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La Junta de Castilla y León discrimina a los alumnos de infantil que no optan por la asignatura de religión

No establecerá una asignatura alternativa a religión

El Boletín Oficial de Castilla y León del pasado 12 de mayo, publicó la Orden EDU/721/2008 de 5 de Mayo por la que se regula la implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil (alumnos de 3 a 6 años) en la Comunidad de Castilla y León para el próximo curso. Su Disposición Adicional Segunda establece que las enseñanzas de religión se ofertarán en todos los cursos del segundo ciclo (1º, 2º y 3º) de la Educación Infantil, es decir que todos los centros estarán obligados a ofertar a los padres la posibilidad de que sus hijos cursen la asignatura de religión en el próximo curso. Sin embargo dicha disposición no establece una asignatura alternativa para los alumnos cuyos padres opten porque sus hijos no acudan a la asignatura de religión.

En un comunicado de prensa hecho público esta mañana, el Partido Comunista de Salamanca (PCE) ha reaccionado denunciando que dicha Orden únicamente establece que los centros educativos desarrollarán las medidas necesarias para que estos alumnos que no acudan a religión, reciban la debida atención educativa, pero se prohíbe que estas medidas consistan en el aprendizaje o refuerzo del contenido de las materias del mencionado ciclo de educación infantil. Es decir, tendrán prohibido recibir de sus profesores enseñanzas de lenguaje, idioma extranjero, habilidades en autonomía personal o de otra área comprendida en el segundo ciclo de Educación Infantil mientras sus compañeros reciben religión.

Para los comunistas esta medida implica "una evidente discriminación para los alumnos cuyos padres no opten por la asignatura de religión, ya que los mismos, mientras sus compañeros reciben la enseñanza religiosa, tendrán vedado incluso reforzar los conocimientos que van adquiriendo en este ciclo educativo ya que dicha orden lo prohíbe expresamente con la intención de que estos alumnos no adquieran conocimiento alguno mientras sus compañeros reciban la asignatura religiosa". Para el Partido Comunista de Salamanca (PCE) esta prohibición a la existencia de lo que debería ser la alternativa a la religión en las escuelas de infantil, incluso la "prohibición a que se refuerce a los alumnos que no dan religión en los conocimientos y habilidades contenidos en este ciclo educativo, no es mas que una medida de la Junta de Castilla y León orquestada con la finalidad de que los padres opten por la asignatura de religión ante la posibilidad de que sus hijos durante ese tiempo no reciban ningún estímulo formativo en las aulas y deban suspender su actividad formativa durante el tiempo que sus compañeros dedican a la formación religiosa".

En su comunicado, los comunistas concluyen que el hecho de que la Junta de Castilla y León no obligue a los centros a establecer una alternativa a la asignatura de religión para los alumnos de infantil, se enmarca dentro de la "campaña del Partido Popular de fomentar la "evangelización" de los alumnos, desde la más temprana edad, evitando que los padres tengan realmente una opción educativa a la enseñanza religiosa y con ello discriminar a los alumnos que no optan por la religión".

Por este motivo, el PCE-Salamanca ha exigido que la enseñanza de religión, sea de la confesión que sea, esté fuera de las escuelas públicas y se enmarque en el ámbito familiar, ya que consideran que "la enseñanza religiosa debe formar parte exclusivamente de la formación que los padres den a sus hijos, pero fuera del sistema educativo, ya que dentro de éste dificulta la formación en igualdad de condiciones del conjunto del alumnado".

Por último, los comunistas consideran que la Junta de Castilla y León está "adoptando todas las medidas que están en su mano para dificultar que los padres puedan adoptar libremente la decisión de que sus hijos no reciban religión en las escuelas, como es en este caso, no estableciendo una asignatura alternativa a la religión que haga que los alumnos saquen el mayor rendimiento a las horas lectivas establecidas en los ciclos de la educación reglada".

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