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La Igualdad Religiosa en el Perú

Días antes para que se vaya el dictador Morales Bermúdez, julio del 80, firmó y publicó un Acuerdo entre el Vaticano y el Perú, que nunca fue ratificado por el Congreso, totalmente lesivo para nuestro país, en lo económico, mas no en lo religioso, eso es sagrado, que en resumen, es un régimen de subvenciones estatales directas, exoneraciones y beneficios tributarios, asistencia dentro de las entidades públicas y participación exclusiva en la educación pública.

En el 2002 se publicó el Concordato Perú-Vaticano, del cual se puede extraer lo siguiente:

El gobierno peruano se compromete a pagar sueldos, pensiones y jubilaciones a través del Ministerio de Justicia.

Todo personal que trabaja para la iglesia pasa por planilla. Se subvencionará a la jerarquía eclesiástica y a su personal civil en sus gastos a través de una planilla. El cardenal, arzobispos y obispos tienen trato preferencial.

Se subvencionará el gasto que ocasionen las diócesis, arquidiócesis, prelaturas, seminarios, conferencias, etc. Todo evento distrital, regional o nacional lo paga el gobierno.

El gobierno financia todos los centros de bien social que programe o maneje la iglesia (clínicas, hospitales, centros de cuidados, etc.)

Se exime de todo tributo a la iglesia católica, no pagan IGV, impuestos prediales, impuesto a la renta, impuesto selectivo al consumo, no pagan ningún impuesto.

Según tengo entendido que toda misa, rezo, paraliturgia, bendiciones y bautizos hay que pagar, o sea ganan doble, uno por el Estado y otro por los devotos.

Es obvio que estas ventajas son discriminatorias frente a la posición de las demás religiones, que no tienen el status jurídico de la iglesia católica. Va contra la Constitución y los derechos a la libertad y a la igualdad y constituye una violación de los derechos de los demás; toda vez que, el Estado es pluralista y debe reconocer a todas las religiones en término de igualdad. No puede consagrar al mismo tiempo una iglesia oficial o darle preeminencia a alguna de ellas excluyendo a las demás confesiones.

Existen tres parámetros que nos dicen lo que es un Estado laico y que se convierten en reglas aplicadas y en una seguridad jurídica para la invulnerabilidad del Estado laico: 1) el Estado no tiene religión oficial; 2) hay igualdad religiosa ante el Estado; y, 3) el Estado debe ser neutral ante las confesiones religiosas, es decir, no puede favorecer o discriminar a ninguna.

El 1 de julio del 2009, la Comisión de Constitución aprobó la creación de una ley que regule la Libertad y la Igualdad Religiosa en el Perú, la cual deberá ser debatida y votada por el Pleno del Congreso.

Se estima en más de 1,250 millones dólares anuales lo que el Perú da a la iglesia católica. Desde 1985 la religión católica dejó de ser la religión oficial en Italia.

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