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La presencia de militares en actos religiosos de Semana Santa crece un 10 %

La participación de militares en actos públicos de carácter religioso durante esta semana será superior en un 10 por ciento a la registrada en la Semana Santa del año pasado y se extenderá al menos a unas setenta localidades españolas

COMENTARIO: Año tras año hemos venido denunciando la presencia de autoridades, funcionarios, polícia y ejército en los desfiles procesionales de semana santa como un ataque a la aconfesionalidad del Estado y una vulneración de la libertad de conciencia y de la neutralidad del Estado. Esto permitió que hace un par de años el Ministerio de Defensa modificara el Reglamento de honores, pero si ya se conculcó durante el mandato socialista, ahora el PP ha considerado que es hora de eliminarlo y volver a reuperar sin tapujos la presencia militar en estos actos confesionales católicos. Aquí tenemos la prueba con la noticia del diario La Razón que saluda gozoso este incumplimiento del propio Reglamento.

El Observatorio de la Laicidad denuncia un año más la participación del Estado en actos religiosos


En un comunicado, Defensa explica que el ministerio ha elaborado un informe sobre la participación de militares en actos religiosos y recuerda que estas actividades se rigen por una orden ministerial de 1994, que introdujo el principio de voluntariedad tanto en la formación de las unidades participantes como en la forma en que se han de prestar los honores militares.

Según la naturaleza del acto religioso, la participación militar se asocia esencialmente a festividades de Santos Patrones y procesiones con motivo de Semana Santa, Corpus Christi o romerías locales.

En la celebración de los Santos Patrones, la práctica habitual de los últimos años ha sido la separación en el tiempo -y ocasionalmente en el lugar- del acto religioso de la misa y del acto castrense, al que queda reservada la participación de la bandera o de la fuerza formada.

En cuanto a las procesiones con motivo de la Semana Santa, el Corpus Christi u otros actos religiosos, como las romerías locales, la participación de los miembros de las Fuerzas Armadas está condicionada fundamentalmente por la programación de un desfile dentro de esas ceremonias.

En estos casos, el elemento decisivo es la necesidad de contar con voluntarios y de dotar a la formación de una banda de cornetas y tambores o de una unidad de música con el número mínimo de integrantes preciso para la ocasión.

El informe del Ministerio de Defensa recoge la evolución de las normas reguladoras de la presencia de militares en actos públicos de carácter religioso desde 1978, si bien no aborda los aspectos relacionados con la libertad religiosa y de conciencia, ni la forma en que el Estado garantiza la asistencia religiosa a los miembros de las Fuerzas Armadas.

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