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La Junta matiza que la ley andaluza sobre muerte digna no será “de eutanasia”

Cambios en la Ley para evitar conflictos y dilaciones para los enfermos

Para evitar las complejas batallas que se han establecido en casos sobre el derecho del paciente a una muerte digna, y evitar así la dilatación de decisiones o simplemente la negativa médica, la futura ley andaluza de muerte digna pretende introducir unos cambios en el inicial anteproyecto que permitan ahorrará esa lucha al paciente.

El subdirector general de Calidad de la Consejería de Salud de la Junta, Rafael Carretero ha afirmado que la ley ya ha recibido el informe favorable del Consejo Consultivo, y que no es una ley “de la eutanasia". Ha adelantado que comenzará su tramitación en el Parlamento andaluz aproximadamente en un mes y cree que "no ha habido una normativa con este rango que haya tenido un procedimiento tan transparente".

Objetivo: la dignidad
Para Carretero, el objetivo de la futura Ley es "proteger la dignidad de las personas en el proceso de la muerte; asegurar la autonomía del paciente y el respeto de su voluntad, para lo que se amplían y se hacen más accesibles las voluntades anticipadas o testamento vital; y clarificar los deberes de los profesionales sanitarios".
En en este sentio, el diario El País publica hoy que el artículo 20 del anteproyecto de ley de muerte digna contempla la limitación del esfuerzo terapéutico como una obligación del médico cuando considere que el tratamiento no va a servir para nada. El apartado tres de dicho artículo preveía la intervención de un comité de ética para asesorar al médico si el paciente o su familia insisten en pedir que le alargue la vida.

Ir a tribunales
Tras leer el dictamen que redactó el Consejo Consultivo sobre el borrador de la ley, la Consejería de Salud ha eliminado ese apartado. Como ocurre con cualquier otra norma, si el enfermo o su familia no están de acuerdo con que los médicos retiren (o no inicien) un tratamiento, podrán ir a los tribunales.

Responsabilidades
Prosigue el diario de Prisa, añadiendo que fuentes de la Consejería de Salud que dirige María Jesús Montero -foto- señalan que la intervención del comité ético (del que por ley dispondrán todos los centros sanitarios) se había contemplado como un mecanismo de salvaguarda. Pero al Consejo Consultivo, según recogió en su informe, la lectura del artículo 20 le provocó "inquietud" por entender que dejaba toda la responsabilidad en manos de los médicos. "Si se produjera la retirada de un soporte vital en contra de la decisión del enfermo o de sus familiares, el facultativo actuante podría estar incurriendo en una responsabilidad penal grave", advertía el dictamen.

El resto se mantiene
Los otros tres apartados de este artículo se mantendrán prácticamente igual. Es decir, el médico "limitará" las medidas de soporte vital cuando la situación del paciente lo aconseje. Antes, tendrá que justificar su decisión y recabar la opinión de "al menos" otros dos profesionales. Una vez informado el paciente, los médicos están obligados a ofrecerle "todas las intervenciones necesarias" para garantizar su "cuidado y confort".

Comités de ética
La ley no va a incluir de forma explícita la posibilidad de recurrir a los tribunales si el paciente o su familia discrepan del médico. Pero fuentes de Salud consideran que esta opción se da por hecho, como ocurre en cualquier caso de conflicto. De cualquier forma, los comités de ética existirán en todos los centros y los médicos pueden pedir su valoración antes de decidir retirar un tratamiento.

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