En otra sesión maratónica, el máximo tribunal del País siguió despachando acciones de inconstitucionalidad promovidas por varios partidos contra las leyes secundarias de la reforma electoral.
El PRD impugnó el artículo 16 de la nueva Ley General en Materia de Delitos Electorales, porque ya no sanciona penalmente a los ministros de culto que “orienten” el sentido del voto de sus feligreses, sino sólo a quienes “presionen” o “induzcan”.
La reforma fue avalada, con la ministra Olga Sánchez Cordero como única opositora, ya que consideró que podría considerarse que la sola “orientación” no es parte del tipo penal y por tanto no es sancionable, lo que violaría la laicidad prevista en el artículo 24 de la Constitución.
Sin embargo, se impuso el criterio mayoritario de que la “orientación” está, por definición, contemplada en verbos como presionar o inducir. La pena por este delito no es de cárcel, sino solo de multa.
Archivos de imagen relacionados