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La sentencia del Supremo cierra cualquier posibilidad de investigar en España los crímenes del franquismo

Los expertos critican la interpretación del Supremo y Cristina Almeida opina que “se ha amparado al instructor Luciano Varela”

“La sentencia del Tribunal Supremo que absuelve a Baltasar Garzón por el caso 'memoria histórica' muy probablemente cerrará cualquier posibilidad de investigar en España los crímenes del franquismo”. Esta afirmación a ELPLURAL.COM del jurista y profesor doctor de Derecho Internacional, Javier Chinchón, resume la impresión que asociaciones de memoria histórica y familiares de desaparecidos de la guerra civil han manifestado. Y la abogada Cristina Almeida considera que los magistrados han amparado al instructor Luciano Varela en vez de “deducir testimonio de prevaricación contra él”.

No se podrá investigar penalmente caso alguno de desaparición de la guerra civil. El Supremo ha dado portazo definitivo a esta posibilidad. “Lo hace al argumentar que el proceso penal no es el cauce adecuado para este tipo de crímenes al no haber además responsables vivos. Que conocer la verdad de lo ocurrido no es un objeto en sí mismo del proceso penal”, explica el profesor de la Universidad Complutense.

Prescritos o amnistiados
“El Supremo añade que no es posible entenderlos como crímenes contra la humanidad en el momento en que se cometieron y tampoco es posible considerarlos como delitos permanentes, y la consecuencia de todo esto es que al valorarlos como delitos ordinarios se concluye que estarían prescritos o que la ley de amnistía es plenamente operativa”, continuó.

Fosas a la espera
¿Qué ocurrirá entonces con las solicitudes de apertura de las fosas? Según Javier Chinchón, “el planteamiento de los altos magistrados es que por la jurisdicción penal no ha lugar. Mencionan otros mecanismos como el cauce administrativo a través de la ley de memoria histórica, o de otros mecanismos de los que el Estado se dote para responder a lo que solicitan las víctimas en cuanto a identificación y exhumación”.

“Lo que dicen es que el proceso penal no es el adecuado para conocer la verdad. No eran crímenes contra la humanidad en su momento –continúa- La absolución de Baltasar Garzón es una buena noticia, pero tal y como han aplicado el Derecho lo que supone es que el  resto de procedimientos penales se van a cerrar . Según las tesis del Supremo no es posible realizar una investigacion judicial de los crímenes del franquismo en España”.

TS: no eran crímenes contra la humanidad
El doctor en Derecho que es también miembro de Rights International Spain, una de las organizaciones no gubernamentales que asistieron como observadores al juicio de memoria histórica, comenta que están procediendo en estos momentos al análisis de la sentencia y muestra su desacuerdo con los criterios aplicados en la misma por los magistrados en lo que se refiere a la investigación de los crímenes.

“La clave de todo es cómo interpreta el Tribunal Supremo la aplicación del Derecho internacional a los crímenes que se denunciaron. Considera que por el momento en que se cometieron no es factible dicha aplicación, por imperativo de la interpretación que defiende del principio de legalidad penal. La tesis opuesta es, claro, que sí lo era. El propio Supremo cita algunos de los muchos casos en que sí se ha aplicado, para absolver a Garzón. En resumen, mantiene que existen precedentes en que así se ha hecho, que la interpretación no es descabellada, pero que no comparten tales posiciones y las califican, reiteradamente, como ‘erróneas’”.

Casos pendientes sin solución
La situación es que la sentencia supondrá el cierre a las investigaciones por instancias inferiores. Quedan por resolver cuatro cuestiones de competencias. Del auto de inhibición de Baltasar Garzón salieron cerca de cincuenta a juzgados de instrucción. Unos no los admitieron, otros declararon la prescripción, o se acogieron a la Ley de Amnistía y los archivaron. Quedan cuatro procesos abiertos: dos en la Audiencia Provincial de Pontevedra y dos  en el TS (Escorial y Granada) (Se devolvió el caso a la AN y AN se lo pasa al TS). Ya hay varios recursos en Estrasburgo. “Supongo que esta posición se aplicará al resto de las causas abiertas. No va a ser inmediato, pero ya sabemos cual es la posición sobre el fondo del asunto del Tribunal Supremo (…) Es la ratificación del TS de que no se pueden investigar estos delitos en España. Ni siquiera hay que investigarlos judicialmente”.

Cristina Almeida: amparar a Varela
Por su parte la abogada, ex diputada y ex senadora Cristina Almeida explicó a ELPLURAL.COM: “Los magistrados del Tribunal Supremo que han realizado esta sentencia de la memoria histórica no han querido dejar desamparado al juez Luciano Varela, instructor de la causa, cuando yo creo que debían haber deducido testimonio de prevaricación contra él. Es decir, han ignorado las irregularidades cometidas por Luciano Varela en este procedimiento. Porque la actividad judicial que ha hecho Varela contra Garzón es una auténtica aberración”.

Injustos con las víctimas
“En cambio, así como han sido corporativos para defender a Varela, no han sido justos para atender las reclamaciones de las víctimas que siguen pendientes pese a la decisión tomada en cuanto a la conducta de Garzón” –continuó- “Es injusto el proceso realizado a Garzón y mas injusto todavía la ignorancia de las victimas de que hace gala la justicia pero por encima de lo que diga esta sentencia hay que seguir haciendo valer los derechos de esas víctimas”.

La abogada concluyó: “Yo creo que  los argumentos de esa sentencia no son aplicables porque ellos estaban viendo un asunto de prevaricación y no un asunto de delitos contra la humanidad. Lo que ellos han pretendido es juzgar y dar su opinión sobre la investigacion la franquismo pero su opinión no debe ser la decisión judicial que las victimas se merecen”.

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