En una nota de prensa remitida a Europa Press, la UGR explicó que los delitos juzgados por el inquisidor en sus visitas al Reino de Granada cubrían un amplio abanico que comprendía, además de las tres heterodoxias de judaizantes, mahometanos y luteranos, un complejo programa contra la moral y las buenas costumbres, aunque a partir de las reformas del inquisidor Valdés en la visita sólo podían juzgarse "delitos livianos" que se castigaban sobre la marcha, con penas de multas, azotes o, en el peor de los casos, cortos destierros.
Más tarde, en la segunda mitad del siglo XVI, las cuestiones prioritarias de estos delitos "livianos" eran tres: desviaciones dogmáticas respecto de la Eucaristía y la Virginidad de María, represión y castigo de aquellos que usan mal el matrimonio, y el desarraigo de toda gama de fórmulas "supersticiosa y hechiceriles", aunque también las blasfemias de contenido herético y las palabras malsonantes o escandalosas con sospecha de heterodoxia, según relata en su obra García Fuentes.
En este sentido, 'Visitas de la Inquisición al Reino de Granada' supone un trabajo de investigación que determina que las penas impuestas in situ por los inquisidores granadinos, "estuvieron en consonancia con los delitos que, según la normativa de la Suprema, podían imponer.
De los 1.495 encausados en las visitas al Reino de Granada, entre los años 1660 y 1620, fueron penitenciados 499, aunque por delitos menores: en las dos primeras vistas 253 moriscos con pena pecuniaria por "ceremonias de moros". El resto de los encausados sólo fue testificado. Así, la pena más frecuente que los inquisidores granadinos solían imponer en su peregrinar por le Reino de Granada eran "multas, algún que otro destierro, penas espirituales, algunos azotes, reprehendidos y suspensos", según explicó.
Entre los delitos más habituales encausados en las visitas de los inquisidores, cabe señalar el mahometismo, la blasfemia, las "proposiciones" o la hechicería.