno pueden ellos ahora decir que esos son valores del Catolicismo que ellos proponen y que, por tanto, son superiores al resto.

-“Analizar los valores culturales, estéticos, sociales y éticos presentes en las religiones”. Parece que estos valores, en otros ámbitos no existieran, sino sólo existieran dentro del ámbito de lo religioso.

-Otro de los objetivos es “conocer las creencias”, es decir, que tú no practicas esa religión, pero vas a tener que aprenderte qué es lo que creen de esa religión. Un objetivo que puede ser válido dentro de una concepción global de los fenómenos sociales o filosóficos, pero no en el contexto doctrinario en que se presentan.

-“Valorar la importancia de la tolerancia y la libertad religiosa como fundamento de la civilización occidental”, es otro de los bloques temáticos. Históricamente todos sabemos lo que han representado las guerras de religión y las persecuciones religiosas. Ahora en el debate de la Constitución Europea tratan de introducir como uno de los fundamentos de Europa esa cultura cristiana, pero no con un sentido histórico sino para poder posteriormente alegarlo en el desarrollo legislativo europeo cuando se hagan propuestas que no se correspondan con sus dogmas o su moral. Afortunadamente eso, de momento, no está incluido, aunque hay un artículo 51, que nosotros hemos denunciado con el movimiento laicista a nivel internacional, ya que reconoce y valida el estatuto jurídico que tengan las religiones en cada Estado, lo que supone mantener la actual situación de privilegio en algunos países como en nuestro caso. Tampoco estas alusiones responden a bases sociológicas, (si aquí la mayoría de europeos son cristianos, ¿por qué no vamos a poner esto?);  volvemos otra vez a la idea de la concepción de las mayorías y de las minorías confundiendo la práctica democrática con la aplicación del derecho. En el terreno jurídico no es cuestión de mayorías ni de minorías, sino que lo jurídico tiene que ser igual para todos. Y para que pueda ser igual para todos no podemos hacer exclusión de una de las partes, tenemos que medirnos todos por el único concepto jurídico válido.

El análisis de esto contenidos no puede obviar el menosprecio que se hace al ateísmo y al laicismo, ligándolos a las dictaduras, ligándolos a los totalitarismo, ligándolos a esos períodos históricos más conflictivos que puedan ser, el nazismo, es decir, lo sitúan juntamente, con el nazismo, con el estalinismo, además el ateísmo te lo meten como ateísmo de Estado, no te meten el ateísmo como una opción ideológica individual respetable como todas las demás, sino que te lo ligan jurídicamente con una situación concreta histórica, sin que por otra parte hagan lo mismo respecto a otros periodos históricos de las religiones: guerras de religión, poder temporal del papado, persecuciones religiosas,…

Tampoco tratan de otras concepciones ideológicas. En definitiva supone un ataque a la ciencia, al conocimiento humano… en definitiva, una catequesis camuflada, introduce contenidos claramente históricos que pueden verse seriamente afectados por el rigor científico, especialmente, en contenidos históricos, filosóficos, biológicos (por ejemplo, habla del origen de la vida, de todo ese tipo de cosas, desde el punto de vista de las religiones y no desde el punto de vista científico).

Por último el horario para esta materia es impensable comparándolo con el asignado a otras materias curriculares. Tres horas en Primaria (igual que Educación Física o Artística) y dos en secundaria (igual que Matemáticas, Geografía e Historia, Ciencias de la Naturaleza o Tecnología)

Pretenden con ello imponer la importancia de esta materia, en lógico detrimento del horario para materias científicas o culturales básicas (matemáticas, geografía e historia, ciencias) y que será evaluable con iguales valoraciones que el resto de asignaturas.

LAICIDAD Y PRÁCTICA ESCOLAR

La laicidad no solamente afecta al sistema escolar y al sistema social, sino que afecta también a la propia práctica escolar. El laicismo ha estado siempre ligado a la concepción de escuela pública y, claro, no podía ser de otra manera puesto que la laicidad busca lo común de todas las personas, igual que la escuela pública, por tanto son conceptos que van parejos, y esta escuela pública y laica siempre ha tratado, en la práctica, de ser liberadora de las conciencias de toda tutela. En las experiencias que hemos tenido históricamente de una escuela pública y laica (estoy recordando, fundamentalmente, las experiencias republicanas, las experiencias de la escuela libre…, es decir, todo tipo de experiencias de una escuela pública y laica) han supuesto un cambio de metodología, un cambio de planteamientos en la práctica escolar, no solamente en el sistema en el sistema escolar, sino también en la propia concepción de la práctica escolar. Una escuela científica, sin dogmas, sin verdades absolutas y excluyentes, que eduque en valores humanistas universales, en la pluralidad, en el respeto a los derechos humanos, una escuela integradora,… Un respeto de las culturas, pero que el respeto a las culturas, no hace a todas las culturas respetables y ninguna civilización debe eludir la crítica. Por otra parte lo cultural forma parte de lo pertenencial y no de las relaciones sociales,  no son elementos jurídicos y políticos, que son los que deben establecer el marco de relaciones sociales y de derechos. Cuando las culturas tratan de imponerse dejan de ser culturas y se convierten en política.

  En la vida cotidiana de los centros también podemos encontrarnos con la presencia todavía de símbolos religiosos, que suponen una discriminación hacia quienes no comparten esas ideologías. El espacio público debe respetar las ideas personales de todos los que conviven en él, pero no puede privilegiar ni apropiarse de una de ellas para imponerla a los demás. Tanto en este tema como en el de las denominaciones de tipo religioso se debe explicar al conjunto de la comunidad donde está inserta la escuela para que al igual que tras la transición política a nadie se le ocurría aprobar denominaciones con connotaciones políticas del régimen anterior y se aceptaba de mejor manera denominaciones más históricas o de la toponimia tradicional del lugar donde se ubicaba el centro, con lo que se respetaba así a todos, o se retiraban de las ciudades y pueblos los símbolos del régimen franquista, con un sentido de convivencia  más que de venganza; igualmente se deben retirar símbolos y las denominaciones religiosas de nuestro espacio público, para hacerlo realmente un lugar de todos.

 También hay que reflexionar de alguna forma sobre el papel y la responsabilidad que socialmente nos cabe a todos, a los que trabajamos en la escuela, a los padres,… Cuando hay padres progresistas que, sin embargo, llevan también sus hijos a centros concertados religiosos, aceptando determinadas prácticas de esos centros,… por cuestiones concretas de cercanía, de existencia de comedores, etc. En la medida que vamos renunciando a una carga ideológica, vamos también perdiendo terreno en ese ámbito, terreno que van ganando otros. Cuando hay sindicatos que, en vez de preocuparse por el tema de que la religión salga de las escuelas, defienden acaloradamente a los profesores de religión,  yo no digo que los profesores de religión, como trabajadores, no tengan también sus derechos, pero también hay que analizar su acceso a esa docencia, cómo se han incorporado a la enseñanza, quién es verdaderamente su patrón (aunque ahora mismo haya sentencias en las que parece que están tratando de deslindar el aspecto de que el obispo sea el que dé la lista de los profesores idóneos, y que luego sea la Administración educativa la que ya siga con el resto de las competencias de asignación clases y de horarios, etc.,tratando de salvar de este modo las peculiaridades de estos contratos y la legislación laboral). Es la Conferencia Episcopal la que los ha contratado y es a ella a la que habrá que dirigir las luchas sindicales por sus derechos laborales, no vamos a apoyar que este profesorado se quede en los centros para dar la religión confesional y no confesional, como ellos pretenden, recordando una historia similar a la que pasó en la transición con las antiguas profesoras de “Hogar” y los profesores de “Política”, que al final terminaran quedándose de funcionarios.

Una vez más los profesores, los padres y la comunidad de ciudadanos debemos asumir la responsabilidad en que se mantengan estas prácticas sociales y escolares que son contrarias a los principios de igualdad que impulsan los derechos humanos como base de nuestra convivencia.

PROPUESTAS DE ACCIÓN

Esta responsabilidad nos debe conducir a la acción para remover los obstáculos que impiden esta sociedad y esta escuela laica, como espacio de convivencia común de todos los ciudadanos y ciudadanas.

En primer lugar habría que eliminar las trabas jurídicas que impiden esa laicidad en nuestra sociedad y en la escuela

a)     Revocación total del Concordato de 1953 y de los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede de 1976 y 1979

b)     Derogación de la Ley de Libertad Religiosa de 1980

c)  Derogar la LOCE y demás normas educativas que siguiendo esta interpretación de la Constitución imponen al sistema educativo público la obligación de tener una asignatura de religión, atentando contra la libertad de conciencia reconocida en la Constitución.

d)  Derogar los artículos de la Ley O. Del Derecho de Asociación del 2002 que concede privilegios a las organizaciones religiosas cuando pensamos que la igualdad constitucional debe obligar a regir a todas las asociaciones por unas normas de derecho común.

e)     Eliminación de todo privilegio de carácter tributario IVA, IRPF, … a las organizaciones religiosas o a cualquier otra.

f)       Supresión en el marco constitucional europeo de las referencias religiosas en Europa, ya que entendemos que la formación de la idea europea actual debe mucho más a las tradiciones clásicas del mundo griego y latino, así como a la Ilustración y las luchas por la emancipación de la libertad y la responsabilidad del ser humano o sus derechos universales, que siempre han supuesto un elemento de enfrentamiento con los dogmas y creencias religiosas. Esta situación se quiere imponer para derivar posteriormente normas que a juicio de la iglesia católica puedan contravenir sus doctrinas religiosas, lo que sería volver a un fundamentalismo y un intento de ordenar la vida política por las creencias religiosas.

En esta línea de actuaciones desde el movimiento laicista se vienen desarrollando campañas de difusión y divulgación tratando de que socialmente sea cada vez más aceptada esta concepción de las relaciones ciudadanas de convivencia y exija estas modificaciones tanto legislativas como de las conductas cotidianas.

Desde la CEAPA y la Coordinadora Laicista se está desarrollando una campaña a favor de la escuela laica, que ha implicado la presentación de un recurso contra la LOCE y unas acciones de divulgación y concienciación sobre los problemas que entraña su desarrollo normativo para una escuela que será menos pública y más segregadora.

Es lamentable que organizaciones que dicen apostar por la laicidad no hayan llevado a cabo estas acciones, caso del PSOE,  o que se hayan limitado a temas de reparto de  competencias, pero no de fondo, como es el caso de la Junta de Andalucía.

Por último expresar la necesidad de coordinarnos sindicalmente para desarrollar otra acción que venimos valorando, la objeción a la asignatura “Sociedad, Cultura y Religión” por parte de padres, alumnos o profesores.

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