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La Corte Suprema de Argentna convoca audiencia por la educación religiosa en escuelas públicas de Salta

La Corte convocó a una audiencia pública el 16 de agosto. Es en el marco de un amparo colectivo contra la obligatoriedad de la enseñanza religiosa en los colegios, avalada por la justicia salteña

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó hoy a una audiencia pública, que se realizará el próximo 16 de agosto, a raíz de la causa abierta contra la obligatoriedad de la enseñanza religiosa que rige en las escuelas públicas primarias de la provincia de Salta.

La audiencia, que será pública e informativa, habilita la participación de “Amigos del Tribunal” en el marco del proceso colectivo iniciado a partir de un amparo colectivo iniciado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y un grupo de madres y padres salteños contra el Estado Provincial, con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de la ley que impone la religión católica como enseñanza obligatoria en las escuelas públicas.

La normativa salteña dispone por ley en 2008 que la enseñanza religiosa integre los planes de estudio y que se imparta dentro del horario de clase, y en 2013 fue declarada constitucional por la Corte de Justicia de Salta, la que a su vez y como recaudo plantea la implementación de un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica.

La organización y los padres que se oponen a esta práctica recurrieron a la Corte Suprema de la Nación alegando que la educación religiosa en la escuela pública durante el horario escolar y como parte del plan de estudios, trae aparejadas prácticas que lesionan los derechos constitucionales a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad.

Destacan que la normativa salteña “genera una fuerte estigmatización de los estudiantes que no profesan la fe católica, ya que son excluidos de la enseñanza curricular” y advierten y añaden que “tal situación atenta contra la libertad religiosa, tanto para quienes profesan otras religiones como para quienes no profesan ninguna”.

En marzo pasado, el procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Víctor Abramovich, consideró que la educación religiosa que se dicta en las escuelas estatales primarias de Salta es discriminatoria y lesiona la libertad de culto.

Sostuvo que “se encuentra acreditado que mientras los alumnos católicos reciben educación religiosa de acuerdo con sus propias convicciones, los alumnos no católicos son instruidos en una religión en contra de sus convicciones, y los pocos que deciden no participar no reciben una instrucción académica alternativa. Para más, el hecho de que algunos niños y niñas sean señalados como ”no creyentes” en el boletín de calificaciones, configura un elemento de coacción, estigmatización y discriminación”.

El funcionario se expidió sobre el tema al emitir un dictamen en el amparo que había iniciado el grupo de padres en 2010 y dictaminó su inconstitucionalidad tras aconsejar que se ordene su cese; finalmente hoy la Corte Suprema de Justicia convocó a la audiencia pública para luego definir el caso.

En este marco, la ADC se mostró esperanzada en que “el fallo de la Corte Suprema garantice las libertades consagradas en la Constitución Nacional, en particular, la de una educación libre y respetuosa de las diversidades que conforman y enriquecen a la sociedad argentina”, destacaron en su página web.

Esta organización, que a su vez lleva adelante diferentes acciones en defensa de los derechos civiles y sociales, recordó que una de las características fundamentales que adquiere la tradición de la educación en el país, tras la sanción en 1884 de la Ley 1420 (de educación común, gratuita y obligatoria), es la de la ‘neutralidad religiosa’.

Y en todo caso, cada religión podría ser enseñada por fuera de la currícula y del horario escolar, y de manera no obligatoria.

Informe de Elisa Zamora.

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