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¿Es realmente el veto parental un problema de la enseñanza pública española?

La política de la que más depende el futuro de un país es la educativa. Por ello, los países que apostaron fuertemente por la educación, como hicieron los nórdicos, han potenciado enormemente su progreso.

En nuestro país, lo relevante en política educativa es, por una parte, la elección entre enseñanza pública o privada, y por otra, la necesidad de mejorar los problemas específicos que padecemos, como el fracaso escolar o la degradación de la enseñanza pública en determinados ámbitos (e incluso otros problemas menos específicos como el alcohol en los menores, el desempleo juvenil o la precarización del trabajo de los jóvenes). Partiendo de los datos del Informe PISA, que analiza los resultados obtenidos en pruebas efectuadas a escolares de los países de la OCDE, puede verse como consiguen mucho mejores resultados en la formación académica  los países que tienen una buena enseñanza pública generalizada, además, al no segregar entre clases sociales, esta resulta decisiva en la disminución de la desigualdad, por lo cual se logran sociedades mucho más cohesionadas, tolerantes y menos polarizadas, donde aparte de que se fortalece la vertebración territorial del Estado. De hecho, los dos países con mayor enseñanza privada concertada de Europa occidental son, en primer lugar, Bélgica y, en segundo lugar, España, y no es casualidad que precisamente se encuentren entre los que están acusando fuertemente los problemas apuntados. Mientras que los últimos en enseñanza concertada Alemania, Finlandia, Irlanda y Holanda, son los que han sabido manejar tales problemas mucho mejor. Y si nos retrotraemos en el tiempo, también se puede constatar algún caso más, como el francés, que tras la caída de del Segundo Imperio napoleónico, con la III República, cristaliza un avance democrático que cuajó en una nación verdaderamente aglutinada al establecer la enseñanza primaria obligatoria, laica y gratuita para todos, lo que condujo a la alfabetización en francés de toda su población.

Otra dificultad importante que traba nuestra enseñanza es la inexistencia de un pacto de Estado sobre educación, lo que lleva a adoptar sucesivas leyes de educación según va cambiando el color del gobierno. Resulta imprescindible lograr un consenso político que permita una enseñanza pública universal de calidad. Sin embargo, la tendencia política actual es la contraria; parece pasar por la deconstrucción y el boicot, siguiendo los defectos de nuestro constitucionalismo histórico, que refleja el hecho de que no terminamos de superar las dos Españas. Deberíamos inspirarnos en los países con sistemas democráticos más avanzados con un pluralismo político, por cierto ¡envidiable!, que no les impide llegar a acuerdos y apoyar al gobierno. ¡Pueden llegar incluso a algún consenso por el interés general sin contraprestación partidista alguna!

El concepto prioritario aquí es el “interés del menor”, tal y como se reitera en la legislación específica, en consecuencia, tal interés ha de prevalecer frente a otros conceptos jurídicos, incluyendo los derechos de los padres y de las instituciones públicas. Por consiguiente, debe determinarse cuál es el verdadero interés del menor lo que nos ayudará a enfocar hacia las posibles soluciones.

Cuando Vox trae el pin parental, parece incluir en sus fines ganar un pulso a sus competidores de la derecha y difundir su mensaje polarizador con ruido y simplificación, como suele hacer, terminando en una contaminación del debate público, ya de por sí agitado, en vez de permitir que este se centre en afrontar los verdaderos retos. Esta fuerza política ha utilizado su técnica de elevar una excepción a la categoría general, buscando que se acabe identificando esa excepción con la realidad, además de que va añadiendo manipulaciones que se multiplicarán en las redes, donde fluye una maraña de mensajes en las que una parte de los mismos están exagerados, son medias verdades o incluso son directamente mentiras, como las relativas a la enseñanza de “nuevas prácticas sexuales” o “zoofilia”. Aún así, crecen cual bola de nieve, generando intolerancia e incluso odio, así ha ocurrido con la falsa identificación de los inmigrantes con delitos y violencia (cuando los inmigrantes que cometen esos actos constituyen una excepción ínfima). De esta manera, se ha difundido algún vídeo manipulado arteramente que era de otro país, o el caso de la grabación secreta de una reunión en el Colegio Arco de Logroño con los padres (donde estaban excluidos los alumnos) donde se falseó el contexto para que pareciera dirigido a niños. Esto ha llevado a dicho Colegio a denunciar públicamente tales hechos. La realidad es un conjunto de millones de escolares apenas hay reclamaciones de esta índole, cuando además existen fiscalizaciones del Ministerio de Educación, inspecciones, participación de los AMPAS, control policial y judicial, medios de comunicación…

Legalmente, existe un derecho de los padres a la elección del tipo de enseñanza. Así, en el artículo 27.3 de la Constitución se reconoce lo siguiente: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. De modo similar, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 se señala que: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos” (art. 26.3).

Este derecho a elegir el tipo de enseñanza supone una opción de carácter general, como por ejemplo tener la posibilidad de optar o rechazar una enseñanza de carácter religioso o poder oponerse a una inmersión lingüística que anule la existencia de otra lengua oficial o mayoritaria.

La alegación de que no se puede inculcar al niño ideología alguna, realizada por defensores del control parental, es incongruente con su defensa de que existan escuelas concertadas (es decir, pagadas con el presupuesto público), de las cuales más del 60% están vinculadas a un ideario católico, que lleva aparejado un adoctrinamiento. Este puede llegar incluso a ser de índole integrista religiosa, así, en determinados casos implica actitudes ultracatólicas tan sectarias como la segregación entre alumnos y alumnas o la de aislar en cierto modo a su grupo de la sociedad. Cabe citar el ejemplo del funcionamiento interno del Opus Dei, donde además de segregar a hombres y mujeres, se ha venido controlando ideológicamente lo que sus miembros ¡adultos! pueden o no leer, o se presiona frente al abandono de esa organización. Este tipo de conducta sí que conlleva un auténtico adoctrinamiento que resulta inadmisible, al que hay que añadir el hecho de que en la escuela concertada los docentes sean seleccionados a dedo, así como el conjunto de los empleados, y de facto también se elige con casi total discrecionalidad entre el alumnado aspirante. Todas estas contradicciones a la legalidad, incluyendo el derecho a una igualdad efectiva, insisto, se hacen además con dinero público.

Con respecto a la errónea argumentación de que a los niños no se les puedan inculcar los derechos de todos y los valores “típicamente constitucionales”, cabe observar que contradice la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. Allí se establece la necesidad de: “inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales”, así como “el respeto del medio ambiente natural” y prepararlo para que asuma “una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena” (artículo 29).

En esta misma línea, el Tribunal Supremo, al pronunciarse en el litigio relativo a la Educación para la ciudadanía, ha declarado que ni en los instrumentos internacionales de derechos humanos ni en la jurisprudencia referente a los mismos cabe hallar fundamentos para un derecho a la objeción de conciencia con respecto a esta materia.

Si se examinan los libros de Educación para la ciudadanía, como tuve la oportunidad de hacer algunos años atrás, se puede ver que no solo no recogen las supuestas barbaridades que algunos alegan, sino que, al contrario, contienen antídotos contra la barbarie y son bastantes neutros. Solamente descubrí uno con un sesgo ideológico verdaderamente izquierdista, pero en todo caso hay que tener en cuenta que el colegio siempre puede filtrar y elegir el libro que desee. La realidad era que los libros fundamentalmente se referían, de una parte, a la promoción de valores cívicos o de buen comportamiento (que incluso suelen defenderse desde posiciones conservadoras) y, de otra parte, a valores y principios constitucionales, base intangible de nuestro consenso social, que se corresponden con el Derecho internacional y el resto de constituciones de los Estados de nuestro entorno. De hecho, en una serie significativa de países europeos se imparte esta materia y, aunque incidan otros factores, sus ciudadanos están en la vanguardia en civismo y educación.

Dentro de esta línea, cabe argumentar que si los padres pudieran ejercitar una censura previa se contradiría el artículo 13.1 de la Convención de los derechos del niño, donde se reconoce el derecho del niño a “(…) la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño”.

Ninguna norma jurídica avala que “los hijos sean del Estado” como se aduce. La clave reside en que los padres no pueden poner orejeras a sus hijos para restringir el pluralismo en el que los hijos tienen derecho a educarse. Si en el ámbito de la UE se ponen, por ejemplo, los casos de un terraplanista, un protestante alemán o un musulmán integrista: ¿sería congruente la formación Vox con su planteamiento permitiendo a este hipotético padre musulmán integrista vetar discrecionalmente los aspectos de la enseñanza de su hijo, o específicos de su hija por ser mujer, que no le gustaran, impidiendo así el acceso a la información relativa a la evolución de las especies, el origen del universo o la no discriminación de la mujer? ¿Caería dicha formación en propugnar un trato discriminatorio donde unos sí pudieran vetar pero otros no? Además, esta posibilidad solo la efectuaría excepcionalmente algún padre reaccionario, que es el que teme al libre pensamiento, desgraciadamente se daría justo en el ambiente donde más necesitan los hijos el acceso al pluralismo ideológico, cultural, político, religioso, social…

En este orden de cosas, otro posible argumento de legalidad frente al veto tiene que ver con el hecho de que no cabe una solución que suponga una reductio ad absurdum, es decir que acarree implicaciones absurdas. Si se admitiera la posibilidad de recibir las clases a la carta según la ideología de cada uno se imposibilitaría la seguridad jurídica, este principio jurídico básico exige que haya una certeza, una predictibilidad de la aplicación de la norma, que se sepa su ámbito de aplicación, sin embargo, habría continuas dudas acerca de quiénes podrían no ir a una clase o eximirse de un pregunta en un examen…

Otra de las discrepancias, la que niega los derechos sobre orientación e identidad sexual, choca más específicamente con los Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género (ciudad de Yogyakarta, 2007, aunque no es obligatorio pues no ha adquirido su carácter de tratado), donde se da la siguiente recomendación los Estados: “Garantizarán que la educación esté encaminada a inculcar respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como por la madre, el padre y familiares de cada niña y niño, por su propia identidad cultural, su idioma y sus valores, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia e igualdad entre los sexos, teniendo en cuenta y respetando las diversas orientaciones sexuales e identidades de género” (Principio 16.C). No hay que pasar por alto el que este principio no es baladí, dado el creciente acoso y ciberacoso tan destructivos, que han llevado incluso a suicidios a menores, si se tiene en cuenta que los colectivos que más sufren los acosos son los del LGTBI, discapacitados e inmigrantes.

Asimismo, Vox yerra totalmente al elegir el objetivo. Dispara al que no es. El verdadero peligro en este tema se encuentra en las nuevas tecnologías, pues hay un acceso generalizado de los niños (incluso también se da en las niñas) desde los nueve o diez años a la pornografía a través de su teléfono móvil, lo que está creando pautas adictivas en la sexualidad. En general, a los jóvenes les están afectando notablemente las adicciones (que suelen ser destructivas) vinculadas a las nuevas tecnologías, como los juegos de apuestas on-line o la utilización abusiva de las redes sociales y videojuegos en adolescentes. Paradójicamente, esta formación política ha guardado silencio ante otro hecho muy grave: los abusos de menores en el seno de la Iglesia y su dilatado silencio e inadmisible tolerancia al respecto. Mientras que en la escuela pública hay al respecto una pauta general de tolerancia cero y apenas alguna incidencia.

El frentismo existente llega incluso a abarcar a conferencias para prevenir las infecciones de transmisión sexual y charlas informativas sobre los anticonceptivos, cuando, sin embargo son imprescindibles. Tanto es así, que la Organización Mundial de la Salud recomienda que los adolescentes reciban una “educación sexual integral”, y argumenta que, según determinados estudios, en los países donde se ha puesto en marcha, se retrasa la edad de iniciación de las relaciones sexuales y se incrementa el uso de métodos anticonceptivos. Países como Francia, Alemania y Holanda, cuyas políticas gubernamentales han incluido educación sexual en las escuelas, dan fe de la reducción de las infecciones de transmisión sexual y los embarazos no deseados de adolescentes. Algo que también se observa si se compara con otros países, donde no se admite esta enseñanza, como EEUU.

Cabe añadir con respecto a la enseñanza de sexualidad a los menores en España, que tiene un carácter muy excepcional y ajeno al currículum, por ello sería recomendable su necesidad, sobre todo en el contexto de la clara inflexión al alza que desde 2001 han tenido entre los jóvenes las infecciones de transmisión sexual, donde han incidido diversas causas, como la iniciación más precoz en las relaciones sexuales o la pérdida de miedo al SIDA.

En definitiva, en este tema el pin es la anécdota, mientras que la garantía del interés superior del niño, del necesario pluralismo, de los derechos de todos y de los demás principios y normas aplicables es lo esencial. Sin ellos, la educación no podrá cumplir los fines que tiene asignados en la faceta personal de los niños y en la colectiva para la sociedad. De ahí que haya que tener presente, como nos recuerda el filósofo José Antonio Marina, que no solo educa la escuela, sino también los “entornos educativos” en los que influyen más agentes —la familia o la ciudad—, y que igualmente resulta trascendental la actuación de muchas otras instituciones (educativas, de protección social, sanitarias, culturales, empresariales, políticas, policiales, etc.). Asimismo, se ha constatado que cuando aumentan este tipo de actuaciones, y además son adecuadas, producen mejoras relevantes. Así, por ejemplo, en determinados ámbitos se ha conseguido disminuir mucho las conductas de riesgo, como el alcohol en los menores. Por todo esto, aquel proverbio africano, según el cual “para educar a un niño, hace falta la tribu entera”, no puede ser más cierto.

Juan Magín San Segundo Manuel

Ha trabajado en el Defensor del Menor, es Técnico Superior de la Administración, Doctor y profesor en Derecho Constitucional en la UCM

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