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La Junta estudia recurrir el fallo que permite la segregación en las aulas

La Junta de Andalucía está estudiando si recurre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha anulado las diez órdenes de 2009 a través de las que la Consejería de Educación intentó obligar a otros tantos colegios e institutos concertados a admitir alumnos de ambos sexos en el plazo de un curso. La sentencia, fechada el 16 de febrero, da la razón a la Federación Andaluza de Centros de Enseñanza Privada (Cece), que ha defendido los intereses de esta decena de centros, la gran mayoría vinculados al Opus Dei.

“Los valores constitucionales de igualdad no deben estar ajenos al sistema educativo y, mucho menos, al que se sostiene con los impuestos de todos los ciudadanos”, ha afirmado este miércoles en Jaén el consejero de Educación, Francisco Álvarez de la Chica. El consejero, en unas declaraciones recogidas por Efe, ha indicado que no es razonable que después de todos estos años de democracia siga habiendo centros educativos donde se siga segregando. Pero “mientras la Ley no nos dé el amparo suficiente, seguiremos trabajando para que haya marcos normativos que no permitan que con el dinero de todos los ciudadanos se pueda separar a los niños y a las niñas”. Por su parte, la consejera de la Presidencia y exconsejera de Educación, Mar Moreno, ha señalado que la Junta “va a seguir buscando vías para que el dinero público en materia de educación se gaste en colegios de enseñanza mixta”.

El Gobierno andaluz lleva más de una década intentando dejar de financiar a los colegios e institutos que separan a los alumnos por sexos en las aulas. El primer intento data de 1999, cuando la consejería publicó otra orden que impedía la segregación y que también fue anulada por el TSJA, en 2006. Tras la entrada en vigor ese mismo año de la Ley Orgánica de Educación (LOE), donde se recoge que en las clases no puede darse “discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición”, la Junta lo volvió a intentar. Educación cambió en 2009 la orden de conciertos con los centros privados e incluyó la obligación de que se escolaricen alumnos de ambos sexos. Para desarrollar esta norma, la consejería concedió un curso de plazo a los 12 concertados que todavía separan para que se adaptaran. Estos conciertos condicionados por un año son los que ha anulado ahora el TSJA.

Los magistrados no entran en el fondo del asunto, algo que hubiera resultado complicado. Se limitan a señalar la inexistencia de una base legal para poder conceder esos conciertos condicionados.

Sobre el fondo del asunto —es decir, sobre si las Administraciones pueden imponer que con dinero público no se financie a colegios que segregan— ya se pronunció en 2008 el Tribunal Supremo. Este órgano dio la razón en 2008 al Gobierno de Castilla-La Mancha, que en 2004 vio como su norma para evitar la segregación era recurrida con éxito también por Cece. El superior de esta comunidad dio la razón a la patronal católica. Pero el Supremo anuló luego esa sentencia.

Patio de recreo del colegio Altair de Sevilla. / ALEJANDRO RUESGA

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