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La justicia francesa valida la prohibición del «burkini» en Córcega por riesgo de alteraciones al orden público

Un tribunal ha validado el decreto de un municipio de la isla de Córcega que veta en sus playas dicha vestimenta y «cualquier traje de baño contrario a las buenas costumbres y al laicismo»

Un tribunal ha validado el decreto de un municipio de la isla de Córcega que prohíbe en sus playas el burkini y «cualquier traje de baño contrario a las buenas costumbres y al laicismo», al considerar que la medida se justifica por el riesgo demostrado de alteraciones del orden público.

El Tribunal Administrativo de Bastia dictaminó por el procedimiento de urgencia contra una demanda de la Liga de Derechos Humanos (LDH), que pedía anular el decreto del alcalde socialista de Sisco, Ange-Pierre Vivoni, que proscribía el burkini en las playas como lo han hecho otras localidades, sobre todo en la Costa Azul.

El tribunal hizo hincapié en que esta decisión se ajusta a un pronunciamiento del Consejo de Estado (máximo órgano de la justicia administrativa) que sentó jurisprudencia, en el que anuló otra disposición municipal que prohibía la prenda en Villeneuve-Loubet.

En el caso de Sisco, los jueces legitimaron el decreto de Vivoni al tener en cuenta los altercados violentos del pasado 13 de agosto entre una familia de origen magrebí y habitantes de ese pueblo corso, que provocó varios heridos.

De acuerdo con su análisis, «la presencia en una playa de Sisco de una mujer que llevara uno de esos trajes de baño» podría «generar riesgos evidentespara el orden público que corresponde al alcalde prevenir».

Vivoni, en declaraciones al canal «BFM TV», se mostró aliviado por la decisión judicial e insistió en que había redactado su decreto «para calmar los ánimos» porque había percibido «efervescencia» en su pueblo.

El primer edil, que dijo no saber lo que era un «burkini» hasta que se produjo la algarada, insistió en que su pueblo sigue siendo «un polvorín».

En su decreto no se hace explícitamente alusión al «burkini», sino que se impide «el acceso a las playas y al baño a toda persona que no lleve una vestimenta correcta, respetuosa con las buenas costumbres y el laicismo, así como bañarse con vestidos que tengan una connotación contraria a esos principios».

Los tribunales que se pronunciaron después del dictamen del Consejo de Estado habían anulado hasta ahora todas las órdenes municipales de prohibición, al estimar que no se puede limitar la libertad con el argumento de que el orden público está amenazado mientras eso no pueda demostrarse.

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