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Intervención de la Alianza contra el Conformismo (Alemania)

Ponencia presentada en la Jornada Laicista de Talavera, 2006

Estimados señores y señoras, queridos amigos, 
 
¡Ni una peseta a la iglesia! : fieles a este principio quisiéramos aquí no sólo agradecerle a la Asociación Europa Laica sino también informaros una vez más, como ya lo hemos hecho en Granada, sobre nuestro éxito parcial en el “Caso Dr. Nittmann” y sobre el significado internacional de este caso, hoy en día pendiente ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo. Éxito que se debe, entre otras cosas, a vuestras firmas de protesta, queridos amigos: desde el primero de enero del 2005 no se les descuenta el impuesto eclesiástico a los desempleados sin confesión. 
¿Es esto un regalo del cielo? ¿Es fruto de una meditación del Gobierno Federal de Alemania sobre el cumplimiento de la Constitución en el artículo 3 (Principio de Igualdad), el artículo 4 (Libertad de Religión) así como el artículo 33 (Principio de la Neutralidad del Estado)? ¡Seguro que no! ¡Más liviano trabajo es pasar un elefante por el ojo de una aguja!!! 
 
¿Qué había sucedido hasta ahora con el Estado saqueador alemán por orden de la iglesia? 
Antes de informaros a continuación a todo lo que consiguieron vuestras firmas de protesta en el Caso Dr. Nittmann, deberíamos hacer una breve retrospectiva de los hechos para una mejor comprensión:  
Dr. Nittmann hacía 25 años que no era miembro de la iglesia. En el 2001 perdió su empleo de 17 años como lector de editorial. Al recibir su subsidio de desempleo tuvo que darse cuenta de que le estaban descontando el impuesto eclesiástico forzosamente. Así que presentó una demanda contra esta injusticia anticonstitucional, basada en el Concordato de Hitler.  
 
El Caso Dr. Nittmann, un término conocido mientras tanto en el ámbito nacional como internacional, fue publicado por nosotros, la Alianza contra el Conformismo, hace 5 años contra el silencio de hierro de la prensa. Pues decenas de miles demandas fueron anteriormente rechazadas por la justicia alemana o retrasadas hasta que la capacidad de resistencia de las víctimas que en su mayoría actuaban aisladas se fatigó. De esta forma el Tribunal Constitucional Federal hizo desaparecer en un cajón, por no menos de 10 años, el primero caso de este tipo sobre el cual tuvo que pronunciarse.  
 
Después de haber informado sobre el “Caso Dr. Nittmann” en toda la nación a través de octavillas y de nuestra revista KETZERBRIEFE (Cartas heréticas), la prensa se vio obligada a publicar de forma tardía e incompleta las informaciones hasta el momento calladas, siguiendo el cálculo evidente de que: las noticias se dan a conocer a través y sólo a través de la prensa. Un ejemplo: después de publicar por primera vez en nuestras octavillas el porciento de la cantidad real de miembros de la iglesia, o sea, que la parte de estos miembros perteneciente a la población trabajadora anda sólo por el 57 % (según 1999) que no es la mayoría preponderante, como se sostenía permanentemente de la parte de los tribunales, no se pudo ocultar más esta noticia. De otra forma habría estado en peligro un bien, el cual es por lo visto más altamente estimado que la supresión selectiva de hechos indeseados: y es la creencia en la prensa libre e independiente.  
Mientras más conocido se hizo el “Caso Dr. Nittmann”, más grande aún fue la publicidad en forma de cartas de protesta que llegaban al tribunal, provenientes tanto del territorio nacional como internacional, de España, Italia, Francia, Inglaterra, República Eslovaca, India, EEUU, Canadá, Australia, Nepal, Japón, Corea del sur, etcétera. Y más obligado se vio el gobierno entonces a “reaccionar”. Todos vosotros habéis contribuido con vuestras firmas de protesta, que llegaron al Tribunal de lo Social en Stuttgart y a la Cancillería federal después del Encuentro por la Laicidad en Barcelona y Albacete, a que nosotros hayamos podido lograr un primer triunfo en este asunto. A partir del 1 de enero del 2005 el gobierno federal eliminó el descuento obligatorio del impuesto eclesiástico del subsidio de desempleo a los desempleados sin confesión, cosa que se estuvo realizando durante un largo período de 30 años callada y secretamente.¡Ni una peseta a la iglesia!! 
 
Mientras que, debido a la creciente publicidad se tuvo que acudir al susodicho “premio”, en el procedimiento judicial del Dr. Nittmann sólo existía el castigo.¡El día en que el gobierno federal divulgó a través de las agencias de noticias el comunicado sobre la abolición del descuento del impuesto eclesiástico a los desempleados, el tribunal de lo Social de Baden-Wurtemberg en Stuttgart rechazó la apelación del Dr. Nittmann! Es cierto que el gobierno, debido a la gran protesta internacional, estaba obligado a pronunciarse por primera vez en un proyecto de ley sobre el descuento forzoso del impuesto eclesiástico a los desempleados sin confesión, pero naturalmente sus explicaciones se redujeron a la “razón” de mal gusto de que el impuesto eclesiástico forzoso era de por sí legal (desde el Concordato de Hitler legislación válida. A propósito, con esto el Vaticano fue el primer estado que reconoció Hitler), pero precisamente ahora había llegado el momento, en el que la dudosa “mayoría predominante” no existiría más y, ¡ay, ay, ay! amenazaba la inconstitucionalidad de la reglamentación vigente. Mientras tanto, como habíamos dicho, la demanda del Dr. Nittmann, así como las ya presentadas o pendientes de todas las demás víctimas, fue despachada por el Tribunal de lo Social Federal y el Tribunal Constitucional Federal. A lo cual este último esperó un año en el caso del Dr. Nittmann hasta abril del 2005 para poder después explicar mierderamente fresca que entretanto el reglamento atacado ya estaba sin vigencia y por eso el recurso de amparo constitucional del Dr. Nittmann ya no tenía ningún “significado básico”.  
 
¡¡Ningún significado básico!! ¡¡Durante 30 años les fue robado a los afiliados al seguro obligatorio sin confesión o heterodoxos el impuesto eclesiástico forzoso de sus subsidios de desempleo, las víctimas se montan en los millones, el dinero robado en los miles de millones, las pérdidas adicionales de las víctimas, a través de los procesos perdidos, sus horas de trabajo y de vida perdidas son incontables!! Ni una peseta a la iglesia! 
 
¡El Dr. Nittmann, en representación de muchos otros, exige naturalmente se le devuelva el dinero robado! Por eso ahora el demandante Dr. Nittmann presentó su denuncia en el año 2005 ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo contra la República Federal Alemana. El tribunal debe determinar que la República Federal Alemana, en su práctica del descuento obligatorio del impuesto eclesiástico a los desempleados, que no pertenecían a ninguna iglesia, ha infringido la libertad de religión (artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos), la prohibición de discriminación por razones de religión (artículo 14 del Convenio) y el derecho de propiedad (artículo 1 del primer protocolo al Convenio). Además se debe condenar a la República Federal Alemana a devolverle el dinero del impuesto eclesiástico robado. Pues, a pesar del éxito notable, aún no se ha ganado nada.  
Es que el Estado saqueador alemán por orden de la iglesia no ha admitido en ningún punto, a través de sus decisiones judiciales, que la práctica del descuento obligatorio del impuesto eclesiástico durante decenas de años era ilegal. Hasta el momento no ha indemnizado ni tan sólo a una de los millones de víctimas. Se sirve con esto de construcciones auxiliares burocráticas, como por ejemplo, la de que el descuento del impuesto eclesiástico fuera un “descuento común” o de que el impuesto eclesiástico descontado fuera “ficticio” o simple y llanamente no fuera ningún impuesto eclesiástico. Las construcciones auxiliares burocráticamente retorcidas del tal “descuento común” recurren al Concordato del Reich de 1933 en el sentido de que estipula la posibilidad de que el estado cobra las cuotas de afiliados a la iglesia en forma de impuesto para las grandes iglesias.  
Mis queridos amigos, ¿No os resulta conocido esto? Aquí en España el Estado os retiraba a vosotros hasta ahora un 0,52 % de los impuestos sobre la renta conocido como «impuesto de culto», el cual es sólo un enmascaramiento del impuesto eclesiástico para todos e incluso, hace poco la iglesia impuso un aumento del 0.52 al 0.7 %. En este punto queremos recordar una vez más las promesas electorales de Zapatero de limitar los privilegios de la iglesia. En ello la autorización del matrimonio entre homosexuales, cosa que el aspaviento de los medios de comunicación puso por las nubes, no debería desviar del hecho de que substancialmente, o sea, en la financiación de la iglesia a través del Estado, nada ha cambiado. Aún más, el impuesto eclesiástico forzoso ha sido aumentado. Ya hemos dicho en Granada: Así que, por sus frutos los conoceréis. (Mt.7,20) Así todo buen árbol lleva buenos frutos; más el árbol maleado lleva malos frutos. (Mt.7,17) Todo árbol que no lleva buen fruto, córtase y échase en el fuego. (Mt. 7,19). Pues la esencia de la social-democracia es y será al fin y al cabo la traición.  
 
En Alemania se va a tomar en consideración el « modelo español », porque la pérdida de afiliados y el pauperismo masivo disminuyen los ingresos de la iglesia, y también para dejar caer en el olvido el robo durante las decenas precedentes a favor de la iglesia. De ahí también la actualidad urgente de la demanda del Dr. Nittmann: ¡Devolved el dinero robado! ¡Ni una peseta a la iglesia! 
 
El “modelo español” no es otra cosa que un sistema de impuestos eclesiásticos obligatorios enmascarados para los no miembros. Cosa que tiene en común con el impuesto eclesiástico obligatorio alemán para los desempleados sin confesión religiosa y los de otra religiones. Por todo ello es el caso del Dr. Nittmann, los debates y el interés público surgido a su alrededor, su pendencia del Tribunal Europeo un contratiempo para la iglesia. Evidentemente discusiones públicas y decisiones judiciales condenando los impuestos eclesiásticos forzosos al nivel europeo no le sirven para la realización de sus planes oscuros. He aquí, más allá de Alemania, el significado histórico del “Caso Dr. Nittmann”. ¡Ni una peseta a la iglesia!  
 
Por ello es importante el apoyo internacional. Tuvimos la ocasión de presentar el Caso Dr. Nittmann y su significado y enviar las respectivas firmas de protesta a Estrasburgo en el Encuentro en Granada el año pasado, en el Congreso nacional de la Fédération nationale de la Libre Pensée en Lamoura en agosto de este año, así como en la conferencia de la OSCE en Varsovia en octubre de este año.  
 
Pienso que estas declaraciones demuestran también cuán tenaz y endurecidamente se defienden los privilegios de la iglesia, bajo el esfuerzo de todas las jugadas maestras. Ahora, sólo si todos nosotros actuamos de la misma forma endurecida en la lucha contra ella, podemos ganar. Por lo tanto en este lugar quisiera leer una resolución, la cual, si la generalidad está de acuerdo con ella, podemos enviar hoy mismo al Tribunal Europeo. 
 
 
Resolución: 
 
Nosotros, reunidos en Talavera de la Reina el 16 diciembre 2006 en la Jornada Laicista organizada por la Asociación Europa Laica, siendo informados sobre la demanda del Dr. Nittmann ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo para obtener el reembolso del impuesto eclesiástico 
–     condenamos la recaudación forzosa del impuesto eclesiástico practicada por la República Federal de Alemania sobre la base del infame Concordato de Hitler del 1933 a desempleados sin confesión durante 30 años, violando así el Convenio Europeo de Derechos Humanos (particularmente los artículos 9 y 14 y el artículo 1 del protocolo no 1) que interdice toda recaudación de impuestos eclesiásticos a ciudadanos sin confesión; 
–    reafirmamos nuestro apoyo a la demanda del Dr. Nittmann; 
–    pedimos al Tribunal imponer a la RFA el respeto de los derechos humanos en el ámbito de la religión y ordenar la indemnización del demandante. 
 
¡Por una Europa de ciudadanos libres e iguales! ¡No a los impuestos eclesiásticos recaudados  
a personas que no son miembros de las Iglesias, bajo cualquier etiqueta, pretexto o disfraz jurídico que sea! 
 
 
Al mismo tiempo quisiera llamar la atención sobre las listas de las firmas para los casos ”Dr. Nittmann“ y del juez Tosti, que se encuentran sobre las mesas.  
La iglesia y sus vasallos no dejan pasar una. El juez italiano Tosti fue condenado a 7 meses de prisión por “incumplimiento del deber en servicio” y a un año de suspensión de todas las funciones públicas, porque se negó a jurisprudencia bajo el crucifijo. Su demanda se basa en varios artículos de la Constitución italiana, la cual garantiza la neutralidad religiosa del Estado, la Libertad de fe, opinión y conciencia así como la igualdad de trato de todas las religiones, y en los artículos 9 y 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que garantizan la libertad de religión. El señor Tosti quiere igualmente ir hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a fin de eliminar los crucifijos de las salas de audiencia. Pero primero queda por hacer la apelación contra su condena. Para el resultado positivo se necesita, como siempre, de un amplio apoyo, sobre todo del apoyo internacional. 
 
En este sentido esperamos que esta jornada Laicista se convierta en un paso siguiente a la meta final. ¡Ni una peseta a la iglesia! 
 
Muchas gracias por su atención prestada. 
 
 
—  
Bund gegen Anpassung 
– Alliance against Conformity – 
Postfach 254 
D-79002 Freiburg i.Br. 
Bund-gegen-Anpassung@gmx.net 
http://www.bund-gegen-anpassung.com

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