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La Rioja: Una nueva sentencia avala el derecho de una madre a que sus hijos estudien religión islámica en las aulas

El fallo del TSJR repite los argumentos que ya dieron la razón a otra riojana a quien la Consejería denegó la opción de la asignatura en dos centros públicos

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha estimado el recurso presentado por una madre contra Educación, revocando la resolución de la Consejería que en abril desestimó la petición formulada para que sus hijos recibieran este curso enseñanza religiosa islámica en sus respectivos centros de carácter público. El fallo es el segundo de las mismas características que se registra en menos de un mes, después de que a finales de octubre el TSJR reconociera igual potestad a otra riojana, Marian Aretio.

La sentencia que ahora se ha conocido recoge argumentos jurídicos prácticamente idénticos a la anterior, a la cual hace referencia explícita entre los fundamentos. Como prólogo, la Sala presidida por Jesús Miguel Escanilla recuerda que la demandante reclama la protección de un derecho fundamental sustanciado a su entender tanto en la Constitución -artículo 14 que subraya la igualdad de todos los españoles ante la ley y 27.3, de obligación de los poderes públicos a garantizar a los padres que sus hijos reciban formación religiosa de acuerdo a sus propias convicciones-, como en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, la normativa educativa y el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España de 1992 que sitúa en el mismo nivel a este respecto a las religiones con notorio arraigo en España. «Del conjunto normativo y jurisprudencial se extrae que el derecho fundamental invocado debe ajustarse, para su ejercicio, al cumplimiento de los requisitos organizativos de la docencia legalmente establecidos», apunta para constatar que en este caso también se cumplen las exigencias a las que el Gobierno regional se había asido en ocasiones precedentes para frenar otras peticiones.

En primer lugar, existe un interlocutor directo ante la Consejería encarnado en la Comisión Islámica y que Educación no sólo no ha cuestionado, sino que se ha reunido con sus representantes y admitido la información enviada. La sentencia también da por acreditada otra condición: que estén designados los profesores que podrían impartir religión islámica en la comunidad autónoma, facilitando oficialmente un listado de estos docentes. Por último, se constaba asimismo que el número de interesados de este tipo de enseñanza religiosa en los centros a los que acuden los hijos de la demandante superan la ratio exigida.

Sobre esa base, el TSJR revoca la resolución inicial del Ejecutivo de José Ignacio Ceniceros que desestimaba la petición de la madre declarándola no ajustada a derecho y recuerda que la sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo en 20 días.

¿Qué repercusiones comporta el fallo? A falta de conocer si el Gobierno riojano recurrirá -según fuentes del Palacete aún no hay una decisión definitiva al respecto, aunque la comunidad islámica afirma que ello no paralizaría el proceso- la voluntad expresada por el consejero del ramo tras el primer pronunciamiento de la Justicia es implementar la asignatura el próximo curso de forma progresiva y con carácter experimental, para lo cual han iniciado un sondeo entre los diferentes centros para conocer la demanda real. El colectivo islámico no comparte esa postura. A su entender, debería facilitarse este mismo año en los centros donde estudian los dos hijos de Aretio y los tres de la segunda demandante -en total, dos colegios de Primaria y otros tantos institutos- y a partir del próximo ejercicio en la totalidad de La Rioja y ciclos donde la religión es evaluable.

LAS CLAVES

1.El TSJR reconoce por segunda vez en quince días el derecho de una madre a que sus hijos reciban enseñanza religiosa islámica en los centros públicos a los que asisten.

2.Educación, que aún no ha decidido si recurrirá los fallos, ha anunciado que implementará la asignatura el próximo curso como prueba piloto.

3.La comunidad islámica sostiene que estas clases deben ofertarse ya en los centros donde estudian los cinco niños concernidos y aplicarse totalmente el próximo curso en todos los ciclos donde religión es evaluable.

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