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La acusación quiere saber si los ‘romanones’ donaron dinero al Arzobispado

¿Recibió el Arzobispado de Granada alguna contribución económica o donación del grupo de los romanones o de alguno de sus miembros? El último escrito de la acusación particular dirigido al Juzgado que investiga los hechos abre numerosos interrogantes. Este es uno de ellos. El poderío económico de los curas, el potente patrimonio de algunos de sus componentes y el hecho de que estén inscritos a nombre del líder del grupo y los dos albaceas los inmuebles que la rica farmacéutica de Órgiva dejó para los pobres –desvelado por andalucesdiario.es- apuntan que ha podido haber alguna relación económica entre el prelado granadino y el clan de los ‘romanones’.

La acusación particular quiere disipar dudas. Por ello, ha pedido al Juzgado de Instrucción número 4, que investiga el caso de los supuestos abusos sexuales, nuevas pruebas documentales. Así, reclama que el juez requiera al arzobispo, Javier Martínez, para que aclare si ha habido contribuciones, donaciones o aportaciones económicas de la asociación de sacerdotes o alguno de ellos “al Arzobispado de Granada o a cualquier entidad o persona dependiente del mismo”. También reclama que explicite las visitas pastorales y reuniones mantenidas por el arzobispo, Javier Martínez, desde que tomó posesión de la diócesis, en junio de 2003, hasta la fecha con el grupo de sacerdotes.

QUEJAS SOBRE LOS SACERDOTES

El abogado del denunciante principal reclama al Juzgado que solicite pruebas documentales a la Congregación para la Doctrina de la Fe de la Santa Sede, al Arzobispado de Granada y a la Conferencia Episcopal. Entre las pruebas que pide, hay una que llama especialmente la atención. El letrado del denunciante principal del caso solicita al juez “que se requiera a la Santa Sede Apostólica, Congregación para la Doctrina de la Fe, para que remita” al Juzgado “copia íntegra de las actuaciones canónicas y de todo lo actuado en la jurisdicción eclesiástica… que consten en sus archivos o que hayan sido enviadas por el Arzobispado de Granada”.

También pide copia de de quejas, denuncias o reclamaciones de cualquier tipo que se hubiesen podido recibir respecto de los diez sacerdotes denunciados desde que fueron ordenados: Román Martínez Velázquez de Castro, Francisco José Campos Martínez, Manuel Morales Morales, Manuel Jiménez Jiménez, Manuel Quintana Muñoz, Juan Carlos Moreno Muñoz, Ángel Moreno Muñoz, José Jorge Nieto García, José Gabriel Flores Flores, y Vicente Rodríguez Rodríguez.

RASTREO INTERNACIONAL

“Deberá tenerse en cuenta que alguno de ellos”, dice el escrito, refiriéndose al líder del grupo, que “ha ejercido su ministerio sacerdotal”, además de en la archidiócesis de Granada, en la República Italiana, en la República Argentina (O´Higgins, Archidiócesis de Buenos Aires) y durante dos años en el Reino de Bélgica. Para ello, considera que el Juzgado debe dirigir un oficio a la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, del Ministerio de y “haga llegar a la Nunciatura Apostólica en Madrid, con el fin de que, en el ámbito de la cooperación jurídica internacional, la Santa Sede Apostólica (Congregación para la Doctrina de la Fe)”, remita al Juzgado la documentación.

La acusación solicita, además, que el instructor requiera al arzobispo de Granada, “con los apercibimientos que sean de rigor, visto el reiterado incumplimiento por el mismo de lo ordenado en reiteradas resoluciones judiciales” para que remita al Juzgado una copia de todo lo actuado en la jurisdicción eclesiástica y para que certifique o informe si consta en el Arzobispado que los sacerdotes del grupo solicitaron el reconocimiento eclesiástico de la asociación, fraternidad o hermandad sacerdotal y de fieles “que de hecho han tenido constituida al menos en los últimos diez años y quejas, reclamaciones o denuncias “referidas al modo de proceder de dicha asociación o fraternidad.

EL PROTOCOLO DE LA IGLESIA

Por último, solicita al instructor que envíe un oficio a la Conferencia Episcopal Española “para que remita copia del “Protocolo (reservado) de Actuación según la Legislación del Estado” sobre la forma de proceder en los casos que se puedan presentar respecto de clérigos, religiosos u “otras personas que trabajan en la pastoral de la Iglesia Católica y que impliquen agresiones o abusos sexuales a menores o posesión de pornografía infantil, entre otros supuestos y que informe si dicho Protocolo de Actuación es de obligado cumplimiento en todas las diócesis españolas y si se halla en vigor en la actualidad.

En la petición de nuevas pruebas documentales, la acusación particular alude a los requerimientos realizados por el Juzgado al arzobispo para que remitiera copia de las actuaciones canónicas que supuestamente practicó. Esos documentos no fueron aportados por Javier Martínez, algo que puede constatarse en el sumario y que, para la acusación particular, justifica la solicitud de cooperación internacional a la Santa Sede como el requerimiento judicial a la Conferencia Episcopal Española y nuevamente al propio arzobispo.

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