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Escuela aconfesional

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, declaró la semana pasada que no debe haber símbolos religiosos en los centros públicos de enseñanza, lo cual llama la atención sobre todo porque, con treinta años ya de Constitución y más de diecisiete de gobiernos socialistas, aún no está resuelto este asunto: según el artículo 16.3 de la Constitución, ninguna confesión religiosa debe tener carácter estatal y, por tanto, ningún elemento perteneciente al ámbito privado (por ejemplo, las iglesias e instituciones religiosas) debe formar parte del ámbito público, inherente a toda la ciudadanía.

No se trata de eliminar los símbolos religiosos del mapa español, sino de situarlos en el lugar que les corresponde en una democracia plural y aconfesional. Los crucifijos, pongamos por caso, al igual que los símbolos islámicos, judíos o de cualquier otra religión, cuentan con una considerable cantidad de iglesias, sinagogas, ermitas, mezquitas y catedrales para ser guardados y venerados, pero una escuela pública (los centros privados de enseñanza son, de momento, otro cantar) no es su lugar adecuado. La ciudadanía ha de regirse únicamente por la libertad de conciencia y actualmente una considerable parte de la misma se manifiesta, de hecho, ajena a cualquier planteamiento de tipo religioso. Por fortuna, el nacionalcatolicismo se ha visto privado de los instrumentos por los que imponía universalmente sus dictados en materia ideológica y de costumbres, y ahora está muy lejos de ser un desdoro declararse ateo, agnóstico o simplemente indiferente frente a las religiones y las iglesias. Por mucho que repita lo contrario alguna facción de la jerarquía católica hispana, esto no significa una persecución religiosa, sino simplemente que la libertad (sin adjetivos) se ha abierto paso en la sociedad española.

Sin embargo, sigue habiendo personas e instituciones empecinadas en no querer entender y/o aplicar el principio de la aconfesionalidad del Estado. Mientras, por ejemplo, el otro día los concejales de NaBai e IU rehusaron asistir como tales a la procesión, la Salve y la misa en las fiestas de la localidad navarra de Burlada, considerando que "el ayuntamiento no debe acudir a actos confesionales", o el lehendakari Patxi López tomó posesión de su cargo sin referencias o elementos confesionales, el alcalde socialista de Toledo, Emiliano García-Page, en nombre de todo el Ayuntamiento, jura públicamente año tras año defender el dogma de la Inmaculada Concepción o el alcalde socialista de Zaragoza, Juan Alberto Belloch, ha vinculado también públicamente su cargo de alcalde con la presencia de un crucifijo en el salón de Plenos del ayuntamiento.

EN ESTAS MISMAS declaraciones, el ministro de Justicia anunciaba que con la próxima Ley de Libertad Religiosa (el Gobierno ha rehusado una Ley de Libertad de Conciencia, más amplia, que comprendiera a cuantos no se identifican con alguna religión) se pretende "un claro deslinde entre el fenómeno religioso y el espacio público y la laicidad del Estado", evitando así la "confusión entre las funciones públicas estatales y las religiosas". En tal caso, debería explicar a algunos compañeros socialistas que ocupan altos cargos institucionales qué deben hacer cuando se apruebe la citada Ley. El ministro Caamaño centraba su atención especialmente en tres áreas: ejército, hospitales y escuelas. ¿Se está refiriendo acaso a "la asistencia religioso-pastoral a los miembros católicos de las Fuerzas Armadas por medio del Vicariato Castrense", como estipulan el Concordato de 1953 y los Acuerdos de 1979? ¿Ha visitado algunos hospitales, antaño privados, hoy financiados enteramente con dinero público, y la simbología religiosa que sigue existiendo en algunos de ellos? ¿Está enterado de las más que considerables dificultades por las que tuvieron que pasar, por ejemplo, Fernando Pastor y la Asociación Escuela Laica de Valladolid por dar cuenta de la presencia de símbolos religiosos en la escuela pública "Macías Picavea" de Valladolid?

EN LA ESCUELA pública no debe haber símbolos pertenecientes a instituciones de carácter privado. Si alguno de ellos tiene un especial valor artístico, su lugar adecuado es una iglesia o un museo, pero no un centro de enseñanza. En la escuela pública tampoco deben impartirse clases de religión durante el período lectivo (en los colegios han de impartirse saberes, no creencias) y la formación religiosa debe hacerse en la familia que así lo decida y en las iglesias. De hecho, no hay niños cristianos, judíos, musulmanes o ateos, sino hijos de padres cristianos, judíos, musulmanes o ateos. ¿Cuándo dejaremos en paz a los niños y respetaremos su libertad de conciencia hasta que estén en condiciones de decidir por ellos mismos?

Otra cosa son los días festivos: materialmente, la escuela y la sociedad en general siguen básicamente la pauta del calendario de las festividades religiosas, pero en realidad se trata de festejos milenarios de los equinocios y los solsticios, de la siembra y la recogida de las cosechas, de mitologías prehistóricas cíclicas y estacionales. Sólo que la iglesia católica se apoderó y se apropió (cómo no) de esas fiestas. Pero no son religiosas ni suyas. Son de todos. Son nuestras. La superstición languidece. Queda la vida.

Profesor de Filosofía

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