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Estado Vaticano

  1.- De manera breve, doy información a quien me cuestiona sobre el “status internacional,” del Vaticano como Estado y los valores sobre los que se sostiene y promueve dada su constitución en contraposición al Estado laico mexicano. Y al poder bicéfalo, espiritual y político que lleva sobre sus hombros el Papa.
    2.-Su nombre viene del Monte Vaticano probablemente del latín "Vaticinium": predicción; pues antiguamente la colina era la sede de un oráculo etrusco o tal vez del nombre de un poblado del mismo origen; Vaticum.
    3.-En italiano la denominación completa es Stato della Città del Vaticano. En latín, idioma oficial en el territorio del Estado Vaticano, se traduce como Status Civitatis Vaticanæ.
    4.-Historia del Vaticano. 756, se inicia la historia de los Estados Pontificios.
    1798, el ejército francés toma prisionero al papa Pío VI.
    1860, el ejército del rey de Italia Víctor Manuel II conquistó los Estados Pontificios, dejando a la Santa Sede solamente en posesión de Roma y su región costera, durante el papado de Pío IX.
    1870, Víctor Manuel tomó Roma en gran parte gracias a la Guerra franco-prusiana, y la proclamó nueva capital de su reino.
    1917, Benedicto XV propone un plan de paz para la Primera Guerra Mundial que es totalmente ignorado por la comunidad internacional.
    5.-1929, los Pactos de Letrán son firmados por Pietro Gasparri, en representación de hasta esa fecha sólo la Santa Sede, y Benito Mussolini, primer ministro italiano en representación del rey Víctor Manuel III, el 11 de febrero durante el pontificado de Pío XI. Con estos acuerdos se dio por terminada la disputa con Italia que existía desde 1870. “Se crea el Vaticano con 44 hectáreas, se le reconoce su soberanía, el concordato garantizó además la total independencia del Papa”.
    1939, estalló la Segunda Guerra Mundial; el Vaticano se declara neutral y Pío XII publica la encíclica Mit Brennender Sorge donde hace una fuerte crítica al nacionalsocialismo considerándolo incompatible con la fe católica sin embargo se da la complicidad de la jerarquía del Vaticano con su silencio cómplice en el genocidio de el pueblo judío.
    1962, Juan XXIII inaugura el Concilio Vaticano II.
    1965, Pablo VI clausura el Concilio Vaticano II.
    1981, Juan Pablo II sufre un atentado en la Plaza de San Pedro del Vaticano.
    “2001, Juan Pablo II promulga la Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del Vaticano, actualmente en vigor (11 de febrero)”.
    2005, muere el papa Juan Pablo II y es elegido Benedicto XVI como papa.
    6.- Geografía de la Ciudad del Vaticano. Ciudad del Vaticano se compone propiamente de la ciudad vaticana de unas 44 hectáreas sobre las cuales ejerce soberanía, y posee derechos de extraterritorialidad sobre los terrenos italianos de Castel Gandolfo de unas 55 hectáreas, separados 34km entre ellos.
    7.- Castel Gandolfo es el lugar donde tienen tradicionalmente su residencia de verano los Papas. El territorio vaticano está rodeado completamente por la República de Italia.
    8.-También ejerce soberanía sobre los complejos de la Basílica Patriarcales de San Juan de Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo Extramuros.
    9.-Gobierno y política. Edificio del gobierno vaticano. La esencia del estado de la Ciudad del Vaticano se fundamenta en su unión con la Santa Sede, de manera que el Papa es a la vez Cabeza Suprema de la organización católica romana y Jefe de Estado del Estado de la Ciudad del Vaticano. En consonancia con esta doctrina, el Vaticano es el único territorio europeo que explícitamente defiende su carácter de teocracia.
    10.-Formalmente el Vaticano se autodefine como una monarquía absoluta cuyo monarca, el Sumo Pontífice, tiene plenos poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Es también una teocracia electiva, en la que la elección del Papa corresponde al Sacro Colegio Cardenalicio (cuyos miembros son designados por los anteriores Sumos Pontífices), reunido en Cónclave, lo cual actualmente se hace según las disposiciones de la Constitución Apostólica Universi Dominici gregis, promulgada por Juan Pablo II el 22 de febrero de 1996 y modificada por Benedicto XVI en junio de 2007. Sólo el colegio cardenalicio tiene derecho a voto, quedan excluidas el resto de las personas que residen en la Ciudad del Vaticano.
    11.-El electo se convierte en Papa en cuanto manifiesta su aceptación, siempre que tuviera ya el carácter de obispo. En caso contrario, el elegido debe ser ordenado Obispo inmediatamente. En cualquiera de los dos casos, el Papa electo adquiere desde el mismo momento de su aceptación, y ordenación en su caso, la plena y suprema potestad en la institución Católica y como Jefe de Estado de la Ciudad del Vaticano.
    12.-Los órganos de gobierno del régimen de la Ciudad del Vaticano no forman parte de la Curia Romana (Cfr. Art.1 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus), sino que tiene un ordenamiento jurídico específico. El segundo al mando del gobierno del Vaticano, después del Papa, es el Secretario de Estado aunque no corresponden a la formación real de Estado, labor que actualmente cumple el cardenal Tarcisio Bertone.
    13.-La Ley Fundamental de la Ciudad del Vaticano constituye la norma constitucional más importante; según la cual el Papa, "tiene la plenitud de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial". Únicamente se prevé la distinción de funciones; es decir, el Papa no ejercita estas funciones de forma directa en la mayoría de los casos (de facto, la potestad judicial nunca la ejercita personalmente), sino que se constituyen diversos órganos vicarios que administran el gobierno de este Estado, cada uno de los cuales ejercita una de las funciones. No existe sistema judicial alguno que rija, dejando a Italia las diferentes tareas de enjuiciamiento criminal.
    14.-El Papa administra el Estado mediante la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano, salvo en los casos que entienda reservarse a sí mismo o a otras instancias. Equivale al poder legislativo y está compuesta por cardenales nombrados por el Papa para un quinquenio. El Papa delega el poder ejecutivo en el Presidente de la Comisión, coadyuvado por el Secretario General y el Vicesecretario General.
    10.-El Presidente de la Comisión tiene también facultad legislativa: puede emitir ordenanzas, y en casos de urgente necesidad puede adoptar disposiciones con carácter de ley, siempre que la Comisión las confirme en los tres meses siguientes. Asume también la representación diplomática del Estado excepto ante los Estados extranjeros, función que es reservada al Papa. Actualmente el presidente de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano y de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano es el Arzobispo Giovanni Lajolo.
    11.-El cargo de Gobernador de la Ciudad del Vaticano (Governatore dello Stato della Città del Vaticano en italiano) fue, en una época, unipersonal y ejercido por el marqués y conocido numismático Camillo Serafini, desde 1929, año de la fundación del Estado, hasta la muerte de éste en 1952. Ulteriormente, no fue designado sucesor de Serafini y el cargo propiamente tal tampoco fue mencionado en la Ley Fundamental del Estado, emitida por el Papa Juan Pablo II el 26 de noviembre de 2000, y que entró en vigor el 22 de febrero de 2001. El Presidente de la Pontificia Comisión para el Estado de la Ciudad del Vaticano ha ejercido desde 1952 las funciones que antes eran atribuidas al Gobernador y desde 2001, también recibe el título de Presidente de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano.
    13.-El idioma oficial es el latín, aunque el idioma más hablado es el italiano. La moneda, según un acuerdo suscrito con la Unión Europea (UE), es el euro.
    14.-Con el establecimiento de relaciones diplomáticas con la República de Botsuana, son ya 177 (2008) estados de todo el mundo los que mantienen reconocimiento bilateral con la Santa Sede, reconociendo la existencia del microestado. Entre los países que no tienen relaciones diplomáticas con la Santa Sede se encuentran China, Corea del Norte, Vietnam y Arabia Saudita.
    15.- El Estado Mexicano por medio de su Jefe de Estado y Jefe de Gobierno denominado Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en el sexenio de Echeverría estableció relaciones diplomáticas con el Estado Vaticano reconociéndolo como tal.
    15.- A los jóvenes líderes de la Universidad de Colima, como reblandecidos cortesanos políticos del no menos reblandecido ideológicamente Mario el gobernador propanista y que organizan peregrinaciones a la Virgen de Talpa, sepan que el Estado Vaticano y el Papa como Jefe de Estado, es uno de dos países europeos (el otro es Bielorrusia) que no ha firmado la Convención Europea de Derechos Humanos.
    *Dr. en derecho. UNAM
    plateado96@hotmail.com

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