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La penalización de la blasfemia se queda obsoleta

Las denuncias por ofender los sentimientos religiosos no son un fenómeno exclusivo de España. Sin embargo, en los países con sistemas judiciales más desarrollados, los ordenamientos jurídicos no citan que tenga que haber una protección especial para la religión católica.

Reino unido. Ofensas a los anglicanos

La última condena en Reino Unido en este contexto fue en 1977

La última persona que ingresó en prisión en Gran Bretaña por violar la Ley contra las Blasfemias lo hizo en 1921. La normativa fue cayendo en desuso hasta que una denuncia en 1977 contra una revista gay por publicar un poema antirreligioso terminó en una condena de prisión. Fue la última. La lectura pública de ese mismo poema en 2002 no hizo reaccionar a la Justicia. Tres años después, la BBC emitió Jerry Springer: The Opera y recibió miles de cartas de protesta por el uso de símbolos cristianos en la representación. Los tribunales rechazaron una demanda presentada por un grupo cristiano.

La ley era un anacronismo y de hecho sólo protegía a las ofensas a la religión anglicana. La propia Iglesia de Inglaterra no estaba muy interesada en su aplicación. Hasta George Carey, exarzobispo de Canterbury, firmó una carta pública que pedía su abolición.

En Francia, las denuncias tienen su freno radical en la libertad de prensa

El avance era inevitable desde que una ley de 1998 obligara a los tribunales a interpretar la Ley contra las Blasfemias de una forma que no vulnerara la Convención Europea de Derechos Humanos. La abolición formal de la normativa se produjo en Inglaterra y Gales en 2008 con una reforma legislativa. Hay una excepción: en el Ulster, la blasfemia continúa siendo ilegal.

Francia. Libertad de prensa

La libertad de culto es en EEUU uno de los principios fundacionales

En Francia, el Código Penal se muestra perfectamente claro en cuanto a la protección de la persona creyente, de su dignidad y de su derecho a no ser discriminada, y prevé sanciones a toda injuria o difamación basada en la religión.

No obstante, esa batería de medidas, que a veces son invocadas por jerarquías religiosas, o incluso por políticos, para impedir criticas a la religión en sí, tienen un freno claro en las leyes sobre libertad de prensa. Hasta ahora, los intentos por utilizar el Código Penal contra caricaturistas, humoristas o columnistas anticlericales han fracasado, y la jurisprudencia refuerza así el que, informalmente, ha sido llamado "derecho a la blasfemia".

Aparte del freno en el caso de la libertad de prensa, en el artículo 132-76, el Código Penal francés dice claramente que toda infracción o crimen lo es con agravantes si fue perpetrado por razones religiosas. El artículo 624-3 prevé además sanciones contra cualquier "difamación", aunque sea no pública, cometida contra una persona o grupo de personas en razón de sus creencias religiosas. Por último, también hay sanciones previstas por el artículo 624-4 contra toda injuria discriminatoria basada en la religión.

Además, en las regiones de Alsacia y Mosella hay un concordato en vigor y existe una anticuada "falta por blasfemia". En 2006, la Corte de Casación (máxima instancia judicial francesa) falló contra una asociación católica que exigía la retirada de un cartel irónico basado en la última cena y que había tenido éxito en primera instancia.

Italia. Multa de 5.000 euros

En Italia, la pena por ofender a una confesión religiosa, ya sea en un templo, en una casa o en un espacio abierto, no pasa de una multa de entre 1.000 y 5.000 euros, según el artículo 404 del Libro Segundo, capítulo IV del Código Penal. No obstante, si se boicotea una ceremonia mediante amenazas o violencia, las penas pueden llegar a los tres años de reclusión. El Código Penal también es especialmente riguroso con las personas que provoquen destrozos en lugares de culto, abarcando castigos que llegan hasta los dos años de cárcel.

Es interesante ver cómo el artículo 402, que hacía referencia a las personas que "vilipendien en público la religión del Estado", fue declarado inconstitucional en el año 2000. Además, el artículo 406, que reducía las penas en caso de que las ofensas, los ataques o insultos fueran cometidos contra otras confesiones diferentes a la católica, fue derogado en 2006.

EEUU. Primera enmienda

En EEUU la libertad de culto es uno de los principios fundacionales del país. Está protegido por la primera enmienda de la Constitución. "El Congreso no hará ley alguna con respecto a la adopción de una religión o prohibirá el libre ejercicio de dichas actividades". No hay nada más específico. Es la base fundamental de toda una serie de medidas más concretas que han ido tomando el Gobierno federal y los estados. En 1964, en la Ley de Derechos Civiles, Washington incluyó que se podía denunciar a las empresas por permitir a sus empleados mantener un "discurso de odio" contra la libertad religiosa y la discriminación en general.

En el caso de la libertad religiosa, las demandas presentadas sucesivamente por los Testigos de Jehová en los años treinta y cuarenta ayudaron a defender el derecho de las congregaciones minoritarias. En 1971, el Tribunal Supremo decidió en el caso Lemon contra Kurtzman que en las escuelas públicas los profesores contratados por los estados no podían enseñar religión y volvió a especificar que las "actuaciones del Gobierno debían tener un propósito laico".

 

Un grupo anticlerical protesta en Londres en marzo del año pasado por la visita del papa al Reino Unido.AFP

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