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¿Es legal la inmatriculación de la mezquita-catedral de Córdoba?

Expertos dudan de la legitimidad de la acción llevada a cabo por el obispado en 2006

El debate sobre la titularidad de la Mezquita-Catedral no solo ha llegado al ámbito cultural, político y ciudadano. También el debate se ha disparado en un campo, el jurídico, en el que de cuajar la iniciativa de la plataforma será el escenario donde se dé la gran batalla sobre la titularidad Mezquita Catedral.

Del lado de la plataforma se encuentran los argumentos, entre otros, del profesor de la UCO Antonio Manuel Rodríguez Ramos, que considera que la inmatriculación de la Mezquita–Catedral en el Registro (el 2 de marzo del 2006) por parte de la Iglesia no supone que se reconozca ya su titularidad ni que, aun siendo propietario, tenga un derecho absoluto a su gestión.

Más aún, el profesor Rodríguez Ramos duda de que los artículos preconstitucionales utilizados para la inmatriculación de la Mezquita–Catedral (el 206 de la Ley Hipotecaria y el 304 del Reglamento Hipotecario) sean válidos hoy en día, y ante ello se baraja contraponer, si llegara el caso, el artículo 16.3 de la Constitución Española y el 1.3 de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa que vendrían a cuestionar la facultad de la Iglesia para haber hecho la inmatriculación del bien.

Capítulo aparte estaría la potestad de la Administración autonómica para paralizar este proceso en base a las anteriores razones y teniendo en cuenta el carácter del monumento: un Bien de Interés Cultural, reconocido por la Unesco como Patrimonio de la Humanidad y de indudable interés público.

Con tesis muy distintas se encuentran, por ejemplo, autoridades como el catedrático de Derecho Civil Ignacio Gallego, quien coincide en que esta inmatriculación no supone la titularidad automática del monumento por parte de la Iglesia, pero el proceso (de los distintos que podía haber empleado la Iglesia para regular la situación de que la Mezquita no estaba registrada) es legal. Más aún, los referidos artículos "preconstitucionales" que esgrimen la plataforma ya fueron tratados por el Supremo, aunque al final no se elevó ninguna cuestión de constitucionalidad al Tribunal Constitucional.

Además, el catedrático, que recuerda que la Mezquita–Catedral no es un bien de dominio público (ni está en inventario alguno como tal), afirma "que se pudo inmatricular, y que la inmatriculación correspondía a una previa realidad extrarregistral de titularidad, y si alguien lo discutiese, el simple instituto de la usucapión que acaba con la cuestión", ya que "es fácil la demostración de que se ha poseído el bien a título de dueño" pública, pacífica e ininterrumpidamente desde tiempo inmemorial, para lo que hay sobradas pruebas históricas desde 1236.

Justo en este aspecto histórico y jurídico se centraba ayer el registrador de la propiedad Juan José Jurado que, según recogía la agencia Efe , recordaba que la propia Crónica General de España pone de manifiesto que en 1236 el rey Fernando III mandó "restituir" a la Iglesia el templo, construido sobre las ruinas de la basílica visigoda de San Vicente.

Añadió que en 1882, cuando el templo fue declarado Monumento Nacional, se reconoce formalmente como lugar católico consagrado, mientras que cuando la Unesco lo cataloga como Patrimonio de la Humanidad en 1984 se reconoce la misma titularidad por parte de la Iglesia, recoge la agencia.

En medio del debate está la Junta de Andalucía, pendiente de un informe jurídico sobre el papel que debe de tener en este proceso, todo ello mientras que responsables de la Administración autonómica, como el vicepresidente, Diego Valderas, o la delegada del Gobierno Andaluz en Córdoba, Isabel Ambrosio, se han manifestado a favor de la plataforma, aunque ambos a título estrictamente personal.

Al respecto, también el catedrático Ignacio Gallego duda de que la Junta de Andalucía al final pudiera actuar, ya que para ello tendría que hacer valer algún derecho de titularidad, pues no basta solo la vigilancia que la Administración mantiene por ley al tratarse de un Bien de Interés Cultural.

Mientras, la Iglesia y sus instituciones en Córdoba (particularmente el Cabildo Catedral, rector del templo) siguen prefiriendo no manifestarse en esta polémica oficialmente, ya que ha comenzado a preparar un dosier jurídico e histórico que respaldaría sus argumentos en caso de llegarse ante los tribunales.

Mezquita Córdoba catedral entrada 2014

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