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La futura ley que supuestamente protegerá a informantes viene plagada de amenazas a periodistas, ‘hackers’ y denunciantes

El Ministerio de Justicia ha redactado un anteproyecto de ley para proteger a los alertadores de corrupción que, sin embargo, recorta el necesario anonimato del denunciante. Además, establece condiciones tan estrictas para el informante que no ampararía una filtración a un medio de comunicación.

El Congreso de los Diputados va a tener que trabajar duro si realmente quiere apoyar una ley de informantes de corrupción en consonancia con la Directiva de la UE 2019/1937: El texto del anteproyecto, publicado el 8 de marzo y para el que sólo ha habido nueve días de consulta abierta, deja una serie de limitaciones a la revelación pública de prácticas ilícitas que, según su redacción, parecen proteger más al corrupto que al denunciante.

Porque, para empezar, la norma obvia un requisito imprescindible para que realmente se protejan a los informantes de corrupción: no exime de responsabilidad penal a quien obtenga información fuera de su ámbito laboral. Por esta regla, casos como las Tarjetas Black, Gürtel o Falciani, entre otros, nunca podrían verse amparados por esta normativa, destaca el colectivo ciudadano Xnet.

Como ha dicho en muchas ocasiones el director legal de la Plataforma por la Libertad de Información (PLI), el letrado Carlos Sánchez Almeida, sin una eximente en el delito de revelación de secretos (CP 197 y ss), en España “no solo se criminalizará a quien obtiene el secreto, sino que el vigente artículo 197.3 del Código Penal castiga también con penas de uno a tres años y multa al que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, difunda dichos secretos“.

El texto contiene “gravísimos ataques a la libertad de información y a la gobernanza democrática” y requiere de enmiendas en su tramitación parlamentaria para solventarlos, según Xnet, que ha seguido de cerca el procedimiento hasta el punto de conseguir introducir una propuesta a través de varios diputados independientes.

Demasiadas restricciones

Por ejemplo, para que la Ley sea suficientemente garantista, es de vital importancia no restringir o reducir el ámbito de su protección a “infracciones normativas”, tal y como reza el título del anteproyecto; pero existen otras situaciones que tiene que recoger, tales como “malas prácticas, abusos, irregularidades, mala gestión, fraude, amenazas, etc.”.”Casi todos los alertadores han denunciado a través de organizaciones y medios”

Además, sólo protege a los informantes y a su ámbito laboral y/o familiar, lo que deja fuera a organizaciones de la sociedad civil y a periodistas que han sido claves para destapar los mayores escándalos en los últimos años, como ha sucedido en el caso de Luxleaks, “en el que el periodista ha sufrido la misma condena que el informante”, recuerda Xnet.

“Casi todos los alertadores han denunciado a través de organizaciones y medios, y ha sido precisamente la fuerza de la opinión pública la que hacen cambiar las cosas”, apunta Simona Levi, portavoz de Xnet, en conversación telefónica con Público.

¿Anonimato?

Asimismo, la norma obliga a utilizar unos determinados canales de denuncia de corrupción; concretamente, nuevo organismo público llamado Autoridad Independiente de Protección del Informante. Xnet lleva tiempo “denunciando que muchos canales institucionales se anuncian con características que no se cumplen, como la de preservar el anonimato de las fuentes, lo que pone en peligro la seguridad de las personas que informan; por ejemplo, rastreando su IP”.

“Nosotros vemos que este planteamiento ataca la libertad de información, al dificultar a los informadores que se apoyen en organizaciones o periodistas para sacar temas a la luz de la opinión pública”, comenta a Público Levi, que añade: “Al obligar a pasar primero por los cauces institucionales, si la fuente no lo ha hecho, no tiene derecho al amparo de esta norma”.

? Xnet denuncia grave ataque a la libertad de información y a la gobernanza democrática en el Anteproyecto de Ley de protección de #informantes #alertadores #whistleblowers del @justiciagob y pide a periodistas y ONGs firmeza para que se enmiende.
Hilo?https://t.co/ALpDhAUWYD— Xnet (@X_net_) March 17, 2022

Otros supuestos pobremente resueltos para proteger al informante quedan recogidos en el artículo 18 de este anteproyecto de ley, que se refiere al “canal externo de comunicaciones” de casos de corrupción; la necesidad de que la información haya sido obtenida por medios que puede afectar directamente a los llamados ‘hackers éticos’, fundamentales para destapar malas prácticas o corruptelas que sólo pueden salir a la luz saltándose alguna norma o sistema de seguridad.

El texto dice que si “a juicio de la Autoridad Independiente de Protección del Informante hay indicios racionales de haberse obtenido de forma ilícita […] y siempre que el acceso pudiera ser constitutivo de un delito no perseguible de oficio [como el de revelación de secretos], además de la inadmisión se deducirá el tanto de culpa o se remitirá al Ministerio Fiscal relación circunstanciada de los hechos que se estimen constitutivos de delito”. Es decir: el sospechoso pasa a ser el informante.

Más ‘mordazas’

Otro ejemplo es el artículo 28, en el que se establecen con carácter general las condiciones para que un informante reciba amparo como tal. Según Xnet , supone una auténtica mordaza para quienes denuncian y quienes informan de ello ya que exige haber pasado por los cauces internos y externos de denuncia, o bien que las circunstancias sean tan graves (literalmete, “un peligro inminente o manifiesto para el interés público, en particular cuando se da una situación de emergencia, o existe un riesgo de daños irreversibles, incluido un peligro para la integridad física de una persona”) que no haya otra forma de denunciar.

También impone que, para aceptar la denuncia, ha de existir “un elevado riesgo de represalias o haya pocas probabilidades de que se dé un tratamiento efectivo a la información debido a las circunstancias particulares del caso”, aspecto que podría impedir a los informantes acudir a los medios si no están seguros del impacto de su revelación de corrupción, por muy grave que sea.

En definitiva, apunta Levi, “impedir el trabajo de los periodistas y debilitar el secreto de sus fuentes (un derecho expresamente recogido en el artículo 20 de la Constitución) es un retroceso democrático muy grave”, por lo que desde este colectivo piden a los grupos políticos que enmienden el texto en el Congreso y que escuchen a los ciudadanos.

Texto íntegro del Anteproye… by Público.es

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