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En Chihuahua (México) modifican la Constitución local y se declara al Estado como laico

Mediante la reforma al artículo 30 de la Constitución Política del Estado, el Poder Legislativo, precisa el mandato constitucional del Estado como un sistema democrático y laico.

La Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, en voz de la diputada Isela Torres, expuso el Decreto constitucional en el cual se detalla la necesidad de que el Estado adopte también el régimen de gobierno laico y democrático.

La expositora señaló que con la reforma realizada no quiere decir que el Estado laico es un enemigo de la religión, sino que es respetuoso de las ideologías religiosas, las cuales no deben mezclarse con el ejercicio del Poder Público.

Terminó su participación, señalando que en teoría, ni el poder político somete a la religión ni el poder religioso intenta jugar el papel de gobierno.

Es por lo anterior, la necesidad de realizar dicha especificación explícita en la Constitución del Estado.

Esto con el fin de que quede claro que el Estado no puede intervenir en asuntos religiosos, respetando toda ideología que se practique por parte de la población e impidiendo la intervención de cualquier religión en la toma de decisiones del Estado.

De esta manera, se modifica dicho artículo para que de ahora en adelante diga: El Estado adopta para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el municipio libre.

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