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Eliminación en el Código Penal del castigo por ofender a una confesión religiosa

Tras el atentado contra la revista satírica Charlie Hebdo, numerosas personalidades de la política española han salido en defensa de la libertad de expresión como repulsa contra la masacre terrorista. El presidente del Gobierno español, Mariano Rajoy, acudió el domingo 11 de enero a París para encabezar junto con decenas de mandatarios mundiales una multitudinaria manifestación.

Aunque en España no existe el delito por blasfemia como tal, el Código Penal recoge en su artículo 525 que las ofensas públicas a “los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa” pueden incurrir en penas de multa de ocho a doce meses.

En este artículo también se hace referencia a aquellas manifestaciones que “hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”.

Este delito de escarnio está tipificado en el Código Penal desde 1995, siete años después de que la Ley 5/1988 derogara el delito por blasfemia.

Pese a la jurisprudencia que asienta la prevalencia de la libertad de expresión, este artículo del Código Penal sigue permitiendo que se presenten denuncias en los tribunales contra quienes satirizan sobre asuntos religiosos. El caso más conocido de un procesamiento apoyado en el citado artículo es el que afectó al cantautor Javier Krahe, juzgado y absuelto en 2012 por unas imágenes grabadas en 1977 y emitidas en 2004 al final de una entrevista en Canal +. En ellas, junto a unos amigos, Krahe explicaba “cómo cocinar un Cristo”.

Ha habido otras denuncias amparadas en este polémico artículo, como las presentadas contra el Museo Reina Sofía por exponer determinadas obras o contra el autor de un videojuego que consistía en disparar a nazarenos en Semana Santa. El cómico Leo Bassi se vio en una situación similar; tuvo que enfrentar varias denuncias –de las que fue absuelto– por haberse disfrazado de papa durante una obra de teatro y por simular el acto de la consagración con preservativos.

Para poner fin a esta situación te pedimos que apoyes esta petición, dirigida al ministro de Justicia, Rafael Catalá, para eliminar del Código Penal el artículo 525 y, en concreto, el castigo por ofender a una confesión religiosa.

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