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Estrasburgo admite una demanda por discriminación del Estado español a los evangélicos

Esta demanda ha surgido ante el no reconocimiento en España del derecho de los pastores protestantes de tiempos del franquismo a recibir una pensión de la Seguridad Social

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido a trámite una demanda presentada por la Iglesia Evangélica Española (IEE) contra el Estado Español a favor de la pensión de jubilación de un pastor protestante.

El Tribunal Europeo ha señalado en un comunicado que darán traslado de la demanda al Estado español para que la conteste.

En esta misma línea de comunicación de lo decidido, el Tribunal de Estrasburgo ha enviado una notificación a la Iglesia Evangélica Española (IEE) en la que el magistrado ponente afirma que "existen indicios de discriminación en la actuación del Estado Español contra los pastores evangélicos fundada en la religión".

Esta demanda ha surgido ante el no reconocimiento en España del derecho de los pastores protestantes de tiempos del franquismo a recibir una pensión de la Seguridad Social; algo que por la normativa habitual no puede ejercerse, ya que no era legal ser pastor protestante durante el Gobierno de Franco. Otros colectivos con una situación similar reivindicaron este mismo derecho y les fue reconocido, salvo al colectivo protestante única y exclusivamente.

La IEE ha reivindicado este derecho por un lado la de la negociación con el Estado, mediante la FEREDE (Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España) y por otro mediante contactos personales. También intentando que las Cortes Generales introdujeran un artículo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado reconociendo el citado derecho y, por último, utilizando el camino de la Justicia.

Esta última vía, la jurídica, la inició la IEE al presentar una demanda solicitando la pensión de jubilación para uno de los pastores, que fue revocada por la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Ante dicha decisión, presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que no fue admitido. Finalmente, la Comisión Permanente de la IEE decidió presentar esta demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Ahora, ante la respuesta de este último, la Iglesia Evangélica Española ha expresado su "gran satisfacción" por la admisión a trámite de su demanda y lo consideran "un pequeño paso adelante". "Es un reconocimiento de que, en principio, y según el Magistrado ponente, existen indicios de discriminación en la actuación del Estado Español contra los pastores evangélicos fundada en la religión y nos permite mantener la esperanza de que al final se dicte sentencia favorable a nuestro planteamiento", indica.

La Iglesia Evangèlica Española, una denominación protestante en la línea metodista/presbiteriana, fue fundada en 1869, y es miembro del Consejo Mundial de Iglesias, de la Comunión Mundial de Iglesias Reformadas y del Consejo Mundial Metodista.

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