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La Fiscalía rechaza la demanda contra el manual de Ciudadanía

El Ministerio público descarta que el libro de McGraw-Hill sea adoctrinador

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha solicitado que se desestime la demanda que presentó la familia Flores Cano, de Bollullos Par del Condado (Huelva), contra el manual de Educación para la Ciudadanía de la editorial McGraw-Hill. La fiscal Ana María Hermosa descarta que este libro tenga "carácter adoctrinador".

La sala tercera del TSJA decidió admitir a trámite el recurso de esta familia el pasado mes de junio. La Fiscalía pidió entonces que se rechazaran las medidas cautelares que solicitaba esta familia, que pedía que su hijo dejara de asistir a clase. Ya entonces la fiscal afirmaba que, "en una primera aproximación", el manual no suprimía "en modo alguno el debate que resulta necesario para no limitar o solapar nuestras propias convicciones".

Tras estudiar el libro, la Fiscalía se reafirma en esta idea y ha pedido el archivo de la demanda. Hermosa sostiene que el "hecho de que la familia profese una determinada creencia religiosa y sostenga unas profundas convicciones morales, no es argumento sólido para considerar que la enseñanza de aquellos valores o convicciones morales propias de una sociedad pluralista, que no vayan en la línea con las que reconocen los demandantes como verdaderas y que respeten los principios constitucionales, supongan una vulneración del derecho de los padres a formar a sus hijos".

La familia de Bollullos, antes de asistir a la vía judicial, presentó una reclamación ante la Delegación provincial de Educación en Huelva. La Inspección abrió un expediente, en el que se concluyó también que el manual no era adoctrinador. Además, se señalaba que la familia sacaba de contexto determinados pasajes, por lo que la Consejería de Educación rechazó la queja de estos padres. La fiscal incide en su escrito en este asunto: "Los demandantes han sacado de contexto de cada unidad didáctica una serie de reflexiones de forma aislada, pudiendo inducir a error o dudas en torno a su alcance".

Hermosa, que considera que el temario del manual se ajusta a la legislación vigente, incide en la importancia del profesor a la hora de desarrollar el temario y en su autonomía en la planificación o simplificación de su contenido. "Ninguna prueba aportan los recurrentes para afirmar, como lo hacen, que los temas que tratan aspectos con una fuerte carga moral, por ser los primeros del temario, guardan una relación de primacía respecto de los que versan sobre principios democráticos y derechos fundamentales". También destaca: "Prácticamente ninguna asignatura es inocua porque en todas se transmite la visión de una persona y su proyección en el mundo que la circunda […] y no por ello consideramos que lo que se pretende es adoctrinar".

La familia Flores Cano denunció que ocho unidades didácticas del manual lo hacían y además revelaban la ideología del autor. Demandaban una discusión en los temas: la visión historicista del ser humano, la dimensión humana de la sexualidad (que consideraban con una visión reduccionista de la sexualidad y de la homosexualidad), las relaciones humanas y la familia, el tratamiento de los derechos humanos y la diversidad cultural, la relación hombre mujer y las cuestiones políticas.

La fiscal recuerda en su resolución los fundamentos jurídicos del Tribunal Supremo respecto a la asignatura: "Está en la obligación del alumnado, en tanto menores de 16 años, de asistir a clase y de superar, como ocurre con las demás asignaturas, los contenidos mínimos que son exigibles".

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