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Federalismo y laicidad

Este hecho, cabe decirlo, constituye un gran paso y un avance en el fortalecimiento de nuestro régimen de libertades y del principio histórico de la separación del Estado y las iglesias

El pasado 10 de febrero, el Diario Oficial de la Federación publicó, entre otros, el decreto de reforma del artículo 115 constitucional, que en su nueva redacción incluye el carácter laico de las entidades federativas: "Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico…". Esta adición, a pesar de su relevancia y trascendencia, pasó prácticamente inadvertida en los medios de comunicación.

¿Cuál es la importancia que conlleva esta reforma constitucional? ¿Tendrá repercusiones positivas en favor de las minorías religiosas del país? ¿Refrenda la pasada reforma del artículo 40 constitucional que establece que México es una República laica?

En primer lugar, conviene recordar que con esta reforma constitucional se fortalece el carácter laico de las entidades federativas del país. Al quedar insertado el término laico en la fracción citada del artículo 115, en breve -por armonía constitucional- serán reformadas las constituciones estatales para confirmar el carácter laico en su forma de gobierno. Con este aserto legislativo, el Estado (en sus tres niveles) se fortalece como garante de las libertades de las minorías, de la educación laica y del derecho a la no discriminación. Esta reforma, además, consolida el carácter laico del Estado mexicano en su expresión federalista.

En el caso de Jalisco, conviene recordar que nuestra entidad fue una de las primeras en ser constituidas formal y legalmente como un Estado laico. El 3 de febrero de 2011, a través del decreto 23126/LIX/10 quedó asentada la reforma del artículo 2º de la Constitución del Estado en el Diario Oficial del Estado de Jalisco. Ahora, gracias a la reforma del artículo 115 constitucional, los 31 estados de la federación adoptarán la laicidad como forma de gobierno.

Este hecho, cabe decirlo, constituye un gran paso y un avance en el fortalecimiento de nuestro régimen de libertades y del principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, consagrado en el artículo 130 constitucional, en todos los estados y municipios del país (incluidos aquellos que practican la intolerancia religiosa bajo la fachada de los "usos y costumbres"). Esto significa que, una vez publicada la Ley Reglamentaria del artículo 40 constitucional, habrá sanciones ejemplares a los servidores públicos que quebranten el Estado laico (gobernadores, presidentes municipales, regidores, secretarios de Estado, entre otros), en donde no se descarta la inhabilitación del ejercicio de funciones públicas y cárcel. Y es que la ciudadanía no quiere que se vuelvan a repetir sucesos como la "macrolimosna" (los 90 millones de pesos del erario donados por el gobernador Emilio González Márquez a la Arquidiócesis de Guadalajara, para la construcción de un Santuario Cristero), o las dedicaciones de gobernadores y alcaldes de sus entidades y municipios, respectivamente, a las deidades, santos patronos o vírgenes de su devoción, en donde se ha incurrido en prácticas discriminatorias, en perjuicio de las minorías religiosas y los creyentes, y que hasta ahora han permanecido en la absoluta impunidad.

A través del Estado laico, que se mantiene ajeno a cualquier influencia o intromisión externa religiosa, se consolidarán las instituciones del Estado para garantizar que todos los individuos, sin más limitaciones que las que establece la ley, ejerzan sus creencias sin que exista un sistema oficial de privilegios para alguna o un sistema de control para otras.

¡Bienvenida, pues, esta reforma constitucional! Ahora, estaremos atentos a la próxima promulgación de Ley Reglamentaria del artículo 40 constitucional que, unida a los artículos 1, 3 y 130, acotará privilegios clericales, ponderará nuestro régimen de libertades, defenderá el derecho a la no discriminación, salvaguardará el carácter laico de la educación pública y respetará que los espacios públicos se mantengan libres de cultos e imágenes religiosas, en concordancia con el estatus de la República laica y de sus instituciones. En suma, el Estado velará porque, con nuestras diferencias, los mexicanos podamos convivir dentro de la esfera común sin tener que ser violentados en nuestra conciencia a causa de nuestras convicciones. Ese, a fin de cuentas, es el papel que juega el Estado laico en las sociedades contemporáneas… Ni más ni menos.

Congreso México

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