Asóciate
Participa

¿Quieres participar?

Estas son algunas maneras para colaborar con el movimiento laicista:

  1. Difundiendo nuestras campañas.
  2. Asociándote a Europa Laica.
  3. Compartiendo contenido relevante.
  4. Formando parte de la red de observadores.
  5. Colaborando económicamente.

La Sala de la Audiencia admite a trámite la denuncia contra la Medalla de Oro a la Virgen del Amor

Ya lo había sido en el Juzgado Central, pero la Fiscalía planteó que era competencia de la Sala

La denuncia presentada por Europa Laica y MHUEL contra la concesión de la Medalla de Oro al Mérito Policial por parte del Ministro del Interior a la Virgen del Amor ha sido admitida a trámite por la Sala de los Contencioso Administrativo.

Igualmente ha dado traslado del expediente administrativo que motivó esta concesión. Una justificación que se inicia en plena Guerra Civil (14 de junio de 1938) cuando se nombra al Cuerpo de Investigación y Vigilancia Hermano Mayor de la Cofradía, según testifica una orden del Ministerio Público del gobierno militar golpista. Otro de los méritos es la conocida relación de dicha cofradía con la liberación de presos en Semana Santa, y los imnumerables actos de colaboración que han tenido durante el siglo pasado y el actual, especialmente en Semana Santa, y que culminaron con la concesión de la medalla a Nuestro Padre Jesús "El Rico" en 1999, por lo que ahora toca darla a la Virgen del Amor.

Eso sí la culminación de la justificación de méritos es un compendio de confesionalismo y nacional catolicismo:  "como muestra de reconocimiento y respeto, acogiéndonos bajo el manto de su protección, y con el ruego de que nos guíe en la difícil pero importante misión que la Policía tiene encomendada."

Como puede verse es plenamente acorde con lo establecido en la ley:

Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales.

Artículo cuarto.

Podrán ser recompensados con estas condecoraciones los miembros y funcionarios de los Cuerpos que integran la Policía Gubernativa, cualquiera que sea su categoría, así como aquellos otros componentes de los restantes Cuerpos y Unidades integrados en las Fuerzas de Seguridad del Estado que aparecen enumerados en el artículo cuarto de la vigente Ley de Orden Público, cuando se estime que reúnen alguna de las circunstancias exigidas para su concesión; y, excepcionalmente, las personas ajenas a dichas Corporaciones, cuando se hagan acreedoras a ello por su decisiva colaboración con aquellos funcionarios, practiquen actos de relevante importancia en defensa del orden, de las personas o de la propiedad, o así resulte aconsejable por otros importantes motivos.

Artículo quinto.

Para conceder la Medalla de Oro o de Plata al Mérito Policial, según los casos, será preciso que concurra en los interesados alguna de las condiciones siguientes:

a) Resultar muerto en acto de servicio o con ocasión de él, sin menoscabo del honor; ni por imprudencia, impericia o accidente.

b) Resultar con mutilaciones o heridas graves de las que quedaren deformidad o inutilidad importante y permanente, concurriendo las mismas condiciones señaladas en el párrafo anterior.

c) Dirigir o realizar algún servicio de trascendental importancia, que redunde en prestigio de la Corporación, poniendo de manifiesto excepcionales cualidades de patriotismo, lealtad o abnegación.

d) Tener una actuación ejemplar y extraordinaria, destacando por su valor, capacidad o eficacia reiterada en el cumplimiento de importantes servicios, con prestigio de la Corporación.

e) Realizar, en general, hechos análogos a los expuestos que, sin ajustarse plenamente a las exigencias anteriores, merezcan esta recompensa por implicar méritos de carácter extraordinario.

medalla policial Virgen Amor

Archivos relacionados

Archivos de imagen relacionados

  • medalla policial Virgen Amor
Total
0
Shares
Artículos relacionados
Total
0
Share