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Europa Laica recurre el fallo de la Audiencia Nacional que avala la medalla concedida a la Virgen

Europa Laica ha recurrido ante la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional (AN) el fallo de este órgano que el pasado 18 de noviembre avalaba la concesión de la medalla de oro al mérito policial, máxima distinción del cuerpo, a Nuestra Señora María Santísima del Amor.

En el recurso, presentado el pasado 15 de diciembre, las asociaciones Europa Laica y Movimiento hacia un Estado Laico denuncian que en la documentación presentada por la Administración no constan ni la propuesta de concesión de la medalla del director general de la Policía ni el informe favorable de la Junta de Gobierno de la Dirección General de la Policía.

“Si no constan en el expediente ninguno de los dos únicos pasos que exige expresamente para la válida adopción del acuerdo en que consiste la Orden Ministerial, puede afirmarse que se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, lo cual sí es causa de nulidad”, destacan.

Estas organizaciones opinan que la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 18 de noviembre avalando la concesión de la medalla de oro al mérito policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor, “yerra en lo realmente importante”, en que no haya habido una autoridad competente que haya hecho una propuesta de mención honorífica a favor de esta virgen.

También critican que la destinataria de la distinción no es una persona jurídica, sino la imagen de la virgen y que “en ningún momento se insinúa que la mención sea dada a la Cofradía”, como entiende la AN en su sentencia.

Además, consideran que, aunque la destinataria de la concesión hubiera sido la Cofradía, “no obra en autos no ya prueba, sino ni siquiera la mención de una sola actuación de la Cofradía que pueda considerarse meritoria y por ende merecedora de la condecoración”.

Por esto, ambas organizaciones piden a la sala de lo contencioso administrativo de la AN que admita a trámite este recurso de nulidad de actuaciones contra la sentencia del 18 de noviembre y le instan a tener en cuenta el contenido real del expediente administrativo.

A su juicio, éste no contiene ni una propuesta del director general de la Policía ni un informe de la Junta de Gobierno de la Dirección General de la Policía.

También reclama que tenga en cuenta la literalidad de la Orden impugnada y que, tanto para el supuesto en que se considere destinataria de la distinción a la Virgen, como para el supuesto de que se mantenga la afirmación de que la destinataria es la Cofradía, dicte una nueva Sentencia reconsiderando la inexistencia de pruebas.

Europa Laica recuerda que éste es el paso previo a la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

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