Comentarios del Observatorio
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Ana Redondo llama a denunciar ante el tribunal la prohibición de participar plenamente de la eucaristía a una pareja de homosexuales por vulnerar el artículo 14
La política socialista desvela que “vamos a reunirnos con la Conferencia Episcopal la próxima semana”
El Gobierno reaviva la polémica horas antes de que Jesús Vidal tome posesión como obispo de Segovia
“¿Lo que ha sucedido en Segovia es legal?”. Fue la pregunta que lanzó ayer Gemma Nierga, presentadora del programa 59 Segundos de Televisión Española, a la ministra de Igualdad, Ana Redondo, después de abordar en un coloquio el veto a la comunión a una pareja de homosexuales en Basardilla. Estas reflexiones de la representante del Gobierno tienen lugar horas antes de que tome posesión Jesús Vidal como nuevo obispo de Segovia.
“Es claramente y abiertamente inconstitucional”, respondió la titular de Igualdad, que expuso que “ningún sector, ninguna administración y yo creo que tampoco la Iglesia, aunque no haya una ley específica, puede sustraerse a las reglas constitucionales, al principio de igualdad y no discriminación del artículo 14”. Con esta premisa, sentenció justo después que “no se puede discriminar a un ciudadano LGTBI”, esto es, “exigirle que opte o bien por su fe o bien por su condición sexual”. “Esto es claramente discriminatorio”, remarcó.
Judicializar el caso
Es más, en su intervención en directo en el espacio televisivo desde Valladolid, Redondo fue un paso más allá: “Espero que haya denuncia que se llegue hasta el Tribunal Constitucional y sea el Tribunal Constitucional el que aclare este asunto que para mí es diáfano”.
Preguntada por las medidas que puede adoptar entretanto se pudiera judicializar este asunto, la ministra de Igualdad desveló que “lo que estamos haciendo y vamos a hacer la próxima semana es reunirnos con la Conferencia Episcopal” con el fin de “generar un diálogo y también exponer nuestro criterio”: “Este tipo de declaraciones y de acciones son contrarias al artículo 14 de la Constitución y claramente discriminatorias”. Una vez más insistió que ha de ser el Tribunal Constitucional que “aclarará en una sentencia hasta qué punto esto afecta que en mi opinión es clara al principio de igualdad y no discriminación”.
Ponderación de derechos
A partir de ahí, lamentó que “no se está tratando de igual manera la relación entre la fe y la libertad ideológica y de conciencia”, por lo que considera que el veto a la comunión también podría vulnerar el artículo 16: “No se puede exigir a un ciudadano que decida si tiene libertad religiosa y de conciencia o si tiene libertad en su condición sexual”. “Es ponderación de derechos que tendrá que valorar el Constitucional”, dejó caer.
“No hay una ley como tal que prohíba hay unas reglas eclesiásticas, pero esas reglas eclesiásticas tienen que interpretarse a la luz de la Constitución y a la luz del principio de igualdad”, sentenció a modo de reflexión final.